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ovayone

• 19/11/2017 9:18:00.
Mensajes: 131
• Registrado: febrero 2014.

¿Qué sucede si el progenitor biológico del adoptando mayor de edad se opone

Artículo 177 del Código Civil.
Los progenitores que no hayan sido privados de la patria potestad, cuando su asentimiento no fuera necesario para la adopción serán oídos por el órgano.

3 RESPUESTAS AL MENSAJE

iustus

• 19/11/2017 11:06:00.
Mensajes: 394
• Registrado: junio 2015.

Adoptando mayor de edad

Si el padre biológico se opone, es irrelevante para la decisión de la adopción, por estar en presencia de la adopción de un mayor de edad y debiendo por tanto, primar la voluntad expresamente manifestada de el adoptando.
La adopción de los mayores de edad viene recogida en el artículo 175.2 del Código Civil, tiene un carácter excepcional. La Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, que entró en vigor el día 18 de agosto de 2015, ha modificado el referido artículo, de manera que con la redacción actual los requisitos para adoptar a un mayor de edad están modificados.
Existen casos en que la adopción puede no haber tenido lugar a falta del consentimiento de uno de los padres biológicos del adoptado, o debido a algún otro impedimento legal. Una vez que el adoptado llega a la edad adulta, ya no se requerirá el consentimiento de los padres biológicos. Estos son oídos simplemente a efectos de cumplimiento del precepto del art. 177.3.1º del CC, ya que primará la voluntad expresamente manifestada por parte del adoptando al ser mayor de edad.

ovayone

• 19/11/2017 11:28:00.
Mensajes: 131
• Registrado: febrero 2014.

RE:¿Qué sucede si

Gracias Iustus, pero si no se va a tener en cuenta lo que diga, digo yo para qué entonces oírlo...

iustus

• 19/11/2017 12:03:00.
Mensajes: 394
• Registrado: junio 2015.

RE:¿Qué sucede si

En cumplimiento del precepto del art. 177.3.1º del CC, porque por lo demás no se necesita su consentimiento en forma alguna y la decisión del adoptando mayor de edad prevalece. Salvo que lo que tenga que aportar el progenitor biológico sea algún dato muy relevante y que pueda influir en la decisión del juez en caso de que se esté cometiendo algún ilícito, sobre todo cuando hay de trasfondo herencias es un mero hecho protocolario y no afecta a la decisión del adoptando mayor de edad.


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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