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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Justicia
709.308 mensajes • 396.057 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 04/07/2019 21:02:00.
• Mensajes: 3
• Registrado: octubre 2015.
Buenas noches. A ver si me podéis ayudar. Empecé con esto de las oposiciones hace ya unos 9 años, viendo que no aprobaba y que los años pasaban….decidí ejercer la abogacía y probar. Si bien, unos meses antes, se convocó la bolsa de mi comunidad, presenté mi solicitud y méritos y entré. Ahora, años después de estar en funcionamiento la bolsa está cerca mi llamamiento y me pregunto si tendré problemas teniendo en cuenta que me podrían llamar para trabajar en Juzgados en los que estoy ejerciendo. En algunos tengo asuntos abiertos, otros terminados aunque con posibilidad de ejecución. Pretendo darme de baja y pasar la venia a otro compañero pero no sé si se puede considerar que tengo interés en el asunto…. y es incompatible totalmente, o si haciéndolo así no hay problema..... O si debo comentarlo cuando me llamen…. No quiero arriesgarme a que me expulsen de la bolsa.
Si alguien se ha encontrado en una situación parecida le agradecería me contara su experiencia y como lo hizo en su momento.
• 04/07/2019 23:16:00.
• Mensajes: 3
• Registrado: octubre 2015.
Si eso lo tengo claro, que es totalmente incompatible. Si me convocan me doy de baja como ejerciente, pero el hecho de que pueda tramitar un expediente en el que era parte... o en el que intervine.... desconozco si será un problema…
• 05/07/2019 7:54:00.
• Mensajes: 2642
• Registrado: diciembre 2009.
Basta con abstenerte, nadie puede decirte nada porque estarías en un claro supuesto del art. 219. 6º de la LOPJ y sería de aplicación lo dispuesto en los arts. 99 y 104 de la LEC.
• 05/07/2019 11:04:00.
• Mensajes: 102
• Registrado: enero 2019.
Tendrías que abstenerte de todos los expedientes en los que hayas intervenido. Si son muchos, sería un coñazo, pero es lo que hay. En todo caso, si te llaman, al incorporarte explica la situación a la Gerencia o a quien corresponda si se trata de una Comunidad transferida.
• 05/07/2019 14:58:00.
• Mensajes: 59
• Registrado: abril 2019.
Yo conozco casos, tanto de abogados como de procuradores (que es más factible que se encuentren con ese problema que un abogado, al llevar más asuntos) y llevan años de interinas sin problema alguno. Efectivamente, sí se te diera el caso de encontrarte con un caso que has llevado tú, no tienes más que comunicárselo al LAJ y abstenerte en su caso. Sería más problemático si fueras juez o LAJ, pero ten en cuenta que tú sólo te dedicas a tramitar y que no Tomás decisiones ni de fondo (en todo caso) ni procesales.
• 05/07/2019 16:20:00.
• Mensajes: 58
• Desde: Madrid.
• Registrado: enero 2007.
Yo soy titular y te comento lo que yo haría, tomas posesión en el juzgado, no en la gerencia, salvo en Madrid que es el la oficina civitas que es la gerencia, tu vas al juzgado y si es un juzgado en el que llevabas algo se lo dices al secretario, ¿que puede pasar? Pues que te repartan números que no se correspondan a asuntos que tu llevaras, ejemplo los acabados en 1, o si te toca esa terminación, pues tramitas todos los expedientes salvo donde estabas personado.
No Le veo ningún problema.
Creo que pasados dos años puedes trabajar en los juzgados en los que hayas cedido la venia...pero no estoy seguro...
• 08/07/2019 8:11:00.
• Mensajes: 2642
• Registrado: diciembre 2009.
Sí, es así, pero un asunto en el que hayas intervenido, nunca podrás tramitarlo. No obstante, creo que lo de los 2 años es para jueces, letrados d ela AJ y fiscales. Yo tuve suerte, porque en el juzgado en el que caí, hacía muchos años que ho había tenido ningún asunto, por lo que no tuve que abstenerme de nada.
::: --> Editado el dia : 08/07/2019 13:12:20
::: --> Motivo :
Salvo para tus propios asuntos, incluido hermanos, padres, marido e hijos, mientras no influya en tu trabajo diario, pidiendo la compatibilidad pertinente. Lo sé porque conozco un caso y no sé si en todas las comunidades y las mismas condiciones o distintas.