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• 22/05/2020 22:08:00.
Mensajes: 111
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Artículos 852 LECRIM y 5 de la LOPJ.

Entre estos dos preceptos existe una relación, además de la literalidad de su contenido, porque mirando la LECRIM, en el año 1997, el 852 estaba derogado.
¿No sé si se me escapa algo?
En todos los casos en que, según la ley, proceda recurso de casación, será suficiente para fundamentarlo la infracción de precepto constitucional. Artículo 5 LOPJ.
En todo caso, el recurso de casación podrá interponerse fundándose en la infracción de precepto constitucional. Artículo 852 LECRIM.

1 RESPUESTAS AL MENSAJE

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