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709.293 mensajes • 396.056 usuarios registrados desde el 25/05/2005

lito1982

lisa

• 01/05/2018 20:11:00.
Mensajes: 71
• Registrado: noviembre 2010.

Duda de requerimiento en un desahucio

::: --> Editado el dia : 01/05/2018 20:17:57
::: --> Motivo :

Tengo una duda sobre un supuesto de "oposiciones jurismadrid". En un práctico de desahucio por falta de pago de las rentas en la que solo reclama el desahucio y no las rentas, dice que cuando se haga el requerimiento en los 10 días, no habiéndose acumulado la acción de reclamación con la de desahucio, da como respuesta válida que hay que reclamar de pago, cuando yo tenía entendido que si solo reclamas la acción de desahucio no hay que reclamarle de pago (aunque en la demanda pongas la cantidad que te debe por impago).

Y otra duda es que pregunta por que procedimiento se lleva la reclamación de las cuotas de la comunidad, y da por válida el J.verbal y el Monitorio, cuando yo tenía entendido que sólo es el monitorio.

12 RESPUESTAS AL MENSAJE

AFCAholland

• 01/05/2018 20:23:00.
Mensajes: 186
• Registrado: febrero 2018.

RE:Duda de requerimiento en un desahucio

art.440.3.
3. En los casos de demandas en las que se ejercite la pretensión de desahucio por falta de pago de rentas o cantidades debidas, acumulando o no la pretensión de condena al pago de las mismas, el secretario judicial, tras la admisión, y previamente a la vista que se señale, requerirá al demandado para que, en el plazo de diez días, desaloje el inmueble, pague al actor o, en caso de pretender la enervación, pague la totalidad de lo que deba o ponga a disposición de aquel en el tribunal o notarialmente el importe.

Independientemente de si reclama rentas o no, requerimiento de pago.

lito1982

lisa

• 01/05/2018 20:26:00.
Mensajes: 71
• Registrado: noviembre 2010.

RE:Duda de requerimiento en un desahucio

Gracias AFCAholland.

Sabrías si las cuotas de comunidad se llevan tanto por monitorio como por verbal, o solo por monitorio?

Por cierto otra duda. Dice el práctico que si el demandado acepta la condonación del demandante terminará por una "sentencia de allanamiento" y no da como correcta "sentencia condenatoria", cuando en el art. 21 habla de sentencia condenatoria cuando hay un allanamiento.

AFCAholland

• 01/05/2018 21:02:00.
Mensajes: 186
• Registrado: febrero 2018.

RE:Duda de requerimiento en un desahucio

La petición de cantidad en materia de propiedad horizontal la puedes reclamar por el proceso declarativo que toque (ordinario si es más de 6000 o siempre que no se reclame exclusivamente cantidad, y verbal hasta 6000 si sólo se reclama cantidad) o bien puedes ir a un montorio independiente de la cantidad.

Lo otro, yo hubiera puesto sentencia condenatoria también porque te remite al 21. A ver si alguien nos lo aclara. ¿Iñaqui? Madre mía voy a tener que mandarle un jamoncito o algo en agradecimiento a este hombre de tanto que le exprimo

lito1982

lisa

• 01/05/2018 21:24:00.
Mensajes: 71
• Registrado: noviembre 2010.

RE:Duda de requerimiento en un desahucio

::: --> Editado el dia : 01/05/2018 21:25:02
::: --> Motivo :

Gracias, perfecto me ha quedado claro.

Alphos

• 01/05/2018 21:24:00.
Mensajes: 173
• Registrado: febrero 2017.

RE:Duda de requerimiento en un desahucio

En Civil no hay nada que se lleve SOLO por monitorio, ya que el monitorio es algo totalmente opcional. Todo lo que reclames por monitorio, lo puedes reclamar también con el proceso declarativo que corresponda. El monitorio no es más que un requerimiento de pago judicial con la intención de evitar tener que irse a un declarativo de inicio porque hay muchos que se acojonan y pagan.

Así que si, las reclamaciones de propidead horizontal se reclaman en función de la cantidad por ordinario o verbal, salvo que vaya en función de la materia que será siempre ordinario, y si se trata de una reclamación de cantidad y si quieres llevarlo por ahí, puedes antes reclamarlas por monitorio, que si no se atiende al requerimiento, acabará en un verbal o en un ordinario.

Iñaqui1964

• 02/05/2018 8:30:00.
Mensajes: 2642
• Registrado: diciembre 2009.

RE:Duda de requerimiento en un desahucio

El allamiento trae consigo sentencia condenatoria, no se qué término jurídico es el de "sentencia de allanamiento" (que yo sepa no existe)

erin1971

• 02/05/2018 18:13:00.
Mensajes: 72
• Registrado: abril 2017.

RE:Duda de requerimiento en un desahucio

Buenas tardes a tod@s

Este hilo me viene que ni pintado para solucionar una duda sobre un caso práctico de un monitorio de deudas del art. 21 LPH de la Comunidad de propietarios.

Cuando acaba el monitorio porque hay oposición del demandado el art. 818.3 dice que se resolverá SIEMPRE POR JUICIO VERBAL (estamos hablando de reclamaciones de rentas o cantidades debidas por el arrendatario de finca urbana) cualquiera que sea la cuantía.

Pero si es un monitorio del art. 21 y acaba con oposición del demandado ¿TAMBIÉN VA POR VERBAL SIEMPRE?

Me vuelve loca esta cuestión porque yo entiendo que en ese caso, dependería de la cuantía para ir por el procedimiento ordinario o el verbal.

Pero la cuestión no la encuentro regulada en ninguna parte, a no ser que el art. 818.3 también incluya esta posibilidad.

¿Alguien tiene clara esta cuestión?????

Gracias de antemano.

lito1982

lisa

• 02/05/2018 19:16:00.
Mensajes: 71
• Registrado: noviembre 2010.

RE:Duda de requerimiento en un desahucio

Pues también tengo esa duda, yo imagino que dependerá de lo que hayan pactado, es decir si el arrendatario pacta con el arrendador que él se hace cargo de las cuotas de comunidad, imagino que se aplica el 818.3 y que ira por verbal, da igual la cuantía. Pero si en un práctico te dice que no hubo pacto y que las cuotas las tiene que pagar el dueño del piso (y no el arrendatario) pues entonces se las reclamarán a éste por verbal u ordinario en función de la cuantía, ya que el 818.3 habla de cantidades que deba el "arrendatario". Pero es una suposición mía

erin1971

• 02/05/2018 19:32:00.
Mensajes: 72
• Registrado: abril 2017.

RE:Duda de requerimiento en un desahucio

Yo estoy como tú, que entiendo que hay una distinción entre "arrendatario deudor" y "propietario deudor"
pero no tengo ni idea de si afecta al tipo de proceso.

si hubiera que tener en cuenta las reglas del 249 y 250, el monitorio del art. 21 "debería" tramitarse por razón la cuantía, que es lo que dice el punto 249.8

A ver si alguien lo tiene claro y nos dice algo más.
Saludos.

caraculo69

• 02/05/2018 22:29:00.
Mensajes: 98
• Registrado: mayo 2018.

RE:Duda de requerimiento en un desahucio

249.6
Las que versen sobre cualesquiera asuntos relativos a arrendamientos urbanos o rústicos de bienes inmuebles, SALVO QUE SE TRATE DE RECLAMACIONES DE RENTAS O CANTIDADES DEBIDAS POR EL ARRENDATARIO o del desahucio por falta de pago o por extinción del plazo de la relación arrendaticia.

250.1
Las que versen SOBRE RECLAMACIÓN DE CANTIDADES POR IMPAGOS DE RENTAS y cantidades debidas y las que, igualmente, con fundamento en el impago de la renta o cantidades debidas por el arrendatario, o en la expiración del plazo fijado contractual o legalmente, pretendan que el dueño, usufructuario o cualquier otra persona con derecho a poseer una finca rústica o urbana dada en arrendamiento, ordinario o financiero o en aparcería, recuperen la posesión de dicha finca.

818.3
En todo caso, cuando se reclamen rentas o cantidades debidas por el arrendatario de finca urbana y éste formulare oposición, el asunto se resolverá definitivamente por los trámites del juicio verbal, cualquiera que sea su cuantía.

Una cosa es reclamar a un vecino en los casos de la LPH (gastos de la comunidad) y otra es reclamar al arrendatario los meses de alquiler que debe.

erin1971

• 03/05/2018 8:51:00.
Mensajes: 72
• Registrado: abril 2017.

RE:Duda de requerimiento en un desahucio

Sigo sin entender nada
249.8 Cuando se ejerciten las acciones que otorga la Junta de Propietarios y a éstos la LPH, siempre que no versen exclusivamente sobre reclamaciones de cantidad, en cuyo caso se tramitarán por el procedimiento que CORRESPONDA.

????' Termina un monitorio de reclamación de rentas de una Cdad. de propietarios y el proceso sigue por verbal o dependerá de la cuantía????

Saludos.

Dilemma

• 03/05/2018 11:08:00.
Mensajes: 17
• Registrado: abril 2018.

RE:Duda de requerimiento en un desahucio

Si el arrendador reclama rentas o cantidades debidas al arrendatario, juicio verbal cualquiera que sea su cuantía (art. 250.1.1°).

Si la junta de propietarios reclama cantidades debidas al propietario, juicio que corresponda según la cuantía (art. 249.1.8°).

Según la LPH, la junta de propietarios puede reclamar al propietario (actual, anterior o titular registral), no al arrendatario. Si después el propietario, como arrendador, quiere ir contra el arrendatario, ya es otra cosa.


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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