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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Justicia
709.308 mensajes • 396.057 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 30/03/2020 23:34:00.
• No registrado.
• 31/03/2020 0:19:00.
• Mensajes: 401
• Registrado: noviembre 2018.
Mi sincera opinión es que estas aprobado, pero que te has extendido tanto en las primeras preguntas adornando, que las últimas te han quedado bastante más pobres.
Bajo mi punto de vista el examen en conjunto esta bien, pero me sobra mucho rollo. Espero que no te ofendas, lo digo sin acritud alguna.
Mucha suerte!
• 31/03/2020 0:32:00.
• Mensajes: 108
• Registrado: marzo 2020.
Está aprobado de sobra, tranquilo.
• 31/03/2020 0:33:00.
• Mensajes: 88
• Registrado: abril 2018.
Alguien puso en su día una “plantilla” que bajo mi punto de vista fue muy acertada,
Con ella se podía cada uno auto corregir su examen, si alguien la recupera...yo no me acuerdo ni quien la confeccionó
Te lo comento porque todas tus preguntas son extensas pero en algunas te faltan datos que se piden, te extiendes tanto en repetir el encuadre en cada pregunta que te hizo perder tiempo, también todo esto desde mi opinión y sin desmerecer , pues yo no hice casi encuadre y debería haberlo puesto,
Yo creo que del 12,5 pasas y ya la nota en función de ámbito y demás exámenes ...
Lo dicho, si alguien “rescata “ aquella plantilla todos nos podríamos hacer una idea objetiva de la puntuación que podríamos tener
• 31/03/2020 0:49:00.
• Mensajes: 18
• Registrado: marzo 2020.
Pienso que está aprobado.....Enhorabuena por el examen...
• 31/03/2020 8:00:00.
• Mensajes: 19
• Registrado: marzo 2020.
Buenas sweet chili, en primer lugar creo que tú examen esta aprobado seguro, aunque reitero lo que te han dicho, te has explayado mucho en alguna pregunta sin necesidad perjudicando el resto, pero vamos que a mí también me ocurrió.
En segundo lugar, me alegra ver un examen tan "extenso" puesto que es bien parecido al mío, y ami me tacharon de troll y de inventarme el examen, como si no tuviera nada mejor que hacer. Si quieres echarle un vistazo el hilo es RE:MI TERCERO DE GESTIÓN.
Ánimo y tranquil@!!
• 31/03/2020 9:44:00.
• Mensajes: 177
• Registrado: febrero 2020.
::: --> Editado el dia : 31/03/2020 9:46:39
::: --> Motivo :
Yo creo que tú examen está aprobado, has contestado a todas una mejor y otras peor pero creo que no estás aprobado raspado tmp sino por el medio. En qué ámbito de presentaste ?
• 31/03/2020 11:33:00.
• Mensajes: 102
• Registrado: enero 2019.
En las primeras preguntas te has enrrollado demasiado e inncesariamente, puesto que has perdido tiempo para desarrollar el resto.
Tienes fallos garrafales, como en la primera pregunta: en el orden civil, salvo si hablamos de algunos procesos especiales, sobre todo en materia de matrimonio y menores, el Tribunal JAMÁS ordena la práctica de prueba de oficio, es una cagada importante, porque cagarla en un plazo, se puede perdonar, pero eso no.
• 31/03/2020 11:58:00.
• Mensajes: 401
• Registrado: noviembre 2018.
Por cierto no se si hay dos errores de transcripción, pero creo recordar que los divorcios contenciosos y demás, se regulan en el 770 de la Lec, no en el 790 no?
Y en lo de las medidas de naturaleza civil, pones que se prorroga la vigencia cuando se interpone demanda ante el orden penal. No entiendo bien a qué te refieres si antes pones bien que la demanda es en proceso de familia.
Pero bueno, quitando lo comentado de que te enrollas un poco con cosas que no se preguntan, esta bien.
Tu mejor pregunta creo que es la 5.
• 31/03/2020 12:12:00.
• Mensajes: 401
• Registrado: noviembre 2018.
De eso no tengas dudas, nos castigamos muy duramente.
Yo por ejemplo en la de la reconvención tengo una causa mal de las 4 y siempre me cuento un 1/2.5 en esa pregunta. Puede que sea excesivo o que no, pero prefiero pecar de exagerada y ver que sigo llegando a 12.5 sin tener 2 en ninguna, que pecar de optimista.
• 31/03/2020 12:17:00.
• Mensajes: 102
• Registrado: enero 2019.
Considero que fallar un plazo es perdonable porque plazos hay miles para recordar y obviamente no somos computadoras, ni se pretende. Además, que siempre me ha parecido absurdo memorizar números, ya sean plazos, artículos o fechas, pero bueno. En cambio, saber (o en este caso, poner) que en el orden civil la prueba no se practica de oficio, salvo en los procesos especiales, sí es importante, puesto que es una de las principales características del orden procesal civil frente al orden procesal penal, por ejemplo, puesto que hablamos de derecho privado frente a derecho público, pero bueno... Por supuesto que un examen no se suspende por un error, sino por la suma de errores y de omisiones.
• 31/03/2020 12:18:00.
• Mensajes: 372
• Registrado: marzo 2020.
Gracias por subirlo.
En mi humilde opinión, el tuyo es un claro ejemplo de cómo un examen que iba para nota puede terminar en un simple aprobado por una mala distribución del tiempo y errónea selección de ideas. Se notan las prisas a partir de la pregunta 6, con sus correspondientes fallos y omisiones. Por otro lado, te has explayado con las referencias legislativas, pasando a vuela pluma sobre otros puntos más importantes.
Tranquilo, deberías aprobar de sobra.
PD: Para la próxima convocatoria deberían aumentar el tiempo del examen a 120 minutos.
• 31/03/2020 13:02:00.
• Mensajes: 177
• Registrado: febrero 2020.
En qué ámbito te presentaste?
• 31/03/2020 13:52:00.
• Mensajes: 102
• Registrado: enero 2019.
Otro fallo que tienes en la primera pregunta es que los medios de prueba NO se regulan en el Libro I de la LEC, sino en el Libro II (procesos declarativos), por ejemplo...
• 31/03/2020 15:41:00.
• Mensajes: 177
• Registrado: febrero 2020.
No pasa nada entiendo. Es más que nada por ver el nivel de los ámbito, siempre pregunto. Ahora toca esperar las notas y con todo lo que está pasando es muy difícil no darle vueltas al examen.