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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Justicia
709.308 mensajes • 396.057 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 15/01/2019 16:10:00.
• No registrado.
• 15/01/2019 16:18:00.
• Mensajes: 353
• Registrado: diciembre 2014.
Tu lo has dicho ADOAJ es los intereses de unos pocos, no de los opositores....pero no es nuevo...
Dónde has leído que sin puntos no se puede acceder? Eso no puede llegar a ningún lado porque sería claramente impugnable...
• 15/01/2019 16:23:00.
• Mensajes: 98
• Registrado: mayo 2018.
donde pone eso del 50%? es que no lo encuentro, gracias.
• 15/01/2019 16:34:00.
• Mensajes: 193
• Registrado: enero 2016.
::: --> Editado el dia : 15/01/2019 16:35:45
::: --> Motivo :
Una persona con toda la antigüedad y los cursos, obtendrá un 50%(ya se sabe)+15%(probable) con un total de 65% de 133 puntos, es decir, 86 puntos.
No es posible obtener un crédito de 86 puntos de colchón en la oposición para defenderse de esos interinos con antigüedad y cursos, ya que con mecanografía en tramitación el total es de 200 puntos. Con lo cual, siempre y cuando el ratio de personas que pasen al concurso no sea bajo (2-3 por plaza) es imposible competir los aprobados con 0 méritos con lo aprobados con 86 puntos. En el caso de que a la fase de concurso pasen 2-2,5 por plaza, se hará un buen filtro para que a la fase de méritos lleguen los más preparados y ahí seguramente habrán pocos interinos con antigüedad. Si a esa fase llegan 10 por plaza, será materialmente imposible competir con esas personas.
• 15/01/2019 16:40:00.
• Mensajes: 169
• Registrado: diciembre 2008.
::: --> Editado el dia : 15/01/2019 16:40:36
::: --> Motivo :
Exacto, por eso.yo creo que la clave estará en el ratio de los que pasen a concurso. Y eso dependerá en gran medida de que haya meca y desarrollo
• 15/01/2019 16:45:00.
• Mensajes: 193
• Registrado: enero 2016.
EXACTO MARÍA. La clave está en saber eso de 10 por plaza como se aplica, a que ejercicio/s y si a la fase de concurso, aunque no haya meca, harán un corte con el sumatorio de los dos test dejando pasar 2-3 por plaza.
Aunque no haya meca, contabilizar los méritos de 10 por plaza es mucho mucho lio, es decir, haya o no mecanografía, entiendo que deben aplicar un corte al final de la oposición. La clave para las personas sin antigüedad es esa. No para aprobar sino para al menos poder competir!
• 15/01/2019 16:47:00.
• Mensajes: 193
• Registrado: enero 2016.
::: --> Editado el dia : 15/01/2019 16:49:03
::: --> Motivo :
::: -- Editado el dia : 15/01/2019 16:47:30
::: -- Motivo :
jusgestion, esa información debería ser pública de antemano a mi entender, para que las personas sepan si tienen o no posibilidades de pelear o no por obtener una plaza. Sería lo suyo vamos. Como es la primera vez que ponen una nota mínima (60) o corte (10/plaza) uno no sabe cuantos pasaran al concurso, con lo que deberían aclararlo Cuando sabes que los cortes son de 2-3 por plaza (antiguamente) ya sabias de antemano cuantos llegarían al concurso, al menos una idea. De esta forma, es imposible si no lo aclaran
• 15/01/2019 23:09:00.
• Mensajes: 98
• Registrado: mayo 2018.
Visto lo visto, nadie va hacer nada. La gente se quedará estudiando en casa viendo cómo se la meten por el culo poco a poco.
• 16/01/2019 23:59:00.
• Mensajes: 303
• Registrado: marzo 2012.
El sindicato no "se creo", lo hizo su fundador con las personas afines que fueran en su día. Y ya avisaron que necesitan personal para cumplir sus objetivos o desaparecerá.
Zz33, te refieres al sumatorio no? Porque si no pasas el corte del primero el segundo nada de nada, porque a raíz del corte del primero hubo protestas por ser el corte alto y no poder realizar el segundo.
• 17/01/2019 9:50:00.
• Mensajes: 81
• Registrado: octubre 2018.
La ADOAJ QUE ES? porque hace poco lei en facebook que necesitaban de todo para seguir y ya llevamos con ese cuento meses...al menos si supieramos que cursos se pueden hacer...porque con un 50% de antiguedad en meritos cursos que no se sabe que hacer, o ponen 2 por plaza para pasar al concurso o nos vamos a comer una gran...
• 17/01/2019 11:27:00.
• Mensajes: 303
• Registrado: marzo 2012.
Meses ? la última vez que me pasé por allí, la noticia que necesitaban gente es de 11 de enero, vamos que ni 1 semana... -_-
• 17/01/2019 13:05:00.
• Mensajes: 9
• Registrado: enero 2019.
Hola que tal. Mi primer mensaje.
Estoy leyendo este hilo y me parecería bueno si alguien con cierto criterio, pudiera explicar el alcance de la STC27/2012, en la que se llega a decir que otorgar más del 45% a la experiencia en fase de concurso es desproporcionado por no hablar de que tampoco se trata de una situación excepcional por la implantación de nuevos servicios.
Con eso hay recorrido para una impugnación?
• 17/01/2019 13:31:00.
• Mensajes: 290
• Registrado: diciembre 2018.
Madre mia otro que no se entera. No te preocupes. Aqui te vas a sentir como pez en el agua. A ver despacito. El 50 por ciento de la antiguedad es sobre el 40 por ciento de la fase de concurso. No se esta excediendo nada. Ya que el maximo de la fase de concurso segun sentencia es del 45 por ciento. Se dice que el 50 por ciento de la antiguedad es sobre el 40 osease un 20 por ciento y el resto los diversos meritos. En fin que pereza todos los dias igual. Matais un burro a pellizcos. Recuerda. Fase de oposicion 60 y concurso 40. Valoracion antiguedad la mitad del maximo permitido de la fase de concurso. Copia esta frase 100 veces. La mitad del maximo permitido de la fase de concurso. Dale ahi que tu puedes.
• 17/01/2019 16:37:00.
• Mensajes: 9
• Registrado: enero 2019.
Buenas tardes.
Lo primero agradecer tus halagos, está claro que tu educación está al mismo nivel que solvencia intelectual como demuestra tu dilatada presencia de un mas de un mes en este foro. Yo no voy a sentenciarte a poena cullei, ni mandarte copiar cien veces nada, a lo sumo el “osease”, que tampoco, por aquello de que en tu descargo, lo has escrito sin hache
Como bien dice vividorOpositor en su pintoresco análisis de la citada sentencia, es doctrina unánime que la experiencia no debe suponer la mitad de la puntuación en fase de concurso y para ello textualmente proclama la sentencia que “la experiencia profesional representa un porcentaje claramente superior al 45 por 100 de la nota total de la fase de concurso:” lo cual “implica un beneficio desproporcionado a unos participantes respecto de otros”. Invito a su lectura y a las en la misma referenciadas.
Por eso me extraña que no le extrañe a nadie el “logro” del que se jactan los sindicatos, que la experiencia puntúe el 50% de la fase de concurso, cuando la convocatoria redactada en esos términos o incluso si al final se llega al mismo resultado por la vía de hecho, adolece de un vicio grave de inconstitucionalidad respecto al 23.2 de la CE.
Dicho sea con la mayor humildad y con sometimiento a mejor criterio fundado en derecho fundado.
Criterio que educadamente espero, a ser posible de alguien con mayor experiencia.
• 17/01/2019 18:10:00.
• Mensajes: 666
• Registrado: diciembre 2018.
DATOS A TENER EN CUENTA DE LA SENTENCIA:
1) Doña Ana María Vargas Vázquez interpone recurso contra diversas Órdenes de la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía de 19 de octubre de 1998, por las que se convocan pruebas selectivas para el sistema de oposición libre. OCTUBRE DE 1998.
2) Sentencia 27/2012, de 1 de marzo de 2012. MARZO DE 2012 (14 años después)
3) La Sentencia considera constitucional que al menos un 45 % del total de la fase de méritos sea otorgada a la antigüedad.
4) En la presente convocatoria intentan los sindicatos y se ponen medallas para que puntue un 50% (del 40% de los méritos). Para algunos flagrantemente inconstitucional para otros rozando la inconstitucionalidad.
APLICAMOS LO ANTERIOR A LA ACTUALIDAD.
1) Doña Charotembleque interpone recurso contra diversas Ordenes del Ministerio, el 15 de abril de 2019, por las que se convocan pruebas selectivas para los cuerpos generales de la Administración de Justicia.
AÑO 2033
- El Tribunal Constitucional estima parcialmente el recurso interpuesto por la recurrente, acordando reducir un 5% la antigüedad en la fase de méritos, y rebaremar la puntuación de los que pasaron a la fase de méritos teniendo en cuenta un valor total del 45 % por antigüedad.
- Los listados de aprobados quedan igual.
- Los nacidos en 1983 cumplen 50 años.
- La Constitución Española cumple 55 años
- Marty Mc Fly cumple 61 años.
- Los Goonies cumplen 48 años
- Brad Pitt cumple 70 años
- Los nietos de Charotembleque van a visitarla al asilo y descorchan una botella de Champagne celebrando la estimación parcial de la sentencia. La cuelgan en un marco en la pared (la Sentencia)
- Los opositores que aprobaron también se han jubilado.
- Los preparadores de opositores libres les siguen golpeando el pecho al grito de: “cual es vuestro oficio!!!”
FIN
Os lo tomais a coña, pero el ayer hablé con un abogado especialista en contencioso y me dijo un caso que la diputación provincial le dio la razón a un aspirante 10 años después, pues suma y estariamos en el 2029 o por ahi...a algunos ya se le habrá caido el pelo o estarán hechos polvo...jJajaajaja
• 17/01/2019 22:06:00.
• Mensajes: 290
• Registrado: diciembre 2018.
Jajajajajajajaja. Poena cullei. Qué recuerdos de mis dos sobresalientes en derecho romano. Ains qué joven era. Me acabo de leer la sentencia que comentas. Y como todo lo que abunda en este foro se entiende al revés, tú no ibas a ser menos, a pesar de que tengas sacado a duras penas primero de derecho (ánimo con segundo, se nota mucho el cambio, de primero me refiero). Te recomiendo encarecidamente que la vuelvas a leer. A continuación te hago un corta y pega de cuestiones que te pueden a ayudar el por qué no es aplicable esto que alegas a la convocatoria de la administración de justicia.
"Un elemento fundamental del análisis es comprobar si la antigüedad se configura como único mérito o se puede participar en el proceso selectivo alegando otros"
"Retomando la doctrina constitucional relevante para este supuesto, se subraya que el problema de la igualdad no se plantea por la consideración como mérito de los servicios prestados, que pueden ser valorados en una fase posterior del concurso, sino por el hecho de constituir un requisito necesario para participar en el concurso"
"El proceso selectivo se ha configurado en dos fases cerradas: concurso previo y oposición posterior"
" La primera duda que se resuelve en el Auto de planteamiento estriba en saber si nos hallamos ante un proceso de pruebas restringidas o de libre acceso pues son distintas las exigencias para uno u otro caso."
Bien, como ya habrás podido observar, la sentencia que alegas, denuncia una cuestión, que no es aplicable en estos procesos. NO había la realización de pruebas de examen en primer lugar, esto es, ejercicios de oposición, con sus correspondientes cortes, y luego la valoración de la fase de concurso. Era un proceso en el cual primero se examina el concurso, cosa, que en la lopj es inviable, ya que para pasar a la fase de concurso es necesario parasar la fase de oposición. Pues no, aquí primero tenían el concurso donde se dotaba excesivamente de valoración a la antigüedad, lo cual hacia que los otros méritos ni existieran prácticamente. Claro según he leido la antigüedad se dotaba con un 66 y pico y una titulación universitaria con 1 o 2 puntos. Pero eso no sucede aquí. Aquí hay un proceso con unos ejercicios en la fase de oposición y su superación dará lugar a la fase de concurso. En la fase de concurso, no sólo se valora la antigüedad, sino que se valoran, a saber, licenciaturas, diplomaturas, cursos de formación, e idiomas. Una persona no interina que tenga carrera, cursos o carrera y una diplomatura, e idiomas, parte con un buen puñados de puntos. Es decir, y más adelante se verá, si juntas el resto de méritos que no son antigüedad, tampoco las personas de la callle irán desprovistas de puntuación en la fase de concurso.
Alegas una sentencia que dicta un proceso tan peculiar y particular, como para valorar primero el concurso y pasando el concurso se llega a la fase de oposición. Vamos, completamente al revés de lo que aquí ocurre tal y como dice la ley. Primero la fase de oposición y después el concurso. En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de oposición servirá para aprobar la fase de oposición. Cosa que ocurre en el proceso que provoca esta sentencia donde primero era el concurso y después la realizacion de los ejercicios. Y otra cosa que tampoco ocurre aquí es que los méritos a valorar carreras, cursos, diplomaturas e idiomas son la otra mitad de la fase de concurso. En conclusión, que me tengo que ir a cenar, lo que alegas no es impugnable ni este concurso oposición lo es, y sobre todo si la pretendida impugnación la basas en una sentencia que dimana de un proceso en el cual precisamente se empieza dado de raro y excepcionalísmo carácter con la fase de concurso la cual hay que aprobar para llegar a la fase de oposición. Vamos que la jurisprudencia a alegar es que en un proceso deonde se realiza primero el concurso y luego la oposición los méritos de antigüedad son elevadísmos y el resto se dotan con 1 o 2 puntos. Vamos tal y como se está diciendo en justicia, vamos exactamente igual. Vamos más distinto no puede ser.
• 17/01/2019 22:39:00.
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• Registrado: diciembre 2018.
Ah y tan loquitos ke se ponen aki con lo del 50 por ciento para ti y todos los que no lo pilla como tu. Csif en su hoja informativa de la reunion señala para promocion interna la siguiente propuesta antiguedad 50 por ciento. Titulacion 25 por ciento. Cursos un 17.5 por ciento . Ejercicios superados un 5 por ciento. Idomas un 2.5 por ciento. Si sumas el resto de meritos distintos a antiguedad suman 50 por ciento y otro 50 de antiguedad dan el total del 100 por cien que es el 40 por ciento de la fase de concurso. Como vengo diciendo decir que la antiguedad es el 50 por ciento de la fase de concurso significa que del 40 por ciento de esa fase la mitad de ese 40 es antiguedad y la otra mitad esto es el otro 50 por ciento de la fase de concurso OSEASE la mitad de ese 40 con los otros meritos ke te he dicho. Propuesta de csif ke tal y como dice es el ministerio el ke dira los porcentajes. Pero vamos es un ejemplo para ver el 50 de antiguedad sobre 40 y el 50 de otros meritos sobre 40. En fin dime tu la ilegalidad hijo de mi vida. Ninguna.
• 18/01/2019 9:23:00.
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• Registrado: diciembre 2018.
En la web del sindicato csif en el resumen de la reunion del dia 15. Csif justicia. Es la propuesta ke hacen para promocion interna. Seras el unico que no lo haya visto. De nada.
• 18/01/2019 11:36:00.
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• Registrado: diciembre 2018.
Joderrrrrr madre mia. No has visto lo mismo que yo indico. Pues hijo busca en google csif justicia. Ve al post de la reunion del dia 15. Y mira la propuesta de promocion interna donde indica 50 oor ciento de antiguedad y el resto osease el otro 50 por ciento dividio en los restantes meritos tal y como proponen con los diversos porcentajes. Vamos si no es lo mismo que te he dicho mas no puedo hacer por ti. Perlitas ridiculas sin fundamento???? Madre de dios y te lo dicen aquellos ke no se enteran de los porcentajes de la fase de concurso en como estan repartidos. Lo que es osado es decir gilipollecea sin fundamento. Eso si es osado. Pero vamos es lo ultimo ke te escribo. No te dedico ni un segundo mas. Ala abre post diciendo que la antiguedad al 50 por ciento rebasa el limite de la jurisprudencia constitucional asi me rio un rato que es lo unico que se puede hacer por aki. Reirse de todo lo que se lee. Adios.
• 18/01/2019 18:24:00.
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• Registrado: diciembre 2018.
Habéis visto la nota que les han sacado a los de penitenciarias? Que envidia sana joder. Que seguridad jurídica.
[--https://twitter.com/Opositatest/status/1086246546209943552?s=20--]
• 18/01/2019 20:22:00.
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• Registrado: diciembre 2008.
Estaría bien estudiar sabiendo cuántos van a pasar cada examen jajaja. No que lo mismo la nota de corte la marca el 58 que el 5800 jajajaja
adoaj no es ningun sindicatto es uina asociacion,,, que esta pidiendo ayuda en las redes para que se involucre mas gente, a todos los que los andais criticando os habieis puesto en contacto con ellos para ayudar o involucraros ?...o esperais que por arte de magia tengan peso en una negociacion o en una posible impugnacion
• 22/01/2019 20:45:00.
• Mensajes: 72
• Registrado: julio 2018.
Yo creo que ADOAJ se ha equivocado a la hora de divulgar sus proposiciones, buscar apoyos... porque basarse casi únicamente en una cuenta de facebook no me parece 100 % serio.
Yo envié email a la dirección de correo cuando empezaron los trámites para constituirse en asociación y sólo recibí un primer mensaje. Sigo su cuenta en Instagram y nada.
Ojo, también es fastidiado venir aqui proponer cosas, movilizaciones, escritos, quejas... y que o no haya respuestas o haya varios mensajes de "ponte a estudiar". En fin, creo que somos un sector muy heterogéneo y egoista. Y no nos ponemos de acuerdo ni en lo que nos une.
Diréis que no iba a servir de nada lo que no ha servido de nada es cruzarnos de brazos mientras otros se repartían el pastel en unaa negociaciones en las que nunca hemos tenido voz y nunca miran por nuestros derechos.
No es comparable pero yo pertenecí a la asociación que consiguió excluir a las últimas promociones de la licenciatura en Derecho del Master de acceso a la abogacía, y también me dijeron que movilizarse no iba a servir de nada.