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709.308 mensajes • 396.057 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 06/11/2019 10:46:00.
• No registrado.
• 06/11/2019 12:03:00.
• Mensajes: 96
• Registrado: abril 2018.
es la b) sin duda. art 161.3 LEC, queda claro que el tercero hallado en el domicilio del destinatario está obligado a darle conocimiento del acto de comunicación. Orden civil, Sumario 86, sólo con el enunciado, en penal habla de criado en diferencia con la lec, y en social habla de pariente más próximo y conserje o portero, creo recordar
• 06/11/2019 12:05:00.
• Mensajes: 96
• Registrado: abril 2018.
que alguien me corrija si estoy equivocada
• 06/11/2019 12:12:00.
• Mensajes: 96
• Registrado: abril 2018.
En la diligencia se hará constar el nombre de la persona destinataria de la comunicación y la fecha y la hora en la que fue buscada y no encontrada en su domicilio, así como el nombre de la persona que recibe la copia de la resolución o la cédula y la relación de dicha persona con el destinatario, produciendo todos sus efectos la comunicación así realizada.
• 06/11/2019 12:17:00.
• Mensajes: 96
• Registrado: abril 2018.
perdonad quería poner otra cosa, me he equivocado, y es verdad, que eso queda en el aire. Pues a ver si entre todos lo sacamos
• 06/11/2019 12:17:00.
• Mensajes: 304
• Registrado: septiembre 2019.
Puede que la C, pero por el matiz que apuntaban antes de la amonestación sino sería la A.
(...)podrá efectuarse la entrega, en sobre cerrado, a cualquier empleado, familiar o persona con la que conviva, mayor de catorce años, que se encuentre en ese lugar, o al conserje de la finca, si lo tuviere, advirtiendo al receptor que está obligado a entregar la copia de la resolución o la cédula al destinatario de ésta, o a darle aviso, si sabe su paradero, advirtiendo en todo caso al receptor de su responsabilidad en relación a la protección de los datos del destinatario
"advirtiendo...que está OBLIGADO a entregar.....o DARLE AVISO.
• 06/11/2019 13:06:00.
• Mensajes: 2642
• Registrado: diciembre 2009.
No hace falta jurisprudencia, basta con el art. 17 LOPJ.
• 06/11/2019 16:01:00.
• Mensajes: 627
• Registrado: agosto 2014.
::: --> Editado el dia : 06/11/2019 16:15:14
::: --> Motivo :
::: -- Editado el dia : 06/11/2019 16:13:00
::: -- Motivo :
Para mí es la c....Si no recogen...no le has podido identificar x su DNI xq ya no te lo da, con lo cual no se puede hacer la as diligencia positiva y decirle q keda en la oficina....x lo tanto ..es negativa...entonces edictos si admite edictos ...
• 06/11/2019 18:04:00.
• Mensajes: 104
• Registrado: mayo 2018.
Para mi es la B, pero no porque lo deje claro la ley. Pienso que si la comunicación se puede hacer a esas personas y tiene los mismos efectos que si se la haces al destinatario, en caso de que se nieguen tendría los mismos efectos que si se negase el destinatario.
• 06/11/2019 18:43:00.
• Mensajes: 104
• Registrado: mayo 2018.
Yo no digo que lo tenga claro Porca, digo que yo pondría la B. Creo que aunque no acepten la comunicación tienen obligación de al menos avisarle al destinatario de que han ido a realizarle tal comunicación. Y en caso de que no lo hagan supongo que el destinatario podrá alegar indefensión a través de los oportunos recursos. Pero en principio yo creo que la comunicación se tendría por hecha.
• 06/11/2019 18:49:00.
• Mensajes: 627
• Registrado: agosto 2014.
Alguien q trabaje en un SAC ...q nos saque d dudas...Xq al SJ hay q decirle como es la diligencia q extiendes...si lo das x requerido o no...no valen medias tintas..
• 06/11/2019 18:51:00.
• Mensajes: 104
• Registrado: mayo 2018.
Pero que te pasa que te pones a la defensiva?? Yo sólo he dado mi opinión y mis argumentos, en ningún momento he dicho que sea así porque lo dice la ley ni nada parecido. Relájate un poco que sólo es una pregunta y cada uno si no está claro por la ley puede expresar su opinión.
• 06/11/2019 18:55:00.
• Mensajes: 627
• Registrado: agosto 2014.
Imaginemos q llevamos un monitorio...d 10000 euros y nos pasa eso...y lo damos x realizado....y el procediendo tira pa adelante...¿¿¿??????
• 06/11/2019 19:00:00.
• Mensajes: 627
• Registrado: agosto 2014.
::: --> Editado el dia : 06/11/2019 19:12:48
::: --> Motivo :
::: -- Editado el dia : 06/11/2019 19:10:12
::: -- Motivo :
Jusgestion .x entrega como dice el caso x el q preguntan...no tiene xq haber ido x correo...en el monitorio p ej. va el auxilio el primero...
• 06/11/2019 19:23:00.
• Mensajes: 627
• Registrado: agosto 2014.
Jaja..jusgestion he interpretado una cosa distinta a ti...!! Tú piensas q preguntan x si falla el correo y tiene q ir el auxilio..
Y yo interpreté q preguntaban x ej ...el caso d un monitorio: q va el auxilio xq es x entrega y no encuentra al destinatario y lo intenta c una d las personas q permite la ley .. Q rollo! Es q nos faltan datos en ese supuesto..
• 07/11/2019 8:25:00.
• Mensajes: 627
• Registrado: agosto 2014.
Jusgestion...no es así lo del monitorio...x entrega personal...no significa q tenga q ser exactamente a él...valen las personas d siempre...o x lo menos en la práctica se hace así...
• 07/11/2019 9:19:00.
• Mensajes: 2642
• Registrado: diciembre 2009.
La regulación del monitorio remite al 161.