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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Justicia
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• 24/06/2018 16:03:00.
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Esto en realidad se da en la práctica, no alcanzo a verlo, si el demandado se opone lo tendrá que hacer con abogado y procurador, MATERIA, entonces la notificación de la sentencia al Procurador, si no se opone se dicta decreto pasado el plazo de oposición teniendo por terminado el desahucio.
• 24/06/2018 17:12:00.
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Bonito estoy no puse la duda, me refiero que el artículo citado dice textualmente "que queda citado para recibir la notificación de la sentencia que se dicte el SEXTO día siguiente al señalado para la vista", esto se da en la práctica, porque no lo veo, gracias y perdona el lapsus.
• 24/06/2018 17:40:00.
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Gracias Sinsajo, pero si dicta sentencia es porque se ha opuesto y si se ha opuesto lo ha tenido que haber hecho con abogado y procurador, pues la sentencia se le notifica a través de su Procurador, esto es lo que a mí no me hace sentido...