¿Qué quieres buscar?

Inicia sesión

Regístrate

FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Justicia



709.308 mensajes • 396.057 usuarios registrados desde el 25/05/2005

poseidon1983

• 29/06/2019 20:32:00.
Mensajes: 26
• Registrado: marzo 2012.

PUBLICADA PLANTILLA PROVISIONAL

Os dejo plantilla de Rafael alcalde. Suerte a todos

[--https://raoposiciones.com/plantilla-provisional-ex...-oep-2017-2018/--]

19 RESPUESTAS AL MENSAJE

Azulito7

• 29/06/2019 20:45:00.
Mensajes: 31
• Registrado: enero 2009.

RE:PUBLICADA PLANTILLA PROVISIONAL

::: --> Editado el dia : 29/06/2019 20:50:18
::: --> Motivo :

creo que la pregunta 6 esta mal, para mi la respuesta correcta seria la A porque estamos hablando de persona fisica comerciante (EMPRESARIO), por tanto lo llevaria el Juzgado Mercantil.

Artículo 45 Competencia de los Juzgados de Primera Instancia

2. Conocerán, asimismo, dichos Juzgados:

b) De los concursos de persona natural que no sea empresario.


l

Azulito7

• 29/06/2019 21:18:00.
Mensajes: 31
• Registrado: enero 2009.

RE:PUBLICADA PLANTILLA PROVISIONAL

pregunta 33, para mi tampoco seria la C, sino la D
De acuerdo con el ARt

Artículo 468 Órgano competente y resoluciones recurribles

Las Salas de lo Civil y Penal de los Tribunales Superiores de Justicia conocerán, como Salas de lo Civil, de los recursos por infracción procesal contra sentencias y autos dictados por las Audiencias Provinciales que pongan fin a la segunda instancia.

Pero si tenemos en cuenta la DISPOSICION FINAL 16ª.2 de la LEC solo serian recurribles las SENTENCIAS

.ª Solamente podrá presentarse recurso extraordinario por infracción procesal sin formular recurso de casación frente a las resoluciones recurribles en casación a que se refieren los números 1.º y 2.º del apartado segundo del artículo 477 de esta Ley.

Artículo 477 Motivo del recurso de casación y resoluciones recurribles en casación

1. El recurso de casación habrá de fundarse, como motivo único, en la infracción de normas aplicables para resolver las cuestiones objeto del proceso.

2. Serán recurribles en casación las sentencias dictadas en segunda instancia por las Audiencias Provinciales, en los siguientes casos:

1.º Cuando se dictaran para la tutela judicial civil de derechos fundamentales, excepto los que reconoce el artículo 24 de la Constitución.
2.º Siempre que la cuantía del proceso excediere de 600.000 euros.
3.º Cuando la cuantía del proceso no excediere de 600.000 euros o este se haya tramitado por razón de la materia, siempre que, en ambos casos, la resolución del recurso presente interés casacional.

Vitalicia

• 29/06/2019 21:38:00.
Mensajes: 272
• Registrado: diciembre 2018.

RE:PUBLICADA PLANTILLA PROVISIONAL

::: --> Editado el dia : 29/06/2019 21:38:55
::: --> Motivo :

[--https://www.sepin.es/cronus4plus/documento/verDoc....B0HL0Ha1%3DJ29Q--]

Solo contra sentencias. Esta se va a impugnar

Azulito7

• 29/06/2019 21:41:00.
Mensajes: 31
• Registrado: enero 2009.

RE:PUBLICADA PLANTILLA PROVISIONAL

Si, pero esa disposición Adicional actualmente sigue vigente, hay que tener en cuenta la totalidad de la Ley.

Azulito7

• 29/06/2019 21:43:00.
Mensajes: 31
• Registrado: enero 2009.

RE:PUBLICADA PLANTILLA PROVISIONAL

Pienso igual que Vitalicia, se va a impugnar la del recurso.

Vitalicia

• 29/06/2019 21:46:00.
Mensajes: 272
• Registrado: diciembre 2018.

RE:PUBLICADA PLANTILLA PROVISIONAL

Exacto. Creo que aquí a se han colado

Argi121

Esto esta chupau

• 29/06/2019 21:50:00.
Mensajes: 280
• Registrado: diciembre 2008.

RE:PUBLICADA PLANTILLA PROVISIONAL

Pues ojalá, porque yo no la contesté de las grandes dudas que me suscitaba por lo que decis

Kubo

• 29/06/2019 22:53:00.
Mensajes: 206
• Registrado: noviembre 2007.

RE:PUBLICADA PLANTILLA PROVISIONAL

Si no recuerdo mal, en examenes antiguos han preguntado alguna cosa parecida y nunca dieron por válida lo que pone en la disposición adicional sinó la que dice el artículo concreto de la lec.

Argi121

Esto esta chupau

• 29/06/2019 23:34:00.
Mensajes: 280
• Registrado: diciembre 2008.

RE:PUBLICADA PLANTILLA PROVISIONAL

Kubo pues tenían que haber puesto el artículo. No me parece bien cuando puede suscitar este tipo de duda que den por válido lo que les de la gana. Hay que impugnarla

Argi121

Esto esta chupau

• 29/06/2019 23:35:00.
Mensajes: 280
• Registrado: diciembre 2008.

RE:PUBLICADA PLANTILLA PROVISIONAL

Y la del comerciante no se yo.. Se han pasado muchísimo con esta pregunta

Vitalicia

• 29/06/2019 23:40:00.
Mensajes: 272
• Registrado: diciembre 2018.

RE:PUBLICADA PLANTILLA PROVISIONAL

Yo la voy a impugnar Argi si dan por buena la C. No ponen el Artículo y están claro que todos sabíamos que era una u otra depende a qué den refirieran y ha sido cuestión de suerte elegir una otra. Creo de verdad que esta la Van a anular.

Y la del Comerciante, no se cual darán por buena así que a esperar. (Creo que van a dar por buena la de primera instancia por un simple motivo está metido en el bloque de las preguntas de civil, ósea que su intención es que la respuesta fuera, 1a instancia)

Argi121

Esto esta chupau

• 29/06/2019 23:58:00.
Mensajes: 280
• Registrado: diciembre 2008.

RE:PUBLICADA PLANTILLA PROVISIONAL

Si, es de civil pero de ley concursal, ya que si elegimos la b como válida eso viene en la concursal, si ya nos ponemos a rizar el rizo. Que no me vale

Vitalicia

• 30/06/2019 0:06:00.
Mensajes: 272
• Registrado: diciembre 2018.

RE:PUBLICADA PLANTILLA PROVISIONAL

Pero que yo he puesto mercantil!!!! Pero me he dado cuenta que lo han hecho por bloques y tengo la sensación de que van a dar por buena la de primera instancia. Pero solo por eso, no porque considere que sea la correcta, que para nada, en todos los sitios que miro pone que es empresario.

Lidia2019

• 30/06/2019 8:28:00.
Mensajes: 137
• Registrado: enero 2018.

RE:PUBLICADA PLANTILLA PROVISIONAL

Para los que habéis comprobado con varias plantillas, aparte de la del concurso- comerciante, el resto de las respuestas coinciden?


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


Encuentra tu Oposición