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709.293 mensajes • 396.056 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 07/04/2020 17:06:00.
• Mensajes: 108
• Registrado: marzo 2020.
::: --> Editado el dia : 07/04/2020 17:36:19
::: --> Motivo :
Pues eso, que dada la pésima redacción del enunciado, si alguien piensa que la respuesta correcta podría ser el art. 779.1.5º LECRIM, que dice: "1.Practicadas sin demora las diligencias pertinentes, el Juez adoptará mediante auto alguna de las siguientes resoluciones: 5º Si, en cualquier momento anterior, el investigado asistido de su abogado hubiere reconocido los hechos a presencia judicial, y estos fueran constitutivos de delito castigado con pena incluida dentro de los límites previstos en el artículo 801, mandará convocar inmediatamente al Ministerio Fiscal y a las partes personadas a fin de que manifiesten si formulan escrito de acusación con la conformidad del acusado. En caso afirmativo, incoará diligencias urgentes y ordenará la continuación de las actuaciones por los trámites previstos en los artículos 800 y 801."
Edito para tenerlo todo a golpe de vista, el enunciado era éste: “Diligencias urgentes ante el Juzgado de Guardia en el caso de que haya conformidad del acusado con la pena solicitada:instrucción y conclusión.”
• 07/04/2020 17:13:00.
• Mensajes: 666
• Registrado: diciembre 2018.
Yo puse esa... Y laa causas de conformidad.
• 07/04/2020 17:25:00.
• Mensajes: 401
• Registrado: noviembre 2018.
Pues puede ser que estuvieran pidiendo eso y no lo que hemos puesto la mayoría.
Para mi el problema fue que hablaban de conformidad del acusado con la acusación.
Si hubiera sido: procedimiento para el enjuiciamiento rápido de determinados delitos: instrucción y conclusión. Estaría 100% segura de que vuestra respuesta es la buena, pero yo me fui por el 801 por la parte del enunciado que decía lo de la conformidad del acusado con la acusación.
Espero que al ver los exámenes vean que esa pregunta no fue nada concreta y valoren todas las respuestas por igual. Las vuestras y las de los que nos fuimos por el 801 lecrim.
• 07/04/2020 17:28:00.
• Mensajes: 539
• Registrado: octubre 2017.
::: --> Editado el dia : 07/04/2020 17:28:51
::: --> Motivo :
¿Se han pronunciado los preparadores de renombre (David Monsalve, Molina, ..) y las academias (Adams, bazan, ..) sobre qué consideran ellos cual es la respuesta correcta?
• 07/04/2020 17:48:00.
• Mensajes: 62
• Registrado: noviembre 2016.
Hola,,vamos a ver doy mi interpretación..En El Tema 49 del Procedimiento Abreviado hay un epígrafe que pone literal Conclusión de la Fase instructora.La Conformidad por reconocimiento de los hechos.
Este Epígrage se encuedra dentro de artíiculo 779.5..Pero dicho articulo habla de si el investigado asistido de Abogado hubiese reconocido los hechos..Es la fase de instrucción y por lo tanto es investigado no acusado hasta qno acusado hasta que se abra el Juicio Oral
La pregunta 8 habla en caso de conformidad del acusado con la pena solicitada.y habla De Dilegencias Urgentes..ante Juzgado de Guardia. Habla de Acusado..y por lo tanto El Articulo 800 Lecrim dice Literal Que Abierto el Juicio Oral si no se hubiese constituido acusación particular el MFiscal presentara de inmediato su escrito de acusación o formularà ésta oralmente...A la vista de la acusación podra el acusado en en mismo acto presentar su conformidad con arreglo al articulo 801 Lecrim..
Por lo tanto Namiopo ..La pregunta se refiere al 800 y 801 de Lecrim.
• 07/04/2020 17:58:00.
• Mensajes: 73
• Registrado: febrero 2020.
Lo de "acusado" está bien visto, pero entonces por qué te ponen los: instrucción y conclusión. Por esa parte y el comienzo de diligencias urgentes yo les hable un poco de ellas...
• 07/04/2020 21:44:00.
• Mensajes: 405
• Registrado: febrero 2020.
En mi opinión sin ser clarividente porque la pregunta es muy confusa, doy mi opinión sobre cuál es el contenido de la respuesta.
Se pregunta por la conformidad ante el juzgado de guardia: instrucción y conclusión.
Por lo tanto lo primero que habría que decir es cómo empieza el procedimiento: atestado y algún delito de los previstos para este caso, señalamiento a través de agenda electrónica en juzgado en servicio de guardia.
Luego si procede, Auto de incoación no recurrible.
La pregunta daría pie a hablar de la instrucción en sentido estricto: pericial, antecedentes, testificales etc, que yo no puse por falta de tiempo y espacio. Espero que el Tribunal al decir instrucción quisiera decir tramitación que me cuadraría más pero solo es mi intuición.
Sí hay que poner obviamente que el investigado en su declaración reconoce los hechos)
Después, en su caso si no faltan diligencias, no es menor, delito leve, etc, los autos de continuación y apertura juicio oral irrecurribles.
Conformidad, requisitos (serían los mismos que la conformidad en Abreviado, por eso digo que si se ponen solo estos sin aclarar más, no es lo que preguntan)
Prestación del consentimiento: manifestación libremente prestada y consciente de sus consecuencias.
Sentencia irrecurrible salvo en caso de consentimiento libremente prestado.
Posible sustitución o suspensión de la pena si fuera privativa de libertad por 2 años.
Remisión al Jdo penal de ejecución.
Por lo que decís de distinción de si habla de investigado o acusado, yo no le veo relevancia, en caso del abreviado se transforma el procedimiento, y luego con auto apertura j oral pasa a ser acusado (ya sé que conformidad ante juez de instrucción No de guardia no es lo q preguntan) y en Jdo de guardia también pasa a ser acusado con auto j. Oral.
Eso es más o menos o más bien menos lo que yo he contestado (además puse confuso los plazos) y ya digo que quien decide lo que ha preguntado es el Tribunal no yo, no tengo ninguna intención de polemizar.
Salud y suerte a todos
• 07/04/2020 22:04:00.
• Mensajes: 405
• Registrado: febrero 2020.
Lo de delitos previstos en la ley para este tipo de procedimiento lo puse así casi literal, si hubiera tenido tiempo quizá los hubiera enumerado, porque es un requisito para la instrucción que se trate de uno de ellos
• 07/04/2020 22:22:00.
• Mensajes: 401
• Registrado: noviembre 2018.
Vamos, según algunos había que resumir todo el juicio rápido. Según otros solo conformidad, según otros instrucción y diligencias hasta el auto de continuación de procedimiento....
Yo por si acaso, me estoy contabilizando con un 1.25 esa pregunta....
• 07/04/2020 22:49:00.
• Mensajes: 906
• Registrado: noviembre 2019.
Yo me la estoy contando como dudosa y ya está, me decanté por poner la conformidad del tema de los juicios rápidos porque el enunciado habla de diligencias urgentes(las del juicio rápido) y conformidad del acusado por tanto creía que era lo que más se ajustaba al enunciado pero a saber... relacioné esas dos cosas y para dentro xD aunque si hubiera tenido más espacio y tiempo habría metido las diligencias urgentes como tal que es otro apartado pero no me daba para más... puse lo que pude del 801 y tirando, tampoco es que hubiera mucho tiempo para recrearse en las preguntas y tenías que ir a lo que creías que preguntaba, no te podías explayar mucho o te quedabas sin tiempo.
• 08/04/2020 0:24:00.
• Mensajes: 200
• Registrado: noviembre 2018.
Pues yo soy más que nadie, porque puse el 779, el 801, el 797 y de carrerilla el 798, el 799, el 800 y no sé si me dejo alguno por el camino. Además de mencionar el 795. Y pensaréis ¿y cómo coño es posible? Pues magia potagia, señores, el truco del almendruco. El que vale, vale, y el que no, estudia Derecho. Y perdí 20 minutos en esa pregunta. ¿Y cómo coño respondiste el resto del examen? - se preguntará alguno- ¿y cómo coño te cabía toda esa tralla en una sola carilla?- se preguntará algún otro- pues porque me hice un sol y sombra en el panaria mientras me repasaba la ejecución civil, de la que no cayó una sola pregunta (que, por cierto, alivia la garganta). ¡Pero si no sirven eso en el panaria! -dirá algún escéptico- ¡Pero si este mindundi dice que fuma hachís! -dirán los más avispados- pues ése precisamente es el misterio de la vida: cómo unos con tan poco tienen tanto y otros con tanto creen que tienen tan poco...
Decía Martín Fierro lo siguiente -para el que tenga la comezón de seguir leyendo-:
"Para vencer cualquier peligro,
salvar de cualquier abismo,
por experiencia lo afirmo:
más que el sable y que la lanza,
suele servir la confianza
que el hombre tiene en sí mismo"
Y es la pura verdad.
Y pensará el último: ¿y a qué viene toda esta mierda?