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• 30/12/2017 19:27:00.
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Buenas! Os pongo por aquí un par de dudas respecto a varios test, a ver que opináis y si podemos salir de dudas...
1) En un caso de monitorio por gastos comunes de Comunidad de Propietarios... me surge la duda de que la CCPP pueda dirigir el monitorio o no, contra el inquilino que vive de alquiler. Se supone que la ley de propiedad horizontal dice contra el propietario o en tal caso, contra el anterior propietario, pero no habla de una persona que viva de alquiler.
2) Como norma general el secretario judicial es el que declara la rebeldía, entiendo que por decreto ¿no? Y en el caso de que lo haga el Juez, seria por auto, y un ejemplo podría ser el del artículo 418.3 ¿no? Ya que se produce en la audiencia previa, o al menos así lo entiendo yo.
3) Respecto al cambiario, aunque no es estrictamente materia de LEC, y entiendo que vendrá regulado en la ley cambiaria y del cheque... ¿es obligatorio el requerimiento previo de pago por parte del acreedor de la deuda, para luego poder instar el juicio cambiario? ¿o es facultativo?
4) Entiendo que la "vista" en caso de juicio de desahucio es también en 1 mes como dice la norma general de los juicios verbales ¿no? En la regulación del desahucio no concreta un plazo específico y que sea distinto. Y el plazo de 1 mes se contaría desde donde? desde el requerimiento que hace el secretario al demandado?
Gracias!! ;-)
• 01/01/2018 18:48:00.
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Subo
• 03/01/2018 15:51:00.
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• Registrado: marzo 2016.
::: --> Editado el dia : 03/01/2018 16:25:22
::: --> Motivo :
::: -- Editado el dia : 03/01/2018 15:52:27
::: -- Motivo :
::: -- Editado el dia : 03/01/2018 15:52:03
::: -- Motivo :
1. No, no se puede dirigir el monitorio contra el inquilino .
[--https://goo.gl/ExLJQw--]
2. Si, yo también lo creo, art 418.3, el juez por auto
3. Tu lo has dicho, se sale un poco de temario ... el protesto notarial, puede ser necesario, pero, lo dicho, si quieres leerte la Ley 19/1985, de 16 de julio, Cambiaria y del Cheque es interesante, aunque mejor que lo dejes para después de los exámenes.
4. Creo que debería contarse a partir del plazo de diez días del requerimiento y teniendo en cuenta que "máximo" de un mes y, también, teniendo en cuenta la posible aplicación de las oficinas de señalamiento inmediato ...
• 05/01/2018 9:19:00.
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Muchas gracias villa!!
Ya que mencionas lo de las oficinas de señalamiento inmediato, realmente no está en aplicacion todavía ¿no? Aunque la LEC lo recoge, en la practica se esta haciendo uso de esa regulación? Tampoco he visto preguntas en examenes anteriores sobre este tema... creo recordar que no haber visto ninguna ¿crees que pueden preguntarlo?