Inicia sesión
FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Justicia
709.897 mensajes • 396.104 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 14/11/2019 13:51:00.
• Mensajes: 89
• Registrado: mayo 2018.
En el caso de que Raul Blanco abonase 5.499'74 euros correspondientes a la liquidación practicada antes de que se dictara Auto despachando ejecución:
A) habrá de abonar igualmente las costas de la ejecución.
B) no habra de abonar cantidad alguna en concepto de intereses de mira procesal ni costas procesales de la ejecucion.
C) habrá de abonar igualmente las costas procesales exclusivamente referidas a la presentación de la demanda de ejecución.
D) el Tribunal dictará auto de despacho de ejecución exclusivamente por los conceptos de intereses de Mora procesal y costas de la ejecución.
Me dice q correcta b arts 551 y 583. Como va a ser la b?
• 14/11/2019 13:55:00.
• Mensajes: 2642
• Registrado: diciembre 2009.
Por interpretación a contrario de los artículos que citan, "aunque pague en el acto del requerimiento...." por eso, si es antes, no cabe el pago de las costas, máxime si no se ha despachado ejecución por las mismas.
• 14/11/2019 14:24:00.
• Mensajes: 89
• Registrado: mayo 2018.
Gracias, no son de mad