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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Justicia
709.293 mensajes • 396.056 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 03/07/2019 18:21:00.
• No registrado.
• 03/07/2019 19:25:00.
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• Registrado: diciembre 2018.
Gracias Porca Miseria!!!! Pasa lo mismo, no indican artículo no podemos responder en base a eso. Lo voy a poner en la impugnacion
• 03/07/2019 19:47:00.
• Mensajes: 272
• Registrado: diciembre 2018.
Bueno, se impugna y a ver qué pasa.... que estos se sacan cualquier cosa de la manga. Pero cuidado que la jurisprudencia es cosa sería .... jajajajaja
• 03/07/2019 19:49:00.
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• Registrado: junio 2019.
Exactamente jusgestion. Me parto xq ha abierto hasta un tema con la cuestión jejeje
• 03/07/2019 19:51:00.
• Mensajes: 11
• Registrado: junio 2019.
Y de nada
• 03/07/2019 20:22:00.
• Mensajes: 934
• Registrado: octubre 2016.
Jusgestion, ¿y qué es lo que modificaron con esa reforma exactamente?.
¿O qué diferencia hay con respecto a la que estaba en vigor desde el AÑO 2001?
• 03/07/2019 20:36:00.
• Mensajes: 934
• Registrado: octubre 2016.
[--https://www.iberley.es/temas/recurso-extraordinari...den-civil-54231--]
Aqui sí lo especifica. Esto se debe al CUMPLIMIENTO de la Disposición FINAL DECIMOSEXTA. Es decir, no es producto del INCUMPLIENTO de dicha disposición, ni por razones discrecionales.
• 04/07/2019 8:09:00.
• Mensajes: 2642
• Registrado: diciembre 2009.
Yo no he leído el examen, pero cuando os leí, me chirrió bastante esta pregunta, sin aclarar en base a qué se preguntaba, si en base al 468 o a la disposición final 16ª.
• 04/07/2019 8:10:00.
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• Registrado: julio 2019.
Me parece bien que quien tenga una preguntal mal la impugne y la 33 es impugnable pero todo depende del tribunal. Fijaros que la pregunta no es CONOCEN sino CONOCERAN y no pregunta que organo conoce o conocera sino las samas de los tsj conoceran dando cuatro posibles respuestas de las que una es correcta segun la legislacion teniendo en cuenta que es conoceran. La pregunta llama a confusion, este argumento de conocer conoceran es rebuscado, pero el tribunal puede estimar o desestimar.
• 04/07/2019 9:27:00.
• Mensajes: 45
• Registrado: julio 2019.
No ha falta enfadarse. Lo primero que yo he dicho es que me parece bien que quien la tenga mal la impugne. Tambien he dicho que la pregunta es rebuscada, que el argumento posible para que el tribunal pueda desestimar la impugnacion de que la pregunta es conoceran es rebuscado. Que el tribunal puede edtimar o desestimar. Yo de las de reserva tengo 3 bien y una mal luego las impugnaciones solo puede hacerme perder punto y medio. Los tribunales a la hora de defender sus preguntas son muy rebuscados. Pero no tengo ni idea de cuantas impugnaciones va a estimar este tribunal. Hay varias dudosas. Suerte a todo el mundo
• 04/07/2019 11:46:00.
• Mensajes: 934
• Registrado: octubre 2016.
La pregunta es formulada en los términos del artículo 468, y da 4 opciones de las cuales, exclusivamente, una puede ser la correcta.
• 04/07/2019 12:00:00.
• Mensajes: 934
• Registrado: octubre 2016.
O sea, no están preguntando sobre la aplicación de la ley o cómo debe aplicarse, ni cómo afecta o cuándo debe ser competente el órgano.
• 04/07/2019 12:04:00.
• Mensajes: 7
• Registrado: marzo 2009.
La pregunta tiene mala leche, pero no admite duda.
La clave son las respuestas. Partimos de una base: las instrucciones del examen dicen que cada pregunta tiene una respuesta correcta (es decir, la opción de dejar en blanco como acierto no existe).
Vamos ahora a la pregunta. Si unimos el enunciado con la respuesta C obtenemos un copia y pega del artículo de la ley. Entonces, ¿dónde está la duda? ¿Cuál de las otras 3 respuestas podría llevar a error al opositor?
Cosa distinta sería que una de las otras respuestas fuese que es competencia del TS. Ahí sí. Habría dos respuestas válidas posibles y el enunciado debería aclarar si se refiere al artículo o a la disposición. Y el argumento de más peso normalmente para anular una pregunta es que las respuestas (ojo, las respuestas) pueden llevar a error o confusión.
Vamos, no digo que no sea impugnable (todas lo son), pero que el tribunal tiene argumentos sólidos para rechazar la impugnación, también.
• 04/07/2019 13:07:00.
• Mensajes: 2642
• Registrado: diciembre 2009.
Yo, si hubiera hecho el examen, hubiera puesto autos y sentencias, pero se debe tener en cuenta que lo que ahora está vigente (DF 16ª) únicamente son recurribles las sentencias y sólo ante el TS (ya que remite a las resoluciones susceptibles de casación), excepto cuando el fondo del asunto se refiera a derecho foral o especial, conociendo en ese caso la sala de lo civil y penal del TSJ. Por tanto aún podrían haber tenido más mala leche s i hubiesen incluido esa coletilla del derecho foral.
• 04/07/2019 13:13:00.
• Mensajes: 934
• Registrado: octubre 2016.
Gestor2019, tú mismo te respondes, no pregunta sobre la aplicación.
• 04/07/2019 13:15:00.
• Mensajes: 7
• Registrado: marzo 2009.
Gestor2019, que no se aplique no significa que no exista. Existe y el enunciado y la respuesta C son un corta y pega de él.
No está preguntando si es el TS o el TSJ el competente, si ahora mismo cabe contra autos o contra sentencias, etc... Te está pidiendo, simple y llanamente, que completes el artículo 468 de la Lec. Es lo que comentaba antes: qué otra respuesta posible hay de entre las cuatro? Ninguna. Dejarla en blanco? (puedes, pero según las instrucciones: todas las preguntas tienen UNA respuesta correcta).
• 04/07/2019 13:22:00.
• Mensajes: 934
• Registrado: octubre 2016.
::: --> Editado el dia : 04/07/2019 13:25:50
::: --> Motivo :
Si realmente hubiera sido una pregunta vinculada con el Derecho Foral o especial, pues habría que atender a lo que indica la ley. Tampoco tiene la menor complejidad. Lo que pasa es que la pregunta está redactada tal como lo está; no puedes inventarte, arbitrariamente, que está vinculada con el Derecho Foral o no puedes hacer interpretaciones sucedáneas para desvirtuar el enunciado y/o la respuesta. La naturaleza de la pregunta es bien clara.
La gente se guía por la aplicación y no por la literalidad de la ley.
• 04/07/2019 13:57:00.
• Mensajes: 2642
• Registrado: diciembre 2009.
Precisamente la ley del RC es la única que aunque está publicada, no entra en examen en su totalidad, sino solo lo que está vigente... o así ha sido en todas las convocatorias hasta ahora.
En cuanto a la mala leche, me refería a que si se hubiese incluido la coletilla del derecho foral, sí que tendríamos un problema, porque entonces la respuesta correcta podría ser la c) o la d), según se interpretase si se aplica el 468 o la disposición final 16ª.
• 04/07/2019 13:59:00.
• Mensajes: 934
• Registrado: octubre 2016.
Gestor2019, pero no te está preguntando en qué momento podrán conocer o quién debe conocer actualmente. La pregunta se ajusta a los términos del artículo 468. Tampoco tiene en cuenta cómo afecta una inadecuada aplicación.
• 04/07/2019 14:12:00.
• Mensajes: 7
• Registrado: marzo 2009.
Gestor2019, pero es que no es excluyente tu argumento con el mío. Yo te doy la razón en todo. Pero en la pregunta 33, te piden que pongas la literalidad de un artículo de la LEC, no que caben respuestas más allá de las cuatro que ofrecen. Sobre el artículo en cuestión podemos poner los asteriscos y hacer los debates que quieras, pero no era el objeto de la pregunta del examen.
• 04/07/2019 14:14:00.
• Mensajes: 7
• Registrado: marzo 2009.
Hombre, te han copiado el artículo literal, qué más pistas quieres?
• 04/07/2019 14:14:00.
• Mensajes: 934
• Registrado: octubre 2016.
::: --> Editado el dia : 04/07/2019 14:17:47
::: --> Motivo :
A ver, ambos artículos podrían considerarse en vigor realmente (o se puede considerar que uno de éstos se encuentra en vacatio legis por una concurrencia de hechos), lo que ocurre es que está condicionada a la ADECUADA aplicación de la Disposición Decimosexta. Un articulado podría estar en vigor, pero que las condiciones no permitan su precisa y adecuada aplicación, por diversas barreras impuestas con el objeto de adulterar el espíritu de la ley. El Tribunal calificador no entra en el fondo de la concurrencia de hechos, ya que la pregunta no va enfocada en ese sentido.
Desde luego que hay que estudiar cómo afecta la inaplicación o inadecuada aplicación de un artículo u otro. Pero el objeto de la pregunta no es ése.
• 04/07/2019 22:58:00.
• Mensajes: 934
• Registrado: octubre 2016.
PORCA MISERIA, en este caso, el Tribunal no entra a valorar, con la redacción de la pregunta formulada, sobre el órgano que es REALMENTE competente o no te pregunta sobre la APLICACIÓN correcta (que correspondería a la aplicación de la disposición archinombrada). La pregunta va dirigida en virtud de la literalidad de un artículo en concreto.
PORCA MISERIA, ¿tú llegaste a estudiar el artículo 468 o te lo sabías?
::: --> Editado el dia : 05/07/2019 0:50:59
::: --> Motivo :
::: -- Editado el dia : 05/07/2019 0:47:22
::: -- Motivo :
Pregunta: Las Salas de lo Civil y Penal de los Tribunales Superiroes de Justicia conocerán, como Sala de lo Civil, de los recursos por infracción procesal...
Artículo 468. Órgano competente y resoluciones recurribles.
Las Salas de lo Civil y Penal de los Tribunales Superiores de Justicia CONOCERÁN, como Salas de lo Civil, de los recursos por infracción procesal "contra sentencias Y AUTOS dictados por las Audiencias Provinciales que pongan fin a la segunda instancia".
a) Contra TODOS LOS AUTOS... NO, TODOS NO
b) Contra sentencias y autos ... Juzados de Primera Instancia - FALSO.... que pongan fin a la primera instancia- FALSO. fin a la segunda instancia
c) Contra autos dictados por las audiencias provinciales que pongan fin a la segunda instancia. PUES Sí, Autos y Sentencias que pongan fin a a la segunda instancia
c) Únicamente contra sentencias.... PUES NO, PORQUE LOS AUTOS DICTADOS TAMBIÉN, POR TANTO, ES FALSO QUE SEA SÓLO ÚNICAMETE CONTRA SENTENCIAS.
Fin de la Cita.
Yo me lo estudié para tramitación PI.
El que quiera impugnar que lo haga. Ya somos mayorcitos.
• 05/07/2019 2:33:00.
• Mensajes: 934
• Registrado: octubre 2016.
Quino1972, lee las bases de la convocatoria:
"El programa que ha de regir en la fase de oposición se contienen en el anexo II de esta convocatoria. El contenido del temario para todos los ejercicios de la oposición se ajustará a la normativa publicada en el «Boletín Oficial del Estado» en la fecha de la presente convocatoria, AUN cuando NO HUBIESE entrado en VIGOR.
No obstante, en materia de REGISTRO CIVIL se exigirá sólo la legislación vigente en la fecha de la presente convocatoria."
Te recomiendo que te leas la LOPJ, la Disposición susodicha y el artículo 468 de la LEC, y te darás cuenta de que tiene el mismo efecto que encontrarse en vacatio legis por una concurrencia de hechos.
La pregunta no era rebuscada, se ajustaba al artículo 468 de la LEC.
Sin ir más lejos han llegado a preguntar en un práctico del Cuerpo de Auxilio Judicial sobre actos de comunicación penal, atendiendo a la literalidad exacta del artículo 170 de la LECRIM.
• 05/07/2019 2:54:00.
• Mensajes: 934
• Registrado: octubre 2016.
::: --> Editado el dia : 05/07/2019 3:00:22
::: --> Motivo :
La pregunta no te demanda la correcta o adecuada aplicación del articulado, va al dato específico.
No se valora la concurrencia de hechos que provoca que se fuerce la inaplicación de un artículo para forzar, a su mismo tiempo, la aplicación de otro.
Estoy de acuerdo en que la aplicación del artículo que se considera vigente tiene que contener un razonamiento congruente que provoque la inaplicación momentánea del otro artículo que manifiesta conflicto o controversia. No puede acordarse una opción correcta ARBITRARIAMENTE. No obstante, no es el fin de la pregunta, porque atiende al sentido más literal, sin considerar la adecuada aplicación.
• 05/07/2019 8:03:00.
• Mensajes: 2642
• Registrado: diciembre 2009.
Claro que induce a confusión, pero es lo que hay. Hace unos años, en otro examen, sobre el art. 6.1 del CC ponía como respuesta válida "la ignorancia de las leyes no ES CAUSA de su incumplimiento" y la dieron pro válida, cuando el contenido literal es "la ignorancia de las leyes no EXCUSA de su incumplimiento". Así que si dieron por válida ésta, imagínate que harán con la que estamos discutiendo.
Yo si creo que induce a confusión, o más bien induce a que te comas el tarro tontamente, pero incluso es hecho a propósito para que falles o no la contestes. Probablemente no han puesto el artículo a propósito. El examen es un poco psicotecnico y busca que falles por no prestar atención. Dado que pone TSJ no había más que una posible respuesta. De lo que se trata es que elijas la respuesta más correcta entre las cuatro. Que conste que yo la dejé en blanco porque también caí en la trampa
• 05/07/2019 10:02:00.
• Mensajes: 934
• Registrado: octubre 2016.
Gestion2019, no se debe al desconocimiento de esa disposición, sino que el Tribunal no te está preguntando sobre la ADECUADA APLICACIÓN de la LEY. El Tribunal puede conocer la transcripción de ambos artículos, pero que su INTENCIÓN sea que respondas DE ACUERDO a la ley que no es APLICABLE DE MANERA CORRECTA EN LA PRÁCTICA, ya que han incluido la materia que estuviese publicada aunque no estuviese en vigor.
• 05/07/2019 11:12:00.
• Mensajes: 934
• Registrado: octubre 2016.
Te crea confusión si no conoces ese artículo o no sabes deducir correctamente lo que te pregunta.
• 08/07/2019 18:35:00.
• Mensajes: 11
• Registrado: abril 2006.
::: --> Editado el dia : 08/07/2019 18:36:02
::: --> Motivo :
En mi caso he presentado el escrito en la ventanilla única del ayuntamiento Servicio de atención al ciudadano... Lo han escaneado y me han facilitado el justificante de su remisión y recepción por el Ministerio de Justicia.
A mi me ha sorprendido que la anulen, pero mira, me ha venido bien