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709.323 mensajes • 396.059 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 17/12/2019 21:01:00.
• No registrado.
• 17/12/2019 21:04:00.
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La 95 del.modelo A es la b. ¿Pero es que no pueden hacer nada bien?
Yo voy a impugnar tres preguntas. Hay modelos colgados por el foro y hay un hilo
Que pone la dirección donde.enviarla.
• 17/12/2019 21:53:00.
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Aunque la envíes por correo certificado no llega, hace más de una semana que certifiqué una carta y sigue en el mismo lugar, o sea, en mi oficina de correos, así que en 5 días no llega y ni en 20, menos en las fechas en las que estamos, por lo que tiene que haber otra forma de impugnar porque por correo es inútil
.
• 17/12/2019 22:03:00.
• Mensajes: 111
• Registrado: mayo 2009.
Han un mail. Yo lo vi en otro Hilo. Lo busco y os lo pego
• 17/12/2019 22:19:00.
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• Registrado: diciembre 2019.
Error en la 31 del modelo A debería impugnarse por no haber ninguna correcta.
Se está intentando dar por bueno algo que evidentemente no lo es. La respuesta que apunta el TCU como correcta dice “no será necesario EL TRATAMIENTO de los datos ya facilitados por las partes...”
En cambio en Artículo 236 quáter LPOJ
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.2 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, no será necesario el CONSENTIMIENTO del interesado para que los Tribunales procedan al tratamiento de los datos en el ejercicio de la potestad jurisdiccional, ya sean éstos facilitados por las partes o recabados a solicitud del propio Tribunal, sin perjuicio de lo dispuesto en las normas procesales para la validez de la prueba.
No solo que Tratamiento y consentimiento no son sinónimos, si no que la que se intenta dar por correcta es contraria a la norma
Yo la veo totalmente impugnable y deberian incluso haberlo hecho ya de oficio