¿Qué quieres buscar?

Inicia sesión

Regístrate

FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Justicia



709.293 mensajes • 396.056 usuarios registrados desde el 25/05/2005

Opositorpropro

• 24/11/2019 18:54:00.
Mensajes: 14
• Registrado: octubre 2019.

Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

Para poder seguir debatiendo sobre la famosa pregunta. En el otro hilo hemos llegado al límite de 200 respuestas

201 RESPUESTAS AL MENSAJE

Opositorpropro

• 24/11/2019 19:07:00.
Mensajes: 14
• Registrado: octubre 2019.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

Efectivamente, lo más sensato es la anulación. Como bien dices, no hay ninguna correcta del todo

Seiyaa

• 24/11/2019 19:45:00.
Mensajes: 68
• Registrado: septiembre 2018.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

os pongo este enlace sacado del memento de procesal civil que aplican los LAJS, cuando tienen dudas.A ver si os sirve de algo.

[--https://www.boe.es/publicaciones/comentarios_sente...uicio_ordinario--]

tempranillo2007

• 24/11/2019 21:02:00.
Mensajes: 105
• Registrado: julio 2010.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

Yo sigo pensando q es la a.
Creo q es verdad q la intención del tribunal era preguntar sobre la asistencia a la audiencia previa.
Pero en un caso normal en el q el procurador esta vivo.

Aquí el procurador ha fallecido, por eso se ha liado, y dado q estamos en un procedimiento ordinario, la parte debe estar representada en todo momento por un procurador.
Independiententemente de q acuda o no a la audiencia previa el actor o el procurador
la representación procesal del procurador no puede faltar en ningún momento

Iur

MAS VALE MORIR DE PIE QUE VIVIR DE RODILLAS

• 24/11/2019 21:15:00.
Mensajes: 180
• Registrado: octubre 2016.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

Yo también pensé que si el tribunal tiene constancia del fallecimiento inmediatamente tienen que suspender para que no quede sin representación independientemente del momento procesal en que se encuentre el procedimiento pero creo que la intención del tribunal era la de que en la audiencia previa no es obligatoria su asistencia y eso haría que podría ser la a. Pero si ha fallecido y tiene constancia el tribunal debe requerir a la parte nombrar procurador, la duda es si se suspende o no el procedimiento. Hay 3 días hasta la audiencia y en ese término está sin representación....está mañana lo tenía más claro y lo puse pero ahora ya no lo tengo...

Cibeles99

• 24/11/2019 23:15:00.
Mensajes: 282
• Registrado: marzo 2019.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

Pues yo creo que es la B, que es una mezcla de A y D

Marisol85

• 24/11/2019 23:27:00.
Mensajes: 42
• Registrado: marzo 2018.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

Yo creo q es la A, pq al morir el procurador, el poder cesa, por tanto el poder ya no está vigente, el demandado no estaria representado por nadie, asi q, ni siquiera podría otro procurador sustituir al muerto, pq los procuradores se sustituyen cuando rl poder está vigente, en este caso es necesario que se designe y se otorgue un nuevo poder. Y por otro lado, en un juicio ordinario es necesario siempre el procurador, no puede ir el litigante solo.

ticus

• 25/11/2019 1:50:00.
Mensajes: 301
• Registrado: octubre 2009.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

::: --> Editado el dia : 25/11/2019 1:51:01
::: --> Motivo :

Para mi monsalve es ...casi infalible...pero estoy con Molina.Y creo q algún catedrático tb...


[--https://www.raco.cat--] › article › view
Resultados web
Comentarios prácticos a la Ley de Enjuiciamiento Civil | Guzmán Fluja ... - Raco

11.6. Fallecimiento del procurador
Cesa obviamente la representación del procurador por su fallecimiento, con lo cual desaparece
toda posibilidad física de que intervenga en el proceso en cumplimiento de su función
profesional. Pero, como es natural, la muerte extingue el apoderamiento que se hubiera conferido
al procurador fallecido, pero no el poder cuando éste es múltiple –como suele ser habitual–, en
cuyo caso otro de los procuradores designados puede asumir la representación del poderdante
con el mismo poder.
Ordena la ley que, cuando fallezca el procurador, se haga saber al poderdante la defunción, a fin
de que proceda a la designación de nuevo procurador en el plazo de diez días. Sin embargo,
como hemos visto que sucede con otras muchas normas, no especifica sobre quién recae ese
deber de dar a conocer al poderdante la muerte del procurador. Se podría entender que es
responsabilidad de los herederos del procurador (el art. 1739 CC ordena que los herederos del
mandatario pongan el hecho en conocimiento del mandante, y provean entretanto a lo que las
circunstancias exijan en interés de éste). También cabría considerar que es responsabilidad del
Decano del Colegio, puesto que la Junta de Gobierno, a petición de los herederos o del Decano subsidiariamente, debe nombrar a quienes se encarguen de la liquidación del despacho del procurador fallecido (art. 55 EGPT). Sin embargo, pareciera que la norma va dirigida al órgano judicial, y que ha de ser el Juzgado o Tribunal donde se estuviera siguiendo el proceso quien comunicara a la parte el fallecimiento de su procurador, si es que ésta no se hubiera dado por enterada, otorgando de inmediato poder a otro procurador. A partir de esta notificación judicial empieza a correr el plazo de diez días que concede la ley para la designación de procurador, con suspensión del procedimiento y, transcurrido este plazo sin que la parte lo haya efectuado, se alzará la suspensión, con los efectos ya examinados en relación con la renuncia voluntaria.

Comentarios prácticos a la Ley de
Enjuiciamiento Civil
La postulación procesal: Arts. 23 a 30 LEC
Víctor Moreno Catena
Facultad de Derecho
Universidad Carlos III de Madrid

Que más tenemos q discutir?si ponen a no lo anulan,si ponen d ya tenéis base para anularla

ticus

• 25/11/2019 9:19:00.
Mensajes: 301
• Registrado: octubre 2009.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

::: --> Editado el dia : 25/11/2019 9:26:28
::: --> Motivo :



Si hay 2 correctas será anulada

En tpa interna preguntaron una del art 1 del RC y q ahora viene en el art 2 de lanueva ley del RC...y aunq era la vigente (en este caso la antigua) fue anulada.nukca entendí su impugnación,pero eran 2 posibles respuestas....por tanto la r1 probablemente puede entrar en juego

Muy honesta la contestación de Molina.

Yo lo que veo es q si por ejemplo el poderdante fallece no viene como causa y tb por un artículo se decía la suspensión y sucesión procesal

Yo es q creo q la han liado con el fallecimiento...dicen enfermo y es la d.

ticus

• 25/11/2019 9:28:00.
Mensajes: 301
• Registrado: octubre 2009.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

::: --> Editado el dia : 25/11/2019 9:32:24
::: --> Motivo :



Sophie viendo el caso y lo q puse del profesor de la Carlos iii veo q si deciden la A , ya no vería clara su impugnacion

La D si es enfermedad la veo...si es fallecimiento (cesa) y es la a.

Q no está en causa de suspensión de vista,verdad (solo abogado)

Pero tb viene suspensión del procedimiento si fallece y 10 d

Pq hacen esto?ni idea.la suerte influye:pues un poco si,pero hay q estudiar tb

Iñaqui1964

• 25/11/2019 9:47:00.
Mensajes: 2642
• Registrado: diciembre 2009.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

::: --> Editado el dia : 25/11/2019 9:49:50
::: --> Motivo :

El fundamento no estaría tanto en la regulación de la audiencia previa, sino en la general de los procedimientos, se trata de un proceso en que es preceptiva la representación por procurador, aunque algunos actos se puedan celebrar sin su asistencia, y no puede estar una parte personada sin esa representación. Anoche, que tuvimos baile de máscaras (guardia), lo comenté con mi LAJ y la respuesta fue rotunda e inmediata: suspender porque la parte se queda sin representación.

Sin embargo, yo también pienso que se debería anular, porque realmente no es una situación expresamente regulada en la ley y es susceptible de diferentes interpretaciones.

A mi me da igual porque no me van a corregir el práctico y, si por milagro, aprobase con la plantilla definitva del test, tampoco me iba a suponer un gran cambio... en todo caso me quedaría como estoy.

belov

hasta la victoria siempre

• 25/11/2019 9:49:00.
Mensajes: 108
• Registrado: marzo 2019.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

-La del Procurador es la A, del caso práctico.
Yo también iba a poner lo del Catedrático Moreno Catena, pero ya lo han puesto.
Una vez que el LAJ tiene constancia de que el Procurador ha fallecido, SE SUSPENDE EL PROCEDIMIENTO y se le dan díez dias a la parte para que nombre nuevo Procurador como establece imperativamente la LEC, si estaba la audiencia previa, se suspende, pero no hay que darle vueltas al tema de la audiencia previa, ni de las vistas, ni su suspensión, se suspende el procedimiento y se acabó,dando a la parte el plazo de díez días, tampoco se le puede dejar a su libre albedrío, bueno luego al juicio vienes con Procurador, no, diez días para que nombre Procurador, jurídicamente la correcta es la A.

-Me sorprende que en la pregunta del práctico, den como buena que si la parte dice que no presenta un documento con la demanda, aunque si lo ha dicho en su escrito, se le da por el LAJ plazo para subsanar y luego se pasa al Juez: jurídicamente es una barbaridad: no todo es subsanable, si no ha presentado con la demanda el documento, que además es esencial, NUNCA, se le da plazo para subsanar, ya que es INSUBSANABLE Y POR SUPUESTO NO ES UN DEFECTO DE FORMA, la respuesta que dan por buena las academias y la gente parece que aplaude, jurídicamente es una aberración jurídica, esta mal.

Iñaqui1964

• 25/11/2019 9:52:00.
Mensajes: 2642
• Registrado: diciembre 2009.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

Sí, Sophie.

Funcionaka

• 25/11/2019 9:57:00.
Mensajes: 31
• Registrado: octubre 2016.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

Respuesta a Belov

"-Me sorprende que en la pregunta del práctico, den como buena que si la parte dice que no presenta un documento con la demanda, aunque si lo ha dicho en su escrito, se le da por el LAJ plazo para subsanar y luego se pasa al Juez: jurídicamente es una barbaridad: no todo es subsanable, si no ha presentado con la demanda el documento, que además es esencial, NUNCA, se le da plazo para subsanar, ya que es INSUBSANABLE Y POR SUPUESTO NO ES UN DEFECTO DE FORMA, la respuesta que dan por buena las academias y la gente parece que aplaude, jurídicamente es una aberración jurídica, esta mal. "

Pues siento decirte que en la practica judicial damos plazo para subsanar, no veo la aberración, pasa todos los días.

Bruno32

• 25/11/2019 10:01:00.
Mensajes: 105
• Registrado: junio 2018.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

La d) no puede ser porque la parte no puede quedar sin representación. Art. 523 LOPJ
La a) no es del todo correcta, porque el Art. 30 de la LEC en ningún momento indica que el procedimiento se suspenda, y aquí no estamos para interpretar nada.
No entiendo por qué han puesto una pregunta tan rebuscada la verdad. Al final mucha gente se va a quedar a 0,15 de pasar por esto y es lamentable.

Bruno32

• 25/11/2019 10:09:00.
Mensajes: 105
• Registrado: junio 2018.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

543 LOPJ quería decir

Escorpiona7

• 25/11/2019 19:22:00.
Mensajes: 22
• Registrado: abril 2019.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

Hola! Se os ha ocurrido pensar que la opción a de suspenderse la audiencia previa y conceder un plazo de 10 días no se refiera al art 30 sino al 418 donde te dice que te dan 10 días para subsanar el defecto de representación? No se si es una chorrada o alguien lo había dicho ya... Disculpad..

Cibeles99

• 25/11/2019 19:33:00.
Mensajes: 282
• Registrado: marzo 2019.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

::: --> Editado el dia : 25/11/2019 19:35:09
::: --> Motivo :

Y de verdad nadie ve viable la B ¿?
Requerimiento de designación de nuevo procurador (puesto que es preceptivo en el ordinario) sin suspensión de la audiencia previa? (El art.30 no habla de suspensión del procedimiento, y a su vez, como a la a.p. se puede asistir sin procurador, del propio litigante dependerá designarlo antes o después, no sé)

Escorpiona7

• 25/11/2019 19:36:00.
Mensajes: 22
• Registrado: abril 2019.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

Me refiero que tal vez lo que buscaban con la pregunta no es que sepamos que no hace falta que vaya el procurador a la audiencia, si no saber que el actor puede al comenzar la audiencia alegar esa falta de representación en el proceso en general para poder subsanarlo en en el acto y si no puede ser en 10 días, con suspensión entre tanto de la audiencia. No veo viable que sea sin suspensión.

Escorpiona7

• 25/11/2019 19:40:00.
Mensajes: 22
• Registrado: abril 2019.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

Claro...sucede 3 días antes..pero lo alega en la audiencia...no se por que pero para mi está cobrando más fuerza la opción a, y que conste que yo conteste la d jiji

Escorpiona7

• 25/11/2019 19:43:00.
Mensajes: 22
• Registrado: abril 2019.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

Claro que le priva...por eso hasta que esa excepción monde solucione no pueden continuar con las demás...de ahí a que si en el acto no se subsanar haya que suspender mientras

Escorpiona7

• 25/11/2019 19:48:00.
Mensajes: 22
• Registrado: abril 2019.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

Es cierto...no he leído bien el enunciado...crei que sólo ponía que había fallecido tres días antes...de igual modo me parece que el Tribunal va a tirar más por el tema de subsanarlo con suspensión de la audiencia... a ver si mañana salimos de dudas por fin...

Escorpiona7

• 25/11/2019 19:53:00.
Mensajes: 22
• Registrado: abril 2019.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

Quizás es una mezcla entre el art 30 y el 418 porque en otro lado no habla de la suspensión de la audiencia no? Yo que se....

Escorpiona7

• 25/11/2019 19:56:00.
Mensajes: 22
• Registrado: abril 2019.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

No se suspende porque no vaya procurador puesto que no es obligatorio pero si que es obligatorio estar representado por si quieres optar por que vaya el en tu representación

Cibeles99

• 25/11/2019 19:57:00.
Mensajes: 282
• Registrado: marzo 2019.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

En ese argumento, que es el que yo tengo , encaja la querida B de la que nadie habla

Vitalicia

• 25/11/2019 20:04:00.
Mensajes: 272
• Registrado: diciembre 2018.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

No hay más ciego que el que no quiere ver... y con eso lo digo todo. Es la D y no se va a impugnar y sino al tiempo.... esta me esta recordando a la pregunta del mercantil de promoción interna... un millón de impugnaciones... y por dónde se las pase el tribunal? Por el forro... porque la gente quiere ver cosas donde no las hay

Villa74

Deja que murmuren y sigue tu camino

• 25/11/2019 20:10:00.
Mensajes: 1481
• Registrado: marzo 2016.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

::: --> Editado el dia : 25/11/2019 20:12:13
::: --> Motivo :

::: -- Editado el dia : 25/11/2019 20:10:30
::: -- Motivo :

Las academias no ensenan derecho procesal, enseñan para aprobar las oposiciones y eso, algunas. La representación procesal es un presupuesto procesal de orden público y eso significa que no puedes seguir para adelante en el proceso si sabes que dicho presupuesto no se cumple. Hay un incidente regulado en la LEC que es el del artículo 30 y ese incidente es de carácter imperativo. Por ejemplo, otro presupuesto procesal de orden público es la capacidad para ser parte y la capacidad procesal y fijaros lo que dice el artículo 9 de la LEC. Otro presupuesto procesal de orden público sería la jurisdicción y la competencia objetiva y se puede alegar siempre, artículo 227.2 al final ...

Sin Procurador no se puede continuar, se suspende el procedimiento y, por tanto, la audiencia previa ... Y el artículo 188.1 7º, lo permite.

Cibeles99

• 25/11/2019 20:11:00.
Mensajes: 282
• Registrado: marzo 2019.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

Claro Gestor2019, precisamente porque puede acudir a la AP sin procurador, no se suspende, sin perjuicio del requerimiento que debe hacerle el LAJ al ser preceptivo en el juicio ordinario. Es que no sé, me da la sensación de que se está discutiendo mucho entre la A y la D, cuando la B se ajusta a lo que cada uno defiende de ambas.

Vitalicia

• 25/11/2019 20:14:00.
Mensajes: 272
• Registrado: diciembre 2018.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

::: --> Editado el dia : 25/11/2019 20:16:08
::: --> Motivo :

Pero por favor?!???!? Enserio???? Si fallece el procurador NOOOOO SE SUSPENDE EL PROCEDIMIENTO. se conceden 10 días para que venga con uno nuevo, pero NUNCA se suspende el curso del procedimiento, salvo que sea un acto que sea preceptiva su asistencia. (La vista por ejemplo) pero el procedimiento NO. Trabajo en civil y os aseguro que es así. Nunca he visto suspender el procedimiento por eso.

Cibeles99

• 25/11/2019 20:17:00.
Mensajes: 282
• Registrado: marzo 2019.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

Se suspende? NO
Es preceptiva la intervención de procurador en el juicio ordinario y por tanto el laj le requiere para que designe otro ? SI

Por ende, de las 4 respuestas, cual cumple ambos requisitos?

SEAN1986

• 25/11/2019 20:20:00.
Mensajes: 203
• Registrado: enero 2015.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

Tampoco se mueren procuradores cada día en tu Juzgado. Quizás que no se te haya dado nunca el caso Vitalicia.

SEAN1986

• 25/11/2019 20:26:00.
Mensajes: 203
• Registrado: enero 2015.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

Y el Auto resolviendo las cuestiones en los cinco días siguientes a la Audiencia Previa, en su caso, a quien se lo notificarias si no tiene Procurador???.

Vitalicia

• 25/11/2019 20:26:00.
Mensajes: 272
• Registrado: diciembre 2018.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

Pues desgraciadamente si, alguno ha fallecido. Y no se suspende el curso del procedimiento. Una vez te lo comunican te dan 10 días para designarlo si su intervención es preceptiva como en el ordinario, pero no se suspende el procedimiento... te imaginas hacer un decreto de suspensión de procedimiento cada vez que fallece/renuncia un procurador en un procedimiento donde sea preceptiva su intervención!??? Sería una locura. Por eso mismo té dan 10 días, para no tener que suspender el procedimiento... después alzar la suspensión...

Vitalicia

• 25/11/2019 20:27:00.
Mensajes: 272
• Registrado: diciembre 2018.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

A él personalmente mientras no designe procurador

Cibeles99

• 25/11/2019 20:29:00.
Mensajes: 282
• Registrado: marzo 2019.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

Si, es cierto que en la B el requerimiento se centra para la asistencia a la a.p. retiro lo defendido respecto de la B
Esta pregunta es impugnable y anulable de aquí a lima.

ezentis01

• 25/11/2019 20:37:00.
Mensajes: 153
• Registrado: diciembre 2018.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

Es la A claramente, yo ni dude,

SEAN1986

• 25/11/2019 20:37:00.
Mensajes: 203
• Registrado: enero 2015.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

Donde dice que se le tiene que notificar a él personalmente si la Ley te dice que tienes que ir con Abogado y Procurador en el ordinario?.

Ya se que en la Audiencia Previa no sea necesaria su asistencia.

Y este Auto se lo noticias a él personalmente pasada la Audiencia Previa?.


No lo veo.

Villa74

Deja que murmuren y sigue tu camino

• 25/11/2019 20:37:00.
Mensajes: 1481
• Registrado: marzo 2016.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

Por favor, Vitalicia, en un juicio ordinario si no hay Procurador se lo notificas a él directamente??? Donde viene eso en la ley???? Tampoco se lo podrías notificar al Letrado o si?? De verdad ...

Y la mejor pregunta, habláis de que en tres días puede nombrar nuevo procurador, pues, claro, pero y si NO lo hace??? Sí en el plazo de diez días no nombra nuevo procurador, que hacemos Vitalicia???

ticus

• 25/11/2019 20:43:00.
Mensajes: 301
• Registrado: octubre 2009.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

::: --> Editado el dia : 25/11/2019 20:56:12
::: --> Motivo :

::: -- Editado el dia : 25/11/2019 20:54:36
::: -- Motivo :

::: -- Editado el dia : 25/11/2019 20:50:37
::: -- Motivo :

Es A

A ver...fallece...está en bragas el dte,le pueden plantar una excepc procesal la dda por falta de representacion procesal en la ap.

Cómo q no se suspende las actuaciones...claro q si..hasta un catedrático de la Carlos iii lo dice...

Claro q puede no ir el procurador a la ap si está vivo,pero el dte si no está personado en forma está ko.y en este caso desde hace 3 días cesó su representacion

Si es d,entonces porque es preceptivo abogado y procurador en ordinario?
La cosa es q debe haber procurador vaya o no a la ap...eso es indiferente
Si aquí no se discute q no tiene q ir a la ap el procu,se discute q está muerto,q falleció,q no existe,q el dte al cesar el procurador no está representado...q falla lo más esencial...q faltan los requisitos básicos para ser parte en un procedimiento...

Pq creéis q se va al JDO ha decir ha fallecido...

Ah sí!pq va ir el solito a la ap pq no es necesario en un ordinario q este representado por procurador jaja

Entusiasmo por ir a la ap no se le ve...



Si es d,lo anulan

Si es a no lo tumban

Cibeles99

• 25/11/2019 20:54:00.
Mensajes: 282
• Registrado: marzo 2019.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

Volvemos a lo mismo.
A no puede ser porque NO se suspende el procedimiento y ésta dice que sí.
D tampoco es correcta del todo porque si bien puede comparecer a la AP sin procurador, se han colado con la coletilla de que 'sin perjuicio de que deba tener uno para el juicio' o algo así. Entre la AP y el juicio pueden pasar hasta 30 días y ahí estaríamos vulnerando el art. 30 cuando debe nombrarlo en el plazo de 10d

Vitalicia

• 25/11/2019 20:57:00.
Mensajes: 272
• Registrado: diciembre 2018.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

Y si la abuela fuma? Jajajaja vale... la perra gorda pa vosotros... dejo de gastar energías en debatir un sin sentido

Según mi experiencia cuando el procurador renuncia/cesa/fallece... se le comunica a la parte personalmente en su domicilio para que designe uno nuevo... pero oye, que igual es que lo hacemos mal en mi juzgado...

ticus

• 25/11/2019 21:03:00.
Mensajes: 301
• Registrado: octubre 2009.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

::: --> Editado el dia : 25/11/2019 21:03:35
::: --> Motivo :

Cibeles,yo dude entre a y b.

Pero si se puede suspender...el catedrático lo explica bien,al igual q sus consecuencias...el procedimiento entra en stand by o pause...y el 188.1.7mo se aplica

A partir de esta notificación judicial empieza a correr el plazo de diez días que concede la ley para la designación de procurador, con suspensión del procedimiento y, transcurrido este plazo sin que la parte lo haya efectuado, se alzará la suspensión, con los efectos ya examinados en relación con la renuncia voluntaria.

SEAN1986

• 25/11/2019 21:03:00.
Mensajes: 203
• Registrado: enero 2015.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

Pues que se coloca, y nos dispersamos
Jajaja

ticus

• 25/11/2019 21:08:00.
Mensajes: 301
• Registrado: octubre 2009.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

Pero si la pregunta es...q va a contar q fallece...todo lo de la suspensión y demás son las respuestas...aquí no se pregunta si se puede ir o no con procurador...

Se fumaron lo más grande los de la comisión de seleccion de personal

Narusita1

1 gramo de bondad vale más que 1 kilo de intelecto

• 25/11/2019 21:36:00.
Mensajes: 1426
• Registrado: junio 2017.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

::: --> Editado el dia : 25/11/2019 21:37:15
::: --> Motivo :

Nikopolis y si Don Felipe es Catedrático de Derecho Procesal? XD

Villa74

Deja que murmuren y sigue tu camino

• 25/11/2019 21:39:00.
Mensajes: 1481
• Registrado: marzo 2016.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

::: --> Editado el dia : 25/11/2019 21:41:37
::: --> Motivo :

Claro, Vitalicia, el fallecimiento del procurador se notifica personalmente a la parte. Pero esa no es la cuestión, hablamos de todas las otras notificaciones, por ejemplo las que podrían suceder en la audiencia previa o incluso en esos tres días. Por ejemplo, si otra parte pide la suspensión de la audiencia previa por otra causa legal a quien se lo notificamos??? Si no hay Procurador porque al pobre se lo ha cargado el tribunal, a quien le notificamos, a la parte personalmente, no se puede, o se puede???

miguelop2491

• 25/11/2019 21:42:00.
Mensajes: 906
• Registrado: noviembre 2019.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

Yo la verdad es que dependo de esta posible anulación para pasar el 9, ahora me quedo de momento con un 8,85 y eso que el teórico me fue bastante bien con un 49 de 60... lo peor de todo es que estaría dentro sin problema si no me hubiera equivocado al transcribir una respuesta, solo falta que me quede fuera por poner una mal por despiste y por el dichoso procurador... por cierto puse la A por el famoso plazo de 10 días, si no llegan a poner plazo alguno habría marcado la D por que la ley no establece la obligatoriedad de asistir con procurador a la AP, pero yo sigo viendo la A como correcta, o al menos es una pregunta susceptible de ser impugnada viendo que no se ponen de aucuerdo ni las academias, que algún catedrático dice que es la A... yo la veo anulable(y me vendría de lujo no voy a negarlo)

miguelop2491

• 25/11/2019 21:47:00.
Mensajes: 906
• Registrado: noviembre 2019.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

En la convocatoria creo que no pone nada de que puntúen los idiomas, solo los autonómicos pero para establecer el orden de preferencia entre aprobados

miguelop2491

• 25/11/2019 21:53:00.
Mensajes: 906
• Registrado: noviembre 2019.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

Entre los méritos están los títulos académicos, antiguedad, cursos y exámenes de otros años pero idiomas extranjeros no los veo por ninguna parte, de todas formas si dices que fallaste solo 4 en el primer ejercicio y pasas el segundo yo no estaría muy preocupado, poca gente habrá fallado tan pocas en el primero

miguelop2491

• 25/11/2019 22:05:00.
Mensajes: 906
• Registrado: noviembre 2019.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

Desde luego si no anulan ésta, no anulan ninguna, casi 3 días y no sabemos la respuesta con seguridad

Narusita1

1 gramo de bondad vale más que 1 kilo de intelecto

• 25/11/2019 22:27:00.
Mensajes: 1426
• Registrado: junio 2017.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

[--https://youtu.be/Y4uCoHndyi4--]

josant

Viva España y el rey, viva el orden y la ley!

• 25/11/2019 22:29:00.
Mensajes: 766
• Registrado: abril 2010.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

Es fácil es NULA, porque la solución la da el Tribunal Supremo en una Sentencia, eso demuestra que no es claro el art. de la lec y como no tenemos que sabernos la jurisprudencia pues no tengo lugar a dudas que entre la reserva...

Narusita1

1 gramo de bondad vale más que 1 kilo de intelecto

• 25/11/2019 23:09:00.
Mensajes: 1426
• Registrado: junio 2017.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

Irina, tengo sangre japonesa.

Cibeles99

• 25/11/2019 23:12:00.
Mensajes: 282
• Registrado: marzo 2019.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

Josant así es. Sentencia del TS de 23-07-09.
No hay nada más contundente que eso para que sea NULA

Narusita1

1 gramo de bondad vale más que 1 kilo de intelecto

• 25/11/2019 23:23:00.
Mensajes: 1426
• Registrado: junio 2017.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

Irina92 ¿Qué otro nick tienes en el foro? Tengo mis sospechas jajaja

[--https://youtu.be/aH-_01UlF9M--]

Si estás hace poco en el foro ¿Por qué sabes que mis amigos me llaman naru?

Narusita1

1 gramo de bondad vale más que 1 kilo de intelecto

• 25/11/2019 23:29:00.
Mensajes: 1426
• Registrado: junio 2017.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

Que te han pillao con el carrito del helaoXD.

Narusita1

1 gramo de bondad vale más que 1 kilo de intelecto

• 25/11/2019 23:34:00.
Mensajes: 1426
• Registrado: junio 2017.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

Jajaja, a mí no me mandes el título de francés que ya tengo el mío.
Y nada de suspicacias. Si además tendrás el título de ruso, que te llamas Irina

Narusita1

1 gramo de bondad vale más que 1 kilo de intelecto

• 25/11/2019 23:38:00.
Mensajes: 1426
• Registrado: junio 2017.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

Puedes tener mil idiomas no dan puntos y lo sabes jejeje


[--https://youtu.be/LQOUTn5hnJA--]

ticus

• 25/11/2019 23:43:00.
Mensajes: 301
• Registrado: octubre 2009.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

::: --> Editado el dia : 25/11/2019 23:46:05
::: --> Motivo :

La stc mencionada nada tiene q ver con el fallecimiento del procurador

Cada uno defiende lo suyo....a ver q dice el tcu

Yo insisto q es facultativa la asistencia del procurador en la ap.eso nadie lo discute,pero aquí de lo q se trata no es de eso, sino de ya no existe,q se le tiene por cesado en la representación del dte y q se crea una situación nueva donde ya poco importa si va solo o no a la ap el dte.

Lo q importa es su personación si no quiere q se le dé por renunciado

Narusita1

1 gramo de bondad vale más que 1 kilo de intelecto

• 26/11/2019 0:01:00.
Mensajes: 1426
• Registrado: junio 2017.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

La inasistencia del procurador al acto del juicio, cuando le consta el señalamiento y no alega causa justificada para ello, podrá comportar incumplimiento de deberes profesionales de carácter estatutario y de las obligaciones propias de la relación de apoderamiento, con las consecuencias a que haya lugar –incluso el artículo 553-3.º LOPJ prevé la incomparecencia como generadora de posible responsabilidad disciplinaria exigible por el tribunal–, pero no ha de suponer la privación al litigante de toda posibilidad de defensa en juicio cuando el mismo está presente y asistido técnicamente por abogado.

A tal conclusión conduce, además, la propia previsión del legislador para el caso de la suspensión de vistas, regulada en el artículo 188 LEC, pues en su apartado 1.5.º dispone que la celebración de las vistas en el día señalado solo podrá suspenderse en los siguientes supuestos y, entre ellos, «por muerte, enfermedad, imposibilidad absoluta o baja por maternidad o paternidad del abogado de la parte que pidiere la suspensión, justificadas suficientemente a juicio del secretario judicial, tales hechos se hubiesen producido cuando ya no fuera posible solicitar nuevo señalamiento conforme a lo dispuesto en el artículo 183, siempre que se garantice el derecho a la tutela judicial efectiva y no se cause indefensión …».

La lectura de dicha norma pone de manifiesto que la concurrencia de iguales circunstancias –que incluso pueden ser inmediatas a la celebración del juicio– no está previsto que provoquen la suspensión de la vista cuando afectan al procurador y no al abogado, siendo así que en cualquier caso si el tribunal considera imprescindible en el caso dicha presencia siempre puede instar a la parte a que se lleve a cabo la sustitución por otro procurador en los amplios términos que permite el artículo 29 del Estatuto General de los Procuradores de los Tribunales de España, aprobado por Real Decreto 1281/2002, de 5 de diciembre, incluso sin necesidad de apoderamiento previo, como también prevé el artículo 543.4 LOPJ igualmente la ley no ha exigido de modo especial la presencia del procurador en la audiencia previa al juicio cuando comparezcan las propias partes, según dispone el artículo 414 LEC«

Sentencia del Pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo 402/2016, de 15 de junio de 2016

ticus

• 26/11/2019 0:21:00.
Mensajes: 301
• Registrado: octubre 2009.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

::: --> Editado el dia : 26/11/2019 0:36:26
::: --> Motivo :



Otra stc vacía q no habla de fallecimiento q es lo q importa...no veis el enunciado de la pregunta...
Sólo la respuesta q os interesa...

El poderdante va al órgano judicial 3 días antes a decir q está sinn representación pq ha fallecido su procu!


Y la respuesta es.... La A

Pq?pq es lo q preguntan...todas las stc esas reiteran lo q nadie discute aqui.

Ya sabemos todos q no hace falta q vaya a la ap un procurador (pero existiendo,viviendo...).pero aquí no existe,ha cesado por fallecimiento, está sin representación el dte.y eso lo cambia todo

Villa74

Deja que murmuren y sigue tu camino

• 26/11/2019 0:22:00.
Mensajes: 1481
• Registrado: marzo 2016.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

::: --> Editado el dia : 26/11/2019 0:26:50
::: --> Motivo :

::: -- Editado el dia : 26/11/2019 0:24:55
::: -- Motivo :

Narusita, gracias por copiar lo que ya conocemos y nadie pone en duda.Pero, fíjate que en la mil veces citada sentencia y en la ley, parte de que existe procurador, de que puede ser sustituido, de que aunque no asista a la audiencia previa el procurador vivo, dicha audiencia previa se celebra. Y todo ello lo permite dicha Sentencia porque el procurador no ha cesado en su representación, pero si el pobre ha fallecido, ha cesado en su representación, porque los muertos no pueden representar a nadie, ni ser sustituidos. O se puede sustituir a una persona que ya no está entre nosotros??? Por otro lado, el tribunal podría multar al procurador fallecido por no asistir a la audiencia previa, recurrirá en audiencia y después en alzada el pobre muerto o serán sus herederos??? ... Toda la sentencia supone la existencia terrenal del procurador y no es nuestro caso.

ticus

• 26/11/2019 0:25:00.
Mensajes: 301
• Registrado: octubre 2009.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

::: --> Editado el dia : 26/11/2019 0:30:51
::: --> Motivo :

::: -- Editado el dia : 26/11/2019 0:29:56
::: -- Motivo :

Copia el extracto pq no lo he visto.es más si es lo q has puesto...no sé de dónde lo sacas...

Viene q ha fallecido el procurador...q se ha muerto?en lo de catena si

Narusita1

1 gramo de bondad vale más que 1 kilo de intelecto

• 26/11/2019 0:31:00.
Mensajes: 1426
• Registrado: junio 2017.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

La lectura de dicha norma pone de manifiesto que la concurrencia de iguales circunstancias –que incluso pueden ser inmediatas a la celebración del juicio– no está previsto que provoquen la suspensión de la vista cuando afectan al procurador y no al abogado, s

miguelop2491

• 26/11/2019 0:43:00.
Mensajes: 906
• Registrado: noviembre 2019.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

Yo creo que la discusión más allá de si es la A o la D es si es anulable, y yo creo que lo es, la A recoge el plazo de los días para designar nuevo procurador y la D la no suspensión de la Audiencia Previa pero la veo bastante incompleta y ambigua, no creo que haya una más correcta que la otra en este caso

miguelop2491

• 26/11/2019 0:47:00.
Mensajes: 906
• Registrado: noviembre 2019.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

A ver que porque la hayas acertado no quiere decir que no se pueda anular, la 27 la anularon y la tenía bien y el año pasado anularon bastantes en auxilio que tenía bien y me las tuve que comer, el argumento tuyo para que se quede así es que la has acertado, aunque haya catedráticos que dan por buena la A se ve que tú sabes mucho más, deberías estar en el Supremo por lo menos

ticus

• 26/11/2019 0:48:00.
Mensajes: 301
• Registrado: octubre 2009.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

::: --> Editado el dia : 26/11/2019 0:51:10
::: --> Motivo :

No estoy de acuerdo narusita

Es q lo de la vista da igual...además se trata una ap...se examinará la representación de las partes..pero no te voy a convencer yo,
Sino el tcu

No se si dando la a o anulando la d.y no descarteis la b

Narusita1

1 gramo de bondad vale más que 1 kilo de intelecto

• 26/11/2019 0:53:00.
Mensajes: 1426
• Registrado: junio 2017.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

Si conmigo no tienes que estar de acuerdo, yo pongo lo que dice esa sentencia.
El tribunal decidirá y por lo que veo diga a) o d) va a haber impugnación.

Villa74

Deja que murmuren y sigue tu camino

• 26/11/2019 0:53:00.
Mensajes: 1481
• Registrado: marzo 2016.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

Narusita, para la ilustración de todos copio el enlace para que se pueda leer la Sentencia completa y comprobar que los hechos de nuestro caso son diferentes a los de la sentencia.

[--https://supremo.vlex.es/vid/643593353--]

El propio resumen al inicio, te dice: "Se declara que la no asistencia del procurador al juicio sin causa justificada no puede suponer la privación al cliente de toda posibilidad de defensa, sino que si el juez considera imprescindible su presencia, el litigante puede sustituirlo por otro, siempre que se encuentre presente en la Sala y acompañado por abogado. El alto tribunal señala que la incomparecencia del procurador puede comportar consecuencias disciplinarias, pero que no ha de suponer la privación al litigante de toda posibilidad de defensa en juicio cuando él mismo está presente y asistido por un abogado. Se estima el recurso por infracción procesal."

Es decir, Narusita, deberías haber copiado la parte de la sentencia donde dice que había procurador y que procurador vivo de ese juicio no acudió a la audiencia previa por una causa no justificada. Por tanto, no es nuestro caso.

Iba a enrollarme más, pero es tarde ...

Narusita1

1 gramo de bondad vale más que 1 kilo de intelecto

• 26/11/2019 0:56:00.
Mensajes: 1426
• Registrado: junio 2017.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

Vamos a ver XD. Contempla también el supuesto de un posible fallecimiento que es lo que he puesto.

Villa74

Deja que murmuren y sigue tu camino

• 26/11/2019 1:04:00.
Mensajes: 1481
• Registrado: marzo 2016.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

Narusita, pero lo dice dentro de una argumento, podríamos decir que como obiter dicta, ya que la causa por la que da la razón a la parte recurrente es por la decisión desproporcionada del juez de primera instancia. Porque como dice la sentencia "ante una situación como la que se dio en el caso presente en que, sin conocimiento de la causa motivadora por la parte ni por su abogado, no comparece la procuradora y no es posible su localización, es preciso determinar si resulta proporcionada, y acorde con los derechos constitucionales de tutela judicial y defensa en juicio, la consecuencia de tener por no presente a la parte y privarle de cualquier intervención, incluida la práctica de la prueba que se le había admitido y que podía llevarse a cabo en ese momento sin detrimento alguno de derechos para la contraria."

Entonces, al valorar la situación considera el tribunal Supremo que no tener por comparecido a la parte actora va contra sus derechos constitucionales de tutela judicial y defensa en juicio. Cosa que no tiene nada que ver con nuestro caso.

Villa74

Deja que murmuren y sigue tu camino

• 26/11/2019 1:06:00.
Mensajes: 1481
• Registrado: marzo 2016.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

El Tribunal Supremo, después da diferentes soluciones que podía haber tomado el Tribunal pero básicamente anula la sentencia por indefensión ...

ticus

• 26/11/2019 1:09:00.
Mensajes: 301
• Registrado: octubre 2009.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

::: --> Editado el dia : 26/11/2019 1:10:40
::: --> Motivo :

Coincido q esa stc se aleja de nuestro caso pq el procu está vivito y coleando.

No contempla ningún supuesto de fallecimiento de procurador....muy contrario a lo del manual del catedrático de la Carlos iii q está por lo visto equivocado como yo,villa74,etc

Si estuviera vivo y no fuera....me da igual la causa...acepto la d...pero ha fallecido y eso cambia todo

Narusita1

1 gramo de bondad vale más que 1 kilo de intelecto

• 26/11/2019 1:10:00.
Mensajes: 1426
• Registrado: junio 2017.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

Yo me retiro de la discusión. A dormir!

ticus

• 26/11/2019 1:12:00.
Mensajes: 301
• Registrado: octubre 2009.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

Descansa narusita.a mí me parece bonita la discusión...pq nos damos cuenta lo difícil q es todo esto y de lo q dependemos a veces

ticus

• 26/11/2019 1:25:00.
Mensajes: 301
• Registrado: octubre 2009.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

::: --> Editado el dia : 26/11/2019 1:35:48
::: --> Motivo :

La respuesta d no dice algo q no sea cierto sophie1.

Pero aquí preguntan q tiene q hacer órgano si se entera por el dte q ha fallecido el procurador

Para mi la d es correcta,pero si hay procurador obviamente

Pero es q no hay procurador...y esto hace q la anulación sea posible si dan la d.

Yo creo q preguntaban q pasaba si fallece el procu....

Copio literal:

Tres días antes de la ap,comparece Felipe y manifiesta q su procu ha fallecido.En tal caso...

Seiyaa

• 26/11/2019 9:03:00.
Mensajes: 68
• Registrado: septiembre 2018.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

::: --> Editado el dia : 26/11/2019 9:08:22
::: --> Motivo :

::: -- Editado el dia : 26/11/2019 9:06:16
::: -- Motivo :

De verdad!! Qué agotamiento de hilo....entiendo la crispación, desesperación por aprobar, años de estudio que por una pregunta se vaya todo al traste pero buscar algo donde no lo hay es totalmente absurdo.Yo no dudé ni un minuto en que tenía que ser la D.1) porque este articulo lo tenía trillado, 2) ya pusieron una pregunta parecida hace dos años y estuve preguntando a tó Dios sobre este asunto y 3) lo más importante, nos pongamos como nos pongamos, no se suspende la audiencia en este caso en concreto, lo dice la ley en su art.414....y lo dice en el 188, porque simplemente puede compacerer por sí mismo...sin perjuicio de su nombramiento por supesto... hay jurisprudencia del Supremo al respecto en fin....no sé cuál darán por buena pero la A es imposible por el mero hecho de contemplar la suspensión en la misma,no dudo que en la práctica se haga, claro que se hace, harta estoy de hacer juicios y suspenderlos a la mínima pero no por ser fieles a ley, no, sino porque al juez tb le viene bien descansar de juicios.En fin......que salga ya la plantilla, es lo único que pido.

Iñaqui1964

• 26/11/2019 9:11:00.
Mensajes: 2642
• Registrado: diciembre 2009.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

Po zí

Iur

MAS VALE MORIR DE PIE QUE VIVIR DE RODILLAS

• 26/11/2019 9:40:00.
Mensajes: 180
• Registrado: octubre 2016.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

A mi que en un foro se discuta sobre una pregunta de un examen me parece bien y enriquecedor, con jurisprudencia y demás...yo también creo que van a dar por buena la d, pero algunos foreros me han hecho dudar y eso está bien... prefiero esto a los hilos sobre las situaciones que se crean en un examen buscando desestabilizar por no asumir sus errores y buscá solución a ellos...es lo de todos los años...yo el año pasado caí y rápido lo asumí que la culpa fue mía...pero esto no es nuevo, es la pataleta de cuatro que además monopolizan un foro y lo destrozan.

belov

hasta la victoria siempre

• 26/11/2019 10:28:00.
Mensajes: 108
• Registrado: marzo 2019.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

Es la A.
No se puede estar sin representación, artículo 30 LEC.

Sí se suspende: artículo 188 nº1,7º de la LEC: leerlo está bien claro.

belov

hasta la victoria siempre

• 26/11/2019 10:51:00.
Mensajes: 108
• Registrado: marzo 2019.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

El LAJ, desde que le comunican el fallecimiento del Procurador tiene la obligación de suspender el procedimiento: es decir 3 días antes de la audiencia previa se suspende el procedimiento: se le da a D.Felipe el plazo de díez dias para que se persone en el procedimiento con nuevo Procurador, una vez pasado el plazo de díez dias se alza la suspensión y se decide según el demandante haya presentado nuevo Procurador o no.
Como no hay Procurador, 3 días antes de la Audiencia previa, el procedimiento está suspendido y por tanto todo lo que hubiese estado acordado, que es la audiencia previa:artículo 188 nº1, 7 de la LEC, está suspendido.
Según Moreno Catena, según yo y según alguien con muchos conocimientos jurídicos.

Iñaqui1964

• 26/11/2019 11:22:00.
Mensajes: 2642
• Registrado: diciembre 2009.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

Yo ya llevo tres LAJ consultados y todos coinciden con la a), peeeeero.... ya veremos qué dice el Tribunal

Bruno32

• 26/11/2019 11:27:00.
Mensajes: 105
• Registrado: junio 2018.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

Yo también, todos me dicen que se suspende. No obstante, creo que el tribunal va a dar por buena la d) y que tras las impugnaciones correspondientes, la va anular.

Marisol85

• 26/11/2019 12:13:00.
Mensajes: 42
• Registrado: marzo 2018.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

Yo he ejercido de abogada, y ayer tenía tanta curiosidad con la maldita pregunta que me acerqué al juzgado y le pregunté a la magistrada del juzgado de primera instancia numero 9 de granada, con la que tengo algo de confianza y me dijo q era la a) sin lugar a dudas...

Iñaqui1964

• 26/11/2019 12:30:00.
Mensajes: 2642
• Registrado: diciembre 2009.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

Estas cosas suelen quedar a criterio del órgano, es lo que se llama "usos judiciales" que no son fuente del derecho procesal, pero que están allí, y mientras no supongan una desvirtuación de la objetividad y uniformidad del proceso y no causen indefensión, se admiten. Ahora bien, que den lugar en un examen a esta situación es un poco surrealista.

miguelop2491

• 26/11/2019 12:32:00.
Mensajes: 906
• Registrado: noviembre 2019.

RE:Pregunta procurador fallecido (hilo 2)

Ya sale más a cuenta esperar a la plantilla y ver qué dice, porque no nos vamos a poner todos de acuerdo en esto...


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


Encuentra tu Oposición