Inicia sesión
FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Justicia
709.323 mensajes • 396.059 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 18/12/2019 17:45:00.
• Mensajes: 2
• Registrado: diciembre 2019.
Buenas tardes a este gran foro de las oposiciones a los Cuerpos Generales de la Administración de Justicia. Llevo algo de tiempo leyendo y siguiendo multitud de hilos y mensajes abiertos y, por fin, me he decidido a entrar para dejar este mensaje a quien le pueda interesar. Ya he impugnado la pregunta 15 del modelo A ante el TCU y por si alguno de vosotros le puede interesar le dejo una copia del escrito con la argumentación. No voy a entrar en polémicas ni discusiones sobre si está bien o mal, del derecho o del revés. No tengo ningún interés ni tiempo para perderlo. A quien no le interese, que no lo lea ni pierda su tiempo. Si quieren hacerme alguna pregunta, por privado. Mucha suerte y ánimo para todos, pues una oposición hay que pasarla para entenderla, y más si es de este Ministerio.
AL TRIBUNAL CALIFICADOR ÚNICO DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS
CUERPO DE TRAMITACIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA (ACCESO LIBRE)
Asunto: Impugnación de preguntas primer ejercicio; primera prueba modelo A.
D./Dña.XXXXX, con DNI nº XXXX, con domicilio a efectos de notificaciones C/ XXXXXX.y teléfono de contacto XXXX.
DICE:
Que habiendo participado en la citada prueba y ejercicio de referencia por el ámbito territorial de XXXXXXX, procedo a IMPUGNAR la siguiente pregunta por no estar ajustadas a derecho:
1.- Pregunta nº 15. Fundamento de la impugnación.
Del tenor literal de la pregunta: “¿Qué Organos jurisdiccionales comprende el TJUE?” se puede interpretar de forma correcta que se tiene que contestar a esa pregunta acerca de los órganos jurisdiccionales que en la actualidad, a fecha 15 de diciembre de 2019, comprende dicho TJUE, no pregunta “cúales pudiera comprender”, si dado el caso, se pudieran crear con posterioridad otros órganos jurisdiccionales, puesto que el Consejo puede decidir por mayoría cualificada la creación de tribunales especializados, en codecisión con el Parlamento y a petición de la Comisión o del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, y esos órganos actualmente vigentes son 2: El Tribunal de Justicia y el Tribunal General, no habiendo en la actualidad ningún tribunal especializado en funcionamiento, puesto que el que sí lo estaba, EL ANTIGUO TRIBUNAL DE LA FUNCIÓN PÚBLICA DE LA UNIÓN EUROPEA, creado en 2004, al que le correspondía conocer de los litigios entre las instituciones de la Unión y sus agentes, a falta de un órgano jurisdiccional nacional competente. En el marco de un incremento general en el número total de jueces del Tribunal de Justicia, el Tribunal de la Función Pública fue suprimido el 1 de septiembre de 2016 e integrado en el Tribunal General en virtud del Reglamento (UE, Euratom) 2016/1192 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de julio de 2016, relativo a la transferencia al Tribunal General de la competencia para conocer, en primera instancia, de los litigios entre la Unión Europea y sus agentes. Los asuntos pendientes ante el Tribunal de la Función Pública el 31 de agosto de 2016 se remitieron al Tribunal General con efecto a partir del 1 de septiembre de 2016. El Tribunal General sigue tramitando estos asuntos en el estado en que se encontraran en esa fecha, y las disposiciones procesales adoptadas en tales asuntos por el antiguo Tribunal de la Función Pública siguen siendo aplicables.
Como argumentación adicional a dicho razonamiento hago constar varias páginas web oficiales de la UE que ratifican, sin lugar a dudas, que los órganos jurisdiccionales que comprende el TJUE son dos: El Tribunal General y el Tribunal de Justicia. (Acompaño, a modo meramente informativo, la primera página de la primera de las referencias citadas).
[--http://www.europarl.europa.eu/ftu/pdf/es/FTU_1.3.9.pdf--]
[--https://europa.eu/european-union/about-eu/institut...ourt-justice_es--]
[--https://curia.europa.eu/jcms/upload/docs/applicati...06984-05_01.pdf--]
[--https://eur-lex.europa.eu/summary/glossary/eu_court_justice.html?locale=es--]
[--https://curia.europa.eu/jcms/jcms/T5_5230/es/--]
No siendo, como consecuencia de todo el razonamiento anterior, tampoco correctas las restantes respuestas ofrecidas en esta pregunta,
Por todo lo anterior,
SOLICITO que se tenga por presentado este escrito y, en su virtud, se proceda a dictar resolución anulando la pregunta y prueba objeto de esta impugnación y en su lugar, se incluyan en la valoración del examen las preguntas de reserva que correspondan.
En XXXX, a X de Diciembre de 2019
Fdo.: XXXXXXX
• 18/12/2019 22:09:00.
• Mensajes: 709
• Registrado: julio 2016.
Muchas gracias es la q quiero impugnar yo
• 18/12/2019 23:39:00.
• Mensajes: 1481
• Registrado: marzo 2016.
sichianna, en tú derecho estás, pero veo difícil que la acepten.