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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Justicia
711.404 mensajes • 396.218 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 16/07/2019 17:55:00.
• No registrado.
• 16/07/2019 18:02:00.
• Mensajes: 1382
• Registrado: mayo 2019.
Salvo que de verdad esos 22 € de tasas te supongan un verdadero esfuerzo económico, yo no me la jugaría. Paga las tasas y quítate de líos.
• 16/07/2019 18:14:00.
• Mensajes: 37
• Registrado: junio 2019.
PAGAR LA TASA TE AHORRARA PASAR MUCHOS NERVIOS
• 17/07/2019 13:52:00.
• Mensajes: 380
• Registrado: mayo 2018.
Una duda...en el caso de inadmisiøn por este tema del desempleo, cabe la posibilidad de realizar el pago en el plazo de subsanación o es insubsanable?
Gracias
• 17/07/2019 14:06:00.
• Mensajes: 766
• Registrado: abril 2010.
Es subsanable, pero normalmente no hay problemas.
• 17/07/2019 14:38:00.
• Mensajes: 8
• Registrado: diciembre 2006.
Hola, yo he presentado la instancia con exención. En mi caso sí estoy percibiendo ayuda así que, declaración jurada de que no tengo ingresos superiores al salario mínimo interprofesional, certificado del SEPE de rentas, se descarga de su web con el certificado electrónico o clave permanente u otro certificado digital al uso. Certificado de tu oficina de empleo de la fecha de inscripción, en tu caso cumples, y de que no has rechazado en ese periodo oferta de empleo. Van en el mismo certificado.
Si no estás cobrando nada puedes descargar en la web del SEPE certificado de situación en el que acredita que no estás cobrando ayuda.
Y ya estaría. No es complicado para nada
• 17/07/2019 15:17:00.
• Mensajes: 8
• Registrado: diciembre 2006.
Cuando estás trabajando y presentas declaración, entiendo que sí, pero mis ingresos son de una ayuda del SEPE, si no tienes declaración de la renta y cobras una ayuda, cómo lo justificas?
• 17/07/2019 15:26:00.
• Mensajes: 8
• Registrado: diciembre 2006.
::: --> Editado el dia : 17/07/2019 16:04:43
::: --> Motivo :
Efectivamente, acabo de ver que es declaración de la renta, pero si lo autorizas las rentas las comprueba el órgano gestor. De todos modos puedes quedar fuera por presentar menos documentos pero nunca por presentar de más. En este caso sería suficiente con declaración jurada y certificado de antigüedad como demandante de empleo y no rechazo.
Edito :ni siquiera es necesaria la declaración jurada, pero en el gobierno civil me dijeron una vez que mejor presentarla aunque no la pidieran, total no cuesta nada hacerla y adjuntarla con el certificado de no rechazo.
• 17/07/2019 15:48:00.
• Mensajes: 58
• Desde: Madrid.
• Registrado: enero 2007.
No sé tu situación económica o si te has preparado a fondo la oposición, pero si te lo has currado y tienes los 20 euros no te la juegues, que te vas a poner malo como te veas inadmitido y tengas que subsanar. Con firmar la casilla de consulta en la aeat no hace falta llevar la renta.
• 17/07/2019 16:10:00.
• Mensajes: 8
• Registrado: diciembre 2006.
::: --> Editado el dia : 17/07/2019 16:10:53
::: --> Motivo :
Vampi123 de nada, tienes razón, me refería a que como lo autorizas no es necesaria la declaración del IRPF, pero yo a más abundamiento, les aporto el certificado del sepe y la declaración jurada, a parte lógicamente del certificado de no haber rechazado. Por eso decía lo de no quedar fuera por presentar de más, me hubiera valido con el de no rechazo.
De todos modos el día que lo lleve muy bien, efectivamente prefiero pagar, va a ser la primera vez que voy y es más que nada por tomar contacto. Muchas gracias!
• 17/07/2019 16:42:00.
• Mensajes: 380
• Registrado: mayo 2018.
Gracias por las respuestas!
Soy de las que prefiere pagar por evitarse problemas, pero creo que esta vez voy a marcar la casilla para que lo comprueben de oficio y si tengo la mala suerte de que hay algún error, estaré a tiempo de solucionarlo en el plazo que den, digo yo..
Salu2
• 17/07/2019 16:43:00.
• Mensajes: 8
• Registrado: diciembre 2006.
Es decir, que si autorizas al órgano gestor no hace falta tampoco el certificado de no haber rechazado oferta de empleo??
• 17/07/2019 16:46:00.
• Mensajes: 8
• Registrado: diciembre 2006.
Lsalander, en último extremo en el plazo de subsanación se puede pagar y ya está. De todos modos si alguien te puede confirmar si es o no necesario el certificado de no haber rechazado, mejor. Porque la verdad es que no está nada claro en la convocatoria. Entiendo que la condición de desempleado y si tienes o no ingresos lo pueden comprobar, lo otro es lo que dudo.