Inicia sesión
FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Justicia
709.897 mensajes • 396.104 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 26/09/2019 9:28:00.
• No registrado.
Pues es contradictorio pues en principio era alzada ante el pleno pero luego nos dice la la ley q antes las decisiones de del pleno y de la Comisión permanente no cabe recurso yo me inclino por esto último q esta más actualizado pero a saber la pregunta....
• 26/09/2019 10:03:00.
• Mensajes: 53
• Registrado: mayo 2019.
según el 599.1. 11º corresponde al Pleno: La resolución de los recursos de alzada interpuestos contra los acuerdos sancionadores de la Comisión Disciplinaria y los que se interpongan contra los de la Comisión Permanente.
Y según el 602.2 "Los acuerdos de la Comisión Permanente son recurribles en alzada ante el Pleno."
son modificaciones del 2018
• 26/09/2019 10:52:00.
• Mensajes: 118
• Registrado: julio 2018.
Yo tengo en temario que cabe alzada por la LO 4/2018, de 28 de diciembre, pero que ese artículo no estará en vigor hasta que se constituya el nuevo CGPJ, vamos, del 2020 en adelante.
• 26/09/2019 11:16:00.
• Mensajes: 118
• Registrado: julio 2018.
....Disposición Transitoria Tercera....
• 26/09/2019 11:54:00.
• Mensajes: 488
• Registrado: marzo 2019.
Y con el art 638 q hacemos? Xq está claro q se contradicen cuidado con las afirmaciones rotundas
• 26/09/2019 12:13:00.
• Mensajes: 488
• Registrado: marzo 2019.
Precisamente ese artículo te dice q los acuerdos de la c permanente y pleno ponen fin a la vía administrativa por lo q no cabría alzada y sería directo un contencioso, pero claro anteriormente si te dicen q cabe alzada ante el pleno por eso sí hay contradicción habrá q ver las respuestas de una posible pregunta