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709.897 mensajes • 396.104 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 18/11/2019 19:05:00.
• Mensajes: 627
• Registrado: agosto 2014.
No sé si es en 5 o en 10 días?...
• 18/11/2019 19:09:00.
• Mensajes: 1548
• Registrado: mayo 2018.
Siendo finca urbana sería 5 dias no? Aunque no lo tengo claro la verdad
• 18/11/2019 19:11:00.
• Mensajes: 918
• Registrado: diciembre 2018.
Sentencia de inmediato
Tratándose de un caso de recuperación de la posesión de una vivienda
a que se refiere el párrafo segundo del numeral 4.º del apartado 1 del artículo 250,
si el demandado o demandados no contestaran a la demanda en el plazo legalmente
previsto, se procederá de inmediato a dictar sentencia. La oposición del demandado
podrá fundarse exclusivamente en la existencia de título suficiente frente al actor
para poseer la vivienda o en la falta de título por parte del actor. La sentencia
estimatoria de la pretensión permitirá su ejecución, previa solicitud del demandante,
sin necesidad de que transcurra el plazo de veinte días previsto en el artículo 548.
• 18/11/2019 19:13:00.
• Mensajes: 918
• Registrado: diciembre 2018.
En caso de que SI conteste a la demanda se siguen los trámites del jverbal. (no dice desahucio) luego st en 10 días no?
• 18/11/2019 19:15:00.
• Mensajes: 219
• Registrado: mayo 2018.
Opino igual que Viriato: 10 días
• 18/11/2019 19:18:00.
• Mensajes: 627
• Registrado: agosto 2014.
Exactamente...me quedaba lo d Viriato d sentencia de inmediato si no contestan...Gggggg!!! Y ahora q?
• 18/11/2019 19:19:00.
• Mensajes: 918
• Registrado: diciembre 2018.
Peeeeero en caso de que se pida la INMEDIATA ENTREGA (perdona física, entidades sin ánimo de lucro etc) el proceso va por un incidente y termina por AUTO.
Es decir se requiere a ocupantes que aporten en 5 días titulos
Si no - - AUTO y directamente entrega o desahucio
Lo de que acabe por sentencia es si lo pide un banco etc
• 18/11/2019 19:21:00.
• Mensajes: 219
• Registrado: mayo 2018.
Sí no contestan: “se procede de inmediato a dictar sentencia”
Cuánto es ese “inmediato”...pues la verdad ni idea :(
• 18/11/2019 19:25:00.
• Mensajes: 55
• Registrado: noviembre 2019.
Holi,
El dueño pone la demanda, el LAJ traslada la demanda a los okupas para que contesten en un plazo de 10 días:
A) los okupas contestan la demanda — vista juicio verbal — STC en 5 días al ser desahucio de finca urbana.
B) los okupas no contestan en esos 10 días— STC inmediata y no hay que esperar el plazo legal para la ejecución.
O si dentro de los 5 primeros días de la contestación aportan título que justifique la posesión— entonces auto.
Creo que es así. Besis.
• 18/11/2019 19:37:00.
• Mensajes: 627
• Registrado: agosto 2014.
::: --> Editado el dia : 18/11/2019 19:50:24
::: --> Motivo :
::: -- Editado el dia : 18/11/2019 19:44:20
::: -- Motivo :
A ver...me refiero a la sentencia cuando hubo oposición...yo creo q aunque siga en ese momento al precario...al ser un procedimiento q se supone " express" igual son 5 días...pero es una suposición...
• 18/11/2019 19:54:00.
• Mensajes: 219
• Registrado: mayo 2018.
— Si no se contesta: se dicta sentencia de inmediato (de ahí el express)
— Pero si se contesta (hay oposición): entonces se siguen los trámites del juicio verbal y sentencia en 10 días
Vamos, esa al menos es mi opinión
• 18/11/2019 20:19:00.
• Mensajes: 627
• Registrado: agosto 2014.
Tenemos hasta finales d marzo q serå auxilio...Gggggg!! para pensarlo...xq en auxilio dudo q nos libremos d un desahucio en el práctico...hasta el desahucio penal nos pueden poner...Gggggg!!
• 18/11/2019 21:10:00.
• Mensajes: 627
• Registrado: agosto 2014.
Ok..gracias a todos x contestar.
• 18/11/2019 21:48:00.
• Mensajes: 111
• Registrado: mayo 2009.
De dónde sacais lo de «stc inmediata»? Yo diria 10 dias.
• 18/11/2019 22:15:00.
• Mensajes: 219
• Registrado: mayo 2018.
Art 444. 1 bis
Tratándose de un caso de recuperación de la posesión de una vivienda a que se refiere el párrafo segundo del numeral 4.º del apartado 1 del artículo 250, si el demandado o demandados no contestaran a la demanda en el plazo legalmente previsto, se procederá DE INMEDIATO a dictar sentencia