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• 16/01/2018 20:32:00.
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• Registrado: febrero 2008.
Hola a todos, tengo la siguiente duda: contra los autos del Juez de Instrucción y de lo Penal cabe recurso de reforma (arts. 217 y 766 LECrim)...pero y contra las providencias? cabe reforma? Si la respuesta es sí...dónde se establece eso?
• 16/01/2018 20:39:00.
• Mensajes: 121
• Registrado: noviembre 2016.
No no cabe reforma ni ningun otro, las providencias en penal son irrecurribles
• 16/01/2018 21:03:00.
• Mensajes: 26
• Registrado: febrero 2008.
muchas gracias por la aclaración
• 16/01/2018 23:28:00.
• Mensajes: 1481
• Registrado: marzo 2016.
Es cierto que no lo dice explícitamente, pero yo creo que si cabe recurso de reforma contra las providencias, por la aplicación supletoria de la LEC, porque ningún artículo dice expresamente que sean irrecurribles en general, por la regla general del artículo 216 y por la mención del artículo 141 que dice, entre otras cosas, que se dictarán autos " ... cuando decidan recursos contra providencias o decretos ...".