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• 04/02/2018 10:30:00.
• Mensajes: 239
• Registrado: mayo 2009.
::: --> Editado el dia : 04/02/2018 10:31:57
::: --> Motivo :
Perdonad, me podía aclarar alguien si una vez que se dicta el Auto declarando el Concurso y publicado en el BOE, desde el día siguiente al de la publicación, los acreedores tienen 1 MES para comunicar sus créditos si fuera en el Abreviado pero en el Ordinario? son 2 meses? o es 1 MES también?. Es que no lo encuentro en la ley, lo he leído en un artículo pero no sé dónde pone que son dos meses o es que el plazo se hace coincidir con el del informe que tiene que presentar la Administración Concursal y de ahí lo de los dos meses?.No sé si me he explicado.
Muchas Gracias Again.
Saludos.
• 04/02/2018 11:16:00.
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• Registrado: junio 2017.
Buenos días.
El plazo es de un mes.
Te he buscado los artículos de la LC, son el art.21.1.5° y el art.85.1
• 04/02/2018 11:51:00.
• Mensajes: 239
• Registrado: mayo 2009.
Sí, muchas gracias Narusita, eso he entendido yo. Pero en este artículo jurídico:
[--https://boletinjuridico.gtt.es/como-se-articula-el-concurso-de-acreedores/--] que es del 4/12/2015, dice que son dos meses y me ha descolocado.Pero vamos donde la ley dice, va a misa. Se habrán colocado.
Gracias :)