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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Justicia
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• 14/05/2020 19:44:00.
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Si el tribunal considerare injustificada la oposición, condenará al requerido al pago de las costas causadas por el incidente. Esta decisión se acordará por medio de auto contra el que no cabrá recurso alguno.
¿Aquí no se le produce indefensión con esta resolución que le condena al pago sin posibilidad de ser revisado?
• 14/05/2020 20:00:00.
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siguiendo ese razonamiento, ¿se produce indefensión cada vez que la ley no concede recurso frente a una resolución?
• 14/05/2020 21:28:00.
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diriu, tienes razón, pero aquí precisamente no deja la opción abierta al oponente que ha visto rechazada su pretensión reproducirla en el recurso que quepa contra la resolución que ponga fin al proceso, se me ocurre, pensemos que quien ha instando las diligencias preliminares no interpone la correspondiente demanda, sé que es rebuzcado pero puede darse, a eso era lo que me refería...
Gracias.
• 14/05/2020 21:42:00.
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bueno, si no interpone la demanda pierde la caución que previamente ha tenido que prestar, precisamente para responder de los daños que las DP puedan causar al demandado/requerido.
Las DP no son un proceso, sino un procedimiento pensado para que el demandante pueda empezar su proceso con garantías. Al demandado/requerido no se le está demandando todavía y no tiene que defenderse, lo único que tiene que hacer es "facilitar" que el demandante ejerza su derecho. Y esto no es a cualquier precio, sino previo control del Tribunal, que admitirá o no las DP, y previa caución en todo caso.
El demandado/requerido no interpone ninguna pretensión, solo se opone a las DP (es decir, no quiere exhibir la cosa, la historia clínica, el contrato o lo que sea). Me imagino que la oposición tendrá sentido cuando el requerido no tenga la cosa, o el asunto no vaya con él en absoluto, o le ampare alguna razón de peso para no hacerlo... pero se le avisa de que si se desestima su oposición pagará las costas, para que no salga con cualquier excusa. Además, le van a indemnizar los gastos en que incurra. Y luego claro que podrá recurrir la resolución que decida el fondo (siempre que se presente la demanda, claro).
• 14/05/2020 21:55:00.
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Genial tu explicación :-), gracias.