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709.308 mensajes • 396.057 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 08/04/2018 10:51:00.
• Mensajes: 15
• Registrado: enero 2017.
buenos dias.lo pongo literal segun parte enunciado...
En el contrato de alquiler se dispone un domicilio a efectos de notificaciones sito en la
Calle de la Amargura nº 22 del municipio de Casares (Málaga), sede social de la citada
entidad mercantil.
Con la citada empresa existió sobre el mismo local una demanda y una condena de
desahucio anterior, mi mandante, tras percibir después de la Sentencia y un día antes
del lanzamiento, las rentas pactadas acepto el ruego del arrendatario de suscribir sobre
el mismo local un nuevo contrato.
El demandante presenta demanda de juicio verbal de desahucio por falta de pago de la
renta y ejerce dos acciones, la de desahucio por falta de pago y la acción de reclamación
de cantidad debida.
13) En el supuesto de autos, ¿cabe enervar el desahucio?
a) No, porque ya ha enervado en otro desahucio
b) Sí
c) No, porque carece de efectos de cosa juzgada.
d) Si, porque tiene efectos de cosa juzgada
La da por buena la b segun el 22.4 LEC.
Quiere decir que, la demanda desahucio anterior hubo un arreglo (acuerdo) antes de sentencia y no se considera como enervacion?
si alguien lo ve, por favor comentadlo. muchas gracias y animos¡
• 08/04/2018 11:06:00.
• Mensajes: 239
• Registrado: mayo 2009.
::: --> Editado el dia : 08/04/2018 11:10:59
::: --> Motivo :
Mira, te está hablando de que hubo un desahucio anterior (porque ya hubo una sentencia que así lo dictaminó, lo que después ellos hicieran es otra historia), no de que hubiera una enervación anterior pues como tal no se cumplió ni se hice en su momento oportuno(es decir, una vez que se le hubiera requerido debería haber puesto a disposición o pagar las rentas debidas), simplemente es eso. Por tanto, como se trata de un nuevo contrato es por tanto un nuevo desahucio y por tanto cabe enervación. Yo lo veo así.
Espero haberte ayudado.
Saludos.
• 08/04/2018 11:08:00.
• Mensajes: 15
• Registrado: enero 2017.
si ya lo vi...gracias Babie ya lo vi. ¡¡¡