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• 11/10/2019 8:45:00.
• No registrado.
B
• 11/10/2019 9:43:00.
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Creo que el límite son menos de 6 años, así que yo diría que la D
• 11/10/2019 9:55:00.
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Creo que solo puede el Juez de lo Penal no? La AP no.
Seria la B entonces.
• 11/10/2019 10:06:00.
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Yo digo la D
• 11/10/2019 10:08:00.
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Estoy con Nikopolys. Cabe conformidad en el ordinario y ahi si pueden dictarse oralmente.
• 11/10/2019 10:09:00.
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Me da a mi que te has columpiado un poco Sumario86....
Lecrim Artículo 787.
1. Antes de iniciarse la práctica de la prueba, la defensa, con la conformidad del acusado presente, podrá pedir al Juez o Tribunal que proceda a dictar sentencia de conformidad con el escrito de acusación que contenga pena de mayor gravedad, o con el que se presentara en ese acto, que no podrá referirse a hecho distinto, ni contener calificación más grave que la del escrito de acusación anterior. Si la pena no excediere de seis años de prisión, el Juez o Tribunal dictará sentencia de conformidad con la manifestada por la defensa, si concurren los requisitos establecidos en los apartados siguientes.
2. Si a partir de la descripción de los hechos aceptada por todas las partes, el Juez o Tribunal entendiere que la calificación aceptada es correcta y que la pena es procedente según dicha calificación, dictará sentencia de conformidad. El Juez o Tribunal habrá oído en todo caso al acusado acerca de si su conformidad ha sido prestada libremente y con conocimiento de sus consecuencias.
3. En caso de que el Juez o Tribunal considerare incorrecta la calificación formulada o entendiere que la pena solicitada no procede legalmente, requerirá a la parte que presentó el escrito de acusación más grave para que manifieste si se ratifica o no en él. Sólo cuando la parte requerida modificare su escrito de acusación en términos tales que la calificación sea correcta y la pena solicitada sea procedente y el acusado preste de nuevo su conformidad, podrá el Juez o Tribunal dictar sentencia de conformidad. En otro caso, ordenará la continuación del juicio.
4. Una vez que la defensa manifieste su conformidad, el Juez o Presidente del Tribunal informará al acusado de sus consecuencias y a continuación le requerirá a fin de que manifieste si presta su conformidad. Cuando el Juez o Tribunal albergue dudas sobre si el acusado ha prestado libremente su conformidad, acordará la continuación del juicio.
LOTJ Artículo 50. Disolución del Jurado por conformidad de las partes.
1. Igualmente, procederá la disolución del Jurado si las partes interesaren que se dicte sentencia de conformidad con el escrito de calificación que solicite pena de mayor gravedad, o con el que presentaren en el acto, suscrito por todas, sin inclusión de otros hechos que los objeto de juicio, ni calificación más grave que la incluida en las conclusiones provisionales. La pena conformada no podrá exceder de seis años de privación de libertad, sola o conjuntamente con las de multa y privación de derechos.
2. El Magistrado-Presidente dictará la sentencia que corresponda, atendidos los hechos admitidos por las partes, pero, si entendiese que existen motivos bastantes para estimar que el hecho justiciable no ha sido perpetrado o que no lo fue por el acusado, no disolverá el Jurado y mandará seguir el juicio.
3. Asimismo, si el Magistrado-Presidente entendiera que los hechos aceptados por las partes pudieran no ser constitutivos de delito, o que pueda resultar la concurrencia de una causa de exención o de preceptiva atenuación, no disolverá el Jurado, y, previa audiencia de las partes, someterá a aquél por escrito el objeto del veredicto
• 11/10/2019 10:11:00.
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• Registrado: mayo 2018.
Perdón me he columpiado yo, te refieres a oralmente...no lo había leído bien...Sorry!
• 11/10/2019 10:16:00.
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• Registrado: mayo 2018.
Continuando con el art. 787 Lecrim si que pone que la dictará oralmente en el punto 6....
5. No vinculan al Juez o Tribunal las conformidades sobre la adopción de medidas protectoras en los casos de limitación de la responsabilidad penal.
6. La sentencia de conformidad se dictará oralmente y documentará conforme a lo previsto en el apartado 2 del artículo 789, sin perjuicio de su ulterior redacción. Si el fiscal y las partes, conocido el fallo, expresaran su decisión de no recurrir, el juez, en el mismo acto, declarará oralmente la firmeza de la sentencia, y se pronunciará, previa audiencia de las partes, sobre la suspensión o la sustitución de la pena impuesta.
7. Únicamente serán recurribles las sentencias de conformidad cuando no hayan respetado los requisitos o términos de la conformidad, sin que el acusado pueda impugnar por razones de fondo su conformidad libremente prestada.
8. Cuando el acusado sea una persona jurídica, la conformidad deberá prestarla su representante especialmente designado, siempre que cuente con poder especial. Dicha conformidad, que se sujetará a los requisitos enunciados en los apartados anteriores, podrá realizarse con independencia de la posición que adopten los demás acusados, y su contenido no vinculará en el juicio que se celebre en relación con éstos
• 11/10/2019 10:18:00.
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• Registrado: diciembre 2009.
Si la cantan los tres magistrados a coro, a lo mejor.
• 11/10/2019 10:20:00.
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• Registrado: mayo 2018.
Pero te deriva para la forma de documentarse, yo no veo en ningún lado que se excluya a la AP...Si fuesen 5 años y medio podría ser que la dictase la AP.....
• 11/10/2019 10:23:00.
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• Registrado: mayo 2018.
Me reafirmo en que te has columpiado en base al art.787...en que te basas tú para afirmar que los tribunales colegiados no pueden dictar sentencias oralmente???...En un abreviado con pena de 5 años y medio que iría a la AP estaríamos en el art.787 y en su apartado 6 dice que se dictará oralmente...
• 11/10/2019 10:36:00.
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• Registrado: mayo 2018.
Si vamos al matiz lo dice en cuanto a declarar la firmeza no para dictar la sentencia de conformidad....
• 11/10/2019 10:40:00.
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• Registrado: abril 2015.
Pero el art. 787.1 habla de Juez o TRIBUNAL dictará sentencia de conformidad y despues en el apartado 6 dice que la sentencia de conformidad se dictará oralmente.
• 11/10/2019 10:41:00.
• Mensajes: 104
• Registrado: mayo 2018.
El art. 787 dice:
6. La sentencia de conformidad se dictará oralmente y documentará conforme a lo previsto en el apartado 2 del artículo 789, sin perjuicio de su ulterior redacción. Si el fiscal y las partes, conocido el fallo, expresaran su decisión de no recurrir, el juez, en el mismo acto, declarará oralmente la firmeza de la sentencia, y se pronunciará, previa audiencia de las partes, sobre la suspensión o la sustitución de la pena impuesta.
Si vamos al matiz como tú has hecho al excluir el tribunal porque en el punto 6 dice Juez y no tribunal yo te digo que profundizando un poco más habla de "Juez" para declarar la firmeza pero no en la primera frase cuando dice.. "la sentencia de conformidad se dictará oralmente y documentará conforme a lo previsto en el apartado 2 del artículo 789, sin perjuicio de su ulterior redacción..."
• 11/10/2019 10:48:00.
• Mensajes: 104
• Registrado: mayo 2018.
Pero si la conformidad sólo se puede con penas no superiores a 6 años, y el ordinario es para delitos de más de 9 años...¿Por qué decís que cabe conformidad en el ordinario?
• 11/10/2019 10:50:00.
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• Registrado: mayo 2018.
El enunciado no dice que es abreviado sólo dice penas de más de 5 años...podrían ser 10 años....Otra vez que te columpias....jajajaja
• 11/10/2019 10:56:00.
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• Registrado: mayo 2018.
Pues la plaza para ti campeón...
PD: El problema es cuando la gente lo debate y da argumentos y tú intentas dar lecciones sobre preguntas, respuestas, leer enunciados..."Moraleja: leed bien las preguntas en el examen, aun siendo cortas pueden llevar a equivocación."....PD: Hacer las preguntas es relativamente fácil, lo difícil es hacer las respuestas....
Moraleja: Todavía no me has podido evidenciar que en ningún artículo se excluya a la AP...
• 11/10/2019 11:03:00.
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• Registrado: mayo 2018.
Que pesado....pregunta de enunciado: ¿Se podrán dictar sentencias orales para penas de más de 5 años de prisión?...¿Esté enunciado excluye penas de 10 años de prisión?...yo a mi hija le enseño que 10 es más que 5, pero lo mismo también me equivoco en eso....No hay nada que deducir en esa pregunta porque sólo dice penas de más de 5 años de prisión y no pone límite máximo...pero ya veo que tú deduces todo y por eso todavía no me has aclarado donde se excluye a la AP...
• 11/10/2019 11:48:00.
• Mensajes: 104
• Registrado: mayo 2018.
A) El 789.2 no habla de sentencia de conformidad que es de lo que aquí estábamos tratando.
B) Del procedimiento abreviado también conoce la AP.
Yo excluyo el ORDINARIO cuando hablo de sentencia de conformidad pero no por el enunciado que no dice más que penas de más de 5 años de prisión...
Te remito nuevamente a la sentencia de conformidad que se establece en el art. 787:
Artículo 787.
1. Antes de iniciarse la práctica de la prueba, la defensa, con la conformidad del acusado presente, podrá pedir al Juez o Tribunal que proceda a dictar sentencia de conformidad con el escrito de acusación que contenga pena de mayor gravedad, o con el que se presentara en ese acto, que no podrá referirse a hecho distinto, ni contener calificación más grave que la del escrito de acusación anterior. Si la pena no excediere de seis años de prisión, el Juez o Tribunal dictará sentencia de conformidad con la manifestada por la defensa, si concurren los requisitos establecidos en los apartados siguientes.
2. Si a partir de la descripción de los hechos aceptada por todas las partes, el Juez o Tribunal entendiere que la calificación aceptada es correcta y que la pena es procedente según dicha calificación, dictará sentencia de conformidad. El Juez o Tribunal habrá oído en todo caso al acusado acerca de si su conformidad ha sido prestada libremente y con conocimiento de sus consecuencias --- Aquí te dice que el Juez o Tribunal entendiere que la calificación aceptada es correcta, por tanto no excluye al TRIBUNAL.
……
6. La sentencia de conformidad se dictará oralmente y documentará conforme a lo previsto en el apartado 2 del artículo 789, sin perjuicio de su ulterior redacción. Si el fiscal y las partes, conocido el fallo, expresaran su decisión de no recurrir, el juez, en el mismo acto, declarará oralmente la firmeza de la sentencia, y se pronunciará, previa audiencia de las partes, sobre la suspensión o la sustitución de la pena impuesta.--- Aquí dice que se dictará oralmente sin excluir que pueda ser TRIBUNAL, en todo caso lo excluye cuando habla sólo de JUEZ para declarar oralmente la firmeza.
No creo que sea necesario deliberar una sentencia de conformidad porque sólo se examina si la calificación es correcta.
• 11/10/2019 11:53:00.
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• Registrado: mayo 2018.
Un Tribunal colegiado no puede dictar sentencias oralmente por lo que tu dices, pero la sentencia de conformidad no requiere de deliberación y fallo, y por tanto en este caso si se podría dictar sentencia oralmente.
• 11/10/2019 12:02:00.
• Mensajes: 104
• Registrado: mayo 2018.
Por cierto según la Ley de Demarcación y Planta judicial los Juzgados de lo Penal son servidos por Magistrados.
Artículo 15.
1. La planta de los Juzgados Centrales de Instrucción, de los Juzgados Centrales de lo Penal, de los Juzgados de lo Penal, de los Juzgados de Primera Instancia, de los Juzgados de Instrucción y de los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción es la establecida en los anexos VI y VII de esta Ley.
2. Son servidos por Magistrados los Juzgados de lo Penal, los que tienen su sede en una capital de provincia y los demás Juzgados en que así se establezca en el anexo VI.
Como en la sentencia de conformidad habla de JUEZ en el punto 6 (pero para declarar firmeza..ojo!) y tú basas tu criterio para excluir al TRIBUNAL porque sólo menciona al JUEZ....¿Si es un Magistrado que hacemos?...¿También lo excluimos?
• 11/10/2019 12:09:00.
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• Registrado: mayo 2018.
Puffsimetoca dime por favor en que artículo se excluye a los órganos colegiados para dictar sentencias de conformidad oralmente, ya que lo tienes tan claro y yo fallaré seguro.
• 11/10/2019 12:10:00.
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• Registrado: mayo 2018.
Yo lo tengo claro, el que debería de darle vueltas al temario eres tú que no sabes ni argumentar tus respuestas CRACK.
• 11/10/2019 12:20:00.
• Mensajes: 104
• Registrado: mayo 2018.
Tiene que ver en que tu excluyes TRIBUNAL porque dices que en el apartado 6 dice JUEZ y no menciona TRIBUNAL, y por esa regla de tres como no menciona MAGISTRADO supongo que también habría que descartarla.
Yo no necesito que me lo aclare nadie en función de su criterio sino que me lo aclare la LEY y en este caso no lo hace. Es más yo te digo que si se puede dictar oralmente porque lo pone en el art.787 y porque no sería necesaria la deliberación, votación y fallo en una sentencia de conformidad ya que sólo se examina si la calificación y la pena son correctas.
• 11/10/2019 12:31:00.
• Mensajes: 104
• Registrado: mayo 2018.
Porque estoy de acuerdo en que por regla general los órganos colegiados no dictan sentencias oralmente, pero leyéndolo mejor no he visto que se excluya en el art.787 y por eso insisto. Tú todavía no me has dicho en que artículo se excluye sólo que habla de JUEZ en la segunda frase del punto 6 (pero eso no me parece suficiente para descartarlo y por eso te he puesto lo de que son MAGISTRADOS). Además tu dices que los órganos colegiados no pueden dictar sentencias oralmente porque tienen que deliberar y yo me pregunto que tienen que deliberar en una sentencia de conformidad si lo único que hacen es examinar si la calificación y pena son correctas.
• 11/10/2019 12:31:00.
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• Registrado: diciembre 2009.
acabo de preguntarlo y sí que se puede dictar sentencia oral por la Audiencia y de hecho, se hace constantemente, cuando se dan las circunstancias. Así que me la envaino con la gracieta que he puesto antes.
• 11/10/2019 12:38:00.
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• Registrado: mayo 2018.
¿Al final tengo razón?...porque llevo toda la mañana perdida con esto...jajaja.
• 11/10/2019 12:39:00.
• Mensajes: 2642
• Registrado: diciembre 2009.
Yo entiendo que en tal caso sí que sería la d)
• 11/10/2019 12:45:00.
• Mensajes: 104
• Registrado: mayo 2018.
Pufffsimetoca no insistas que ya te lo ha aclarado Iñaki preguntando directamente en el Juzgado, y con la LEY en la mano tampoco se excluye como te he estado argumentando toda la mañana.
• 11/10/2019 12:49:00.
• Mensajes: 104
• Registrado: mayo 2018.
Ok. Pero el art.787 habla de juez o tribunal (no juzgado de lo penal como pone en el artículo del enlace) y tú todavía no me has dicho el artículo donde se excluye.
• 11/10/2019 12:54:00.
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• Registrado: abril 2015.
Yo tenia entendido que los organos colegiados solo pueden dictar sentencias orales en caso de conformidad.
Ademas en la ley se habla de Juez o TRIBUNAL. La verdad es que lo veo como sinfalsedad. Y totalmente de acuerdo con sus argumentaciones.
Si alguien argumenta por qué no pueden, pues eso, que lo argumente en base a la ley.
• 11/10/2019 13:14:00.
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• Registrado: mayo 2018.
Madre mía!!
El 789.2 no es sentencia de conformidad, por tanto no lo excluye en conformidad.
El 787.6 no lo excluye, sino que no lo menciona y es sólo en la parte de declarar la firmeza y no cuando dice..."6. La sentencia de conformidad se dictará oralmente y documentará conforme a lo previsto en el apartado 2 del artículo 789, sin perjuicio de su ulterior redacción..." y anteriormente ha mencionado en todo momento JUEZ o TRIBUNAL. Que no se mencione no significa taxativamente que se excluya, y aun así lo hace al hablar de declarar la FIRMEZA.
Y si la argumentación es en base a que tiene que haber una deliberación pues tampoco lo excluye porque en la sentencia de conformidad no es necesaria.
En el enlace lo hace en el apartado de FIRMEZA no en el anterior.
Lo que dice tu preparador lo mismo no es lo que has entendido tú.
• 11/10/2019 13:18:00.
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• Registrado: noviembre 2018.
La que has liado Sumario.
• 11/10/2019 13:21:00.
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• Registrado: junio 2017.
Un matiz, para que la respuesta c sea totalmente correcta, tendría que seguir diciendo que no puede ser superior a 6 años.
• 11/10/2019 16:40:00.
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• Registrado: junio 2017.
Sumario, más vale que no pongan esa pregunta porque yo he visto las dos interpretaciones y sí hay sentencias penales de Audiencias Provinciales en procesos abreviados dictados in voce
• 04/02/2020 20:33:00.
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• Registrado: septiembre 2019.
Pues...otra vez la B
Pero más fácil la pregunta, no?
• 04/02/2020 20:35:00.
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• Registrado: septiembre 2019.
Y las respuestas xd
• 04/02/2020 23:50:00.
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Deberías preguntar al procurador de gestión
• 05/02/2020 7:53:00.
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• Registrado: diciembre 2009.
Pero esa pregunta es diferente, tened en cuenta que en la incidencias, la d) dice sin documentar ni redactar, lo que es incorrecto. El fallo está allí, no en quién la dicta.
La D , es incorrecta porque Un magistrado PONENTE no dicta sentencias y un TRIBUNAL penal no dicta sentencias orales XD.
Las sentencias orales sólo las dicta un órgano unipersonal, un órgano colegiado no, el problema no es si es conformidad si no quién la dicta.
• 05/02/2020 9:30:00.
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• Registrado: diciembre 2009.
Yo os digo que mi preparador, que es magistrado y ha servido en audiencias provinciales me confirmó que sí dictaban sentencias orales.
En el procedimiento abreviado hasta delitos castigados con penas de 5 años juez de lo penal de 5 para arriba Audiencia Provincial, en ordinario no cabría una sentencia oral, no se trata de la pena que le impongan si no se la pena con la que está castigado el delito.
• 05/02/2020 10:18:00.
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Si yo era de tu opinión, hasta que el mister mi dió el tirón de orejas. Palabras textuales "no solo dictamos sentencia oral, sino que hasta aplaudiríamos".