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709.308 mensajes • 396.057 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 15/02/2018 13:32:00.
• Mensajes: 135
• Registrado: noviembre 2011.
Buenas, tengo una duda respecto a la competencia del TRIBUNAL DEL JURADO. En la ley concreta que conoce de los delitos contra las personas, si son CONSUMADOS. Y luego concreta que conoce de HOMICIDIO. Por tanto incluye ASESINATO, pero incluye también HOMICIDIO IMPRUDENTE O NEGLIGENTE?? Al parecer no lo incluye y no me queda claro el motivo. Es que un homicidio imprudente no puede ser consumado??
Gracias!
• 15/02/2018 13:38:00.
• Mensajes: 119
• Registrado: enero 2018.
En la misma ley te dice los artículos del código penal para los que es competente el Tribunal del Jurado. Un homicidio negligente es un homicidio CONSUMADO.
• 15/02/2018 13:50:00.
• Mensajes: 119
• Registrado: enero 2018.
En fin...
Consumado = que se ha realizado.
• 15/02/2018 13:55:00.
• Mensajes: 31
• Registrado: enero 2018.
No es lo mismo consumado que negligente.
Un homicidio no consumado es una tentativa (un intento. Intentas matar a alguien pero no muere. En este caso el delito NO se ha consumado).
En cambio, negligente/imprudente significa que tu no querías matarle pero lo has hecho. Por ejemplo, atropellas a alguien y muere. En este caso es un homicidio consumado porque ha muerto, pero es negligente/imprudente/ culposo.
Hay que diferenciar entre consumado - tentativa// y por otra parte, culposo o negligente - doloso
• 15/02/2018 14:22:00.
• Mensajes: 1481
• Registrado: marzo 2016.
Vamos a ver, no soy un experto en Derecho Penal y no voy a explicar la diferencia entre un delito doloso y uno imprudente y además no entra en el temario (creo???), pero el tema de que el Tribunal de Jurado no es competente para el homicidio imprudente es porque la propia ley te dice "a) Del homicidio (artículos 138 a 140)." y el homicidio imprudente se regula en Articulo 142 del código penal.
• 15/02/2018 14:47:00.
• Mensajes: 1481
• Registrado: marzo 2016.
COMEYCALLA, de verdad que no quiero hacerme el chulo, eso es como tú me ves. Yo solo quiero colaborar y a la vez aprendo más de lo que tú te puedas imaginar te. Bueno, el caso que has puesto es interesantísimo, pero leetelo entero. Si te lo lees entero y después te lees el artículo 48.3 de la ley orgánica, pues, lo comprenderás, te lo copió "48.3. Aun cuando en sus conclusiones definitivas las partes calificasen los hechos como constitutivos de un delito de los no atribuidos al enjuiciamiento del Tribunal del Jurado, éste continuará conociendo."
• 15/02/2018 14:48:00.
• Mensajes: 1481
• Registrado: marzo 2016.
Por cierto, COMEYCALLA, tomaaa ...
:-)
• 15/02/2018 15:05:00.
• Mensajes: 119
• Registrado: enero 2018.
En la ley dice que los delitos contra los personas solo los que sean consumados. Y en la misma ley te salen los artículos del código penal que van por el tribunal.
on
Consumado no es que yo tenga tentativa de cometer un homicidio y lo ejecute provocando el daño. Consumado es que efectivamente, yo maté a alguien. Si fallé no es competente el tribunal.
Si en la misma ley te sale que es del 138 al 140 del código penal para delitos de homicidio, y el de imprudente está en el 143, blanco y en botella.
• 15/02/2018 17:36:00.
• Mensajes: 21
• Registrado: enero 2018.
No os liéis, una cosa es imprudente y otra doloso. Pus bien, el Tribunal del Jurado conoce del delito de homicidio doloso, y además debe de estar consumado.
• 15/02/2018 22:53:00.
• Mensajes: 1481
• Registrado: marzo 2016.
Sanorgi tu argumento: "hasta que no se lleva a cabo el juicio y se delibera no se podrá decidir si es asesinato,homicidio o homicidio imprudente", es como decir, hasta el final del juicio, hasta el veredicto, no se sabe si es culpable o no ... Pero aquí estamos hablando de Competencias, cuando es competente el tribunal del jurado y en qué momento se determina la competencia del Tribunal del Jurado, se determina al final del juicio????
• 15/02/2018 23:19:00.
• Mensajes: 44
• Registrado: marzo 2015.
::: --> Editado el dia : 15/02/2018 23:58:11
::: --> Motivo :
Que el fiscal pida de frente homicidio imprudente, no va por el Tribunal del Jurado, que al final fue por el Tribunal del Jurado y se condena por homicidio por imprudencia, es por que se pedía homicidio del 138 o asesinato del 139, pero durante el juicio se decidió condenar como imprudente al tener en cuenta las pruebas.
• 16/02/2018 14:07:00.
• Mensajes: 60
• Registrado: mayo 2016.
Los atenuantes y los agravantes sirven para determinar la pena, no el tipo.
El tipo es la clase de delito y a cada delito le corresponde una pena que es variable según los casos.
Es común los supuestos que se empieza tipificando como homicidio doloso y acaba siendo imprudente. Lo he visto en peleas. Pero esto no se sabe hasta después.