Inicia sesión
FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Justicia
709.897 mensajes • 396.104 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 02/09/2019 16:55:00.
• Mensajes: 304
• Registrado: septiembre 2019.
Hola.
Entiendo que este año no se ha de adjuntar ningún archivo pdf con el certificado de discapacidad,no?
El año pasado hubo problemas y muchos tuvimos que presentarlo por escrito en el plazo de subsanación.
Basta con rellenar las casillas correspondientes y " siempre que el solicitante no se oponga, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la plataforma de intermediación de datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio inscripción en pruebas selectivas."
Gracias.
Bases:
6. Exención o reducción de tasas. Estarán exentos del pago de tasas:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al treinta y tres por ciento, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en el punto de acceso general. En este caso, y siempre que el solicitante no se oponga, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la plataforma de intermediación de datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio inscripción en pruebas selectivas.
Convocatoria:
Las personas que deseen acogerse a la exención o reducción de la tasa y deban presentar la documentación acreditativa que se indica en la base 5.4 de esta convocatoria, podrán autorizar al órgano gestor para que pueda verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas, respecto a los siguientes documentos:
– Los acreditativos de grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección [--http://administracion.gob.es/PAG/PID.--]
• 03/09/2019 0:29:00.
• Mensajes: 304
• Registrado: septiembre 2019.
A ver si alguien se anima a contestar. Es para estar seguro, aunque parece bastante claro.
Gracias.
• 03/09/2019 7:56:00.
• Mensajes: 2642
• Registrado: diciembre 2009.
Si tienes la opción de autorizar (o no prohibir) que hagan la comprobación de oficio, no tienes que aportar nada. Es como lo del certificado de antecedentes penales, tú autorizas y ellos lo piden.
• 03/09/2019 9:04:00.
• Mensajes: 304
• Registrado: septiembre 2019.
Gracias Iñaqui. Entonces cuando rellene la instancia imagino que habrá una casilla en la que dé mi permiso para que
"mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas"
se haga la comprobación de oficio.
• 03/09/2019 9:26:00.
• Mensajes: 304
• Registrado: septiembre 2019.
Perfecto, muchas gracias. Mejor que lo aporten ellos de oficio ya que el año pasado fue un poco caótico, con los nervios y demás uno se quedaba un tanto intranquilo hasta que se veía en la lista provisional después de tener que ppresentar escrito junto con el certificado en papel.
Una mejoría respecto al pasado año, ahora queda lo más fácil, aprobar.
Saludos.
• 03/09/2019 12:50:00.
• Mensajes: 92
• Registrado: agosto 2007.
Lo del dictamen vinculante y dónde te ponen lo de que te dan más tiempo eso sí que hay que aportar lo no ? yo lo he pedido a asuntos sociales a ver si me lo envían a tiempo
• 03/09/2019 13:18:00.
• Mensajes: 304
• Registrado: septiembre 2019.
Así es.
Convocatoria:
"5.58195Las personas con discapacidad que deseen solicitar adaptaciones de tiempo y medios deberán proceder según lo establecido en la base décima de las bases comunes."
Bases:
"3. Los aspirantes con discapacidad, opten o no por el turno de reserva, que soliciten
adaptaciones de tiempo y medios deberán aportar junto con la instancia un dictamen
técnico facultativo, emitido por el órgano técnico de valoración que determinó el grado de
discapacidad, en el que conste expresamente la procedencia y el tipo de adaptación en
cada uno de los ejercicios según sus circunstancias personales y siempre que guarde
relación directa con la prueba a realizar.
El Tribunal calificador único estudiará la propuesta del informe técnico y decidirá sobre
su concesión, conforme a los criterios establecidos en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de
junio. NO SE CONCEDERÁ NINGUNA ADAPTACIÓN SI NO SE HA PRESENTADO EL REFERIDO DICTAMEN EN TIEMPO Y FORMA ESPECIFICANDO EL TIPO DE ADAPTACIÓN QUE SE REFIERE."