¿Qué quieres buscar?

Inicia sesión

Regístrate

FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Justicia



709.308 mensajes • 396.057 usuarios registrados desde el 25/05/2005

antiguo

No Registrado

• 19/06/2019 18:03:00.
• No registrado.

MONITORIO, DUDA

32 RESPUESTAS AL MENSAJE

FBG1981

• 19/06/2019 18:15:00.
Mensajes: 79
• Registrado: junio 2019.

RE:MONITORIO, DUDA

Puedes presentar la petición monitoria telemáticamente, lo que no sé es si en todos los ámbitos está habilitada la función. Lo mejor es que entres en la página de la Comunidad Autónoma, ahí debería venir.
Por ejemplo, en Galicia sí se puede.

FBG1981

• 19/06/2019 18:18:00.
Mensajes: 79
• Registrado: junio 2019.

RE:MONITORIO, DUDA

[--https://gestiona3.madrid.org/auto_login/acceso.jsf...XJpdHlfY2hlY2s=--]

A ver si te sirve, eso sí, el certificado digital es personal, con lo cual la persona que hace la petición inicial debe ser la misma del certificado.

Iñaqui1964

• 19/06/2019 20:43:00.
Mensajes: 2642
• Registrado: diciembre 2009.

RE:MONITORIO, DUDA

Por si acaso, no experimentes, mándalo por correos, o bien certificado con acuse de recibo o por procedimiento administrativo, nosotros los estamos admitiendo así, e incluso por mensajero. Lo peor que puede pasar es que tenga que comparecer para ratificarse en la demanda, si son muy tiquismiquis. Pero mándalo al decanato porque tiene que entrar en reparto.

Iñaqui1964

• 20/06/2019 7:46:00.
Mensajes: 2642
• Registrado: diciembre 2009.

RE:MONITORIO, DUDA

Es que nosotros somos Juan Palomo, aquí no hay decanato, o más bien es autogestionario, porque estamos solitos.

Iñaqui1964

• 05/09/2019 13:53:00.
Mensajes: 2642
• Registrado: diciembre 2009.

RE:MONITORIO, DUDA

En la práctica da menos problemas que ingresen en la cuenta del juzgado y se manifieste (como nuestro juzgado es pequeño, la LAJ tiene muy controlada la cuenta, por lo que, de normal, no hace falta ni siquiera manifestar, en cuanto está el ingreso se da carpetazo al monitorio y se libra mandamiento de pago). Si ingresan en la cuenta del acreedor, es más lío, porque tiene que comparecer (igual que cuando ingresa en el juzgado) y luego hay que dar tralado al acreedor para que ratifique que ha recibido el pago, y hay veces que, o bien uno de ellos no comparece o bien el otro no ratifica, por lo que hay que esperar a que transcurra el plazo... y no sería la primera vez que me presentan una ejecución de un monitorio que ya estaba pagado directamente al acreedor.

TAYITO

COMPAÑEROS

• 06/09/2019 10:47:00.
Mensajes: 99
• Registrado: enero 2012.

RE:MONITORIO, DUDA

No te compliques, envíalo a través de mensajería con las copias necesarias y que el mensajero se lleve la carátula de la demanda sellada por el decanato, es lo mismo que si lo hubieras presentado tu en persona.

pinkgrin

• 06/09/2019 16:58:00.
Mensajes: 37
• Registrado: enero 2018.

RE:MONITORIO, DUDA

En la práctica, al menos eni juzgado, es que so el requerido atiende el requerimiento de pago lo haga haciendo ingreso en la cuenta del juzgado que es la que se especifica en la cédula del requerimiento. No presentan ningún escrito. Simplemente hacen el ingreso.
A ti te da el justificante del ingreso tu LAJ y tu haces el decreto de fin de monitorio por pago pidiendo un número de cuenta al requirente para transferirle el dinero o expidiendo un mandamiento de pago a su nombre.
Si se pagan el uno al otro directamente nunca ma ha pasado o nunca se ha enterado el juzgado si así ha sido
Pasado el plazo de 20 días se hace un decreto de fin de monitorio por no pago ni oposición y la diferencia será que si se han pagado por fuera del juzgado el requirente no hará solicitud de ejecución del decreto.

Iñaqui1964

• 06/09/2019 17:46:00.
Mensajes: 2642
• Registrado: diciembre 2009.

RE:MONITORIO, DUDA

Ya, pero te digo que yo sí he visto el presentar ejecución, sobre todo cuando el demandante es una empresa de recoro, simplemente, no han controlado el pago y han metido la ejecución. También lo habitual es que ingresen pero los hay que pagan directamente, y si me lo dicen en el momento del requerimiento, les digo que vengan a hacer una comparecencia y así podemos finalizar el monitorio por pago.

Iñaqui1964

• 26/09/2019 13:20:00.
Mensajes: 2642
• Registrado: diciembre 2009.

RE:MONITORIO, DUDA

Presenta el escrito por correo, no hace falta que vayas. Y si no, pues no hagas nada, con no ejecutar... pero claro el demandado puede montar el pollo porque efectivamente, ha pagado.

Lo d elos 16 dígitos es por el número de expediente, los 4 primeros son los identificadores del órgano, los siguientes 4 son para el supuesto de que haya servicios comunes u otra historia, los dos siguientes, el tipo de procedimiento, los otros cuatro, el número de procedimiento y los dos últimos, el año.
El número de cuenta es el mismo para todos los juzgados

Iñaqui1964

• 26/09/2019 13:54:00.
Mensajes: 2642
• Registrado: diciembre 2009.

RE:MONITORIO, DUDA

Por eso, porque en el juzgado no le han dado el número de cuenta corriente, sólo el de la cuenta-expediente, que es la que tiene 16 dígitos, como he explicado más arriba.

Iñaqui1964

• 26/09/2019 17:44:00.
Mensajes: 2642
• Registrado: diciembre 2009.

RE:MONITORIO, DUDA

De España, es común para todos, por eso los 4 primeros dígitos de la cuenta expediente identifican al órgano judicial.

Iñaqui1964

• 26/09/2019 17:57:00.
Mensajes: 2642
• Registrado: diciembre 2009.

RE:MONITORIO, DUDA

y el 08 los monitorios y el 06 para las ejecuciones hipotecarias.....

Iñaqui1964

• 26/09/2019 18:14:00.
Mensajes: 2642
• Registrado: diciembre 2009.

RE:MONITORIO, DUDA

Aquí tienes un listado:

[--https://www.icpmalaga.es/attachments/article/392/c..._judiciales.pdf--]

Iñaqui1964

• 27/09/2019 9:56:00.
Mensajes: 2642
• Registrado: diciembre 2009.

RE:MONITORIO, DUDA

Pues si lo conocieras no dirías eso, menudo golfo apandador está hecho el perrito.


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


Encuentra tu Oposición