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• 25/09/2019 15:10:00.
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¿El Juzgado puede remitir a la Delegación del Gobierno todos los datos personales que tenga de una persona a efectos de posible infracción administrativa?
un saludo.
• 25/09/2019 15:40:00.
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Artículo 236 quáter. LOPJ
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.2 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, NO SERÁ NECESARIO EL CONSENTIMIENTO DEL INTERESADO PARA QUE LOS TRIBUNALES PROCEDAN AL TRATAMIENTO DE LOS DATOS EN EL EJERCICIO DE LA POTESTAD JURISDICCIONAL, ya sean éstos facilitados por las partes o recabados a solicitud del propio Tribunal, sin perjuicio de lo dispuesto en las normas procesales para la validez de la prueba.
Pienso que en ejercicio de su potestad jurisdiccional y tratándose de DATOS JURISDICCIONALES y a los efectos de su posible remisión a la delegación del gobierno, podría remitirlos. Aunque la remisión se haga a un órgano administrativo, el que autoriza el tratamiento es el Juzgado.
Es como cuando incoas unas Diligencias Previas por un accidente laboral y remites y solicitas información a la inspección de trabajo y SS, a los efectos de verificar si hay apertura de expediente. Ahí también tratas los datos jurisdiccionales del trabajador.
Salvo mejor opinión.
• 25/09/2019 17:28:00.
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La ley que cito es la vigente Ley Orgánica del poder Judicial.
• 26/09/2019 10:08:00.
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• Registrado: febrero 2007.
::: --> Editado el dia : 26/09/2019 10:09:36
::: --> Motivo :
Gracias. Aunque no estoy del todo seguro que sea con fines jurisdiccionales, sino con fines no jurisdiccionales (administrativos).
Belaya, ¿tienes certeza o es otra cosa?