Inicia sesión
FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Justicia
709.897 mensajes • 396.104 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 28/11/2019 14:46:00.
• Mensajes: 34
• Registrado: noviembre 2019.
Interpreto que la puntuación para superar el 2º y 3º ejercicio en los ámbitos territoriales con número de aspirantes de partida inferior al 10% por plaza sería el 50% de la puntuación que obtenga el mejor ejercicio, conforme a lo que se recoge en el punto 1.4 de la convocatoria de GESTIÓN cuando habla de PUNTUACIÓN MÁXIMA POSIBLE.
En base a ello, en esos ámbitos, si el mejor ejercicio del segundo de gestión ha obtenido 14,25, aprobaría el ejercicio y por tanto podría hacer el tercero aquellos que hubieran obtenido 7,12'5.
Téngase en cuenta que para pasar el primero, en todo caso, es necesario el 60% de la PUNTUACIÓN POSIBLE (que es 100);
Mientras que para pasar el 2º y el 3º, sólo en esos ámbitos, sólo se necesita obtener el 50% de la PUNTUACION MÁXIMA POSIBLE ( ó PUNTUACIÓN POSIBLE MÁXIMA - así se entiende mejor- ) que, como digo, es la que haya obtenido el mejor ejercicio.
• 28/11/2019 15:27:00.
• Mensajes: 31
• Registrado: noviembre 2019.
Yo entiendo en puntuación máxima posible un 15. Máximo que se puede conseguir.
Por tanto, se pasa con el 50% de eso: 7'5 y al tercero.
• 28/11/2019 15:45:00.
• Mensajes: 137
• Registrado: enero 2018.
Interpretas mal, es cierto que es así en algunas Administraciones, pero no en esta.
• 28/11/2019 16:05:00.
• Mensajes: 1382
• Registrado: mayo 2019.
Sí, como te dice Lidia, en otras administraciones es así. Y de hecho así se va a puntuar en el ejercicio de word de tramitación, según la convocatoria. Pero no he visto en ninguna otra convocatoria de justicia ningún ejercicio más al que se pueda aplicar ese criterio.
En gestión eso no se aplica.
• 28/11/2019 19:44:00.
• Mensajes: 34
• Registrado: noviembre 2019.
No se trata de lo que hagan en otras administraciones, sino de lo que dice la convocatoria.
Y claramente distingue entre PUNTUACIÓN POSIBLE y PUNTUACIÓN MÁXIMA POSIBLE.
La PUNTUACIÓN POSIBLE solo la aplica al primer ejercicio, en todo caso, y al segundo en ámbitos "normales"
y la PUNTUACIÓN MÁXIMA POSIBLE la aplica al segundo y tercer ejercicio de ámbitos -10% y turno de discapacidad.
En la convocatoria de tramitación también hace la distinción entre puntuación posible y máxima posible.
Lo que pretende la convocatoria es que en los ámbitos en que se ha presentado poca gente no se queden plazas desiertas y por esto no aplica "la nota mínima normal", que se recoge en los tres primeros párrafos del punto 1.4 de la convocatoria, al párrafo 4º donde recoge una puntuación distinta que es la MÁXIMA POSIBLE y esta puntuación máxima posible es el cambio que establece la convocatoria para el tercer ejercicio en los ámbitos -10% y turno de discapacidad con respecto a los "ámbitos normales".