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FOROS OPOSICIONES FORO Oposiciones Justicia
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• 21/06/2020 21:05:00.
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[--https://www.cronicabalear.es/2020/06/una-sentencia...ertan-en-fijos/--]
• 21/06/2020 21:06:00.
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Una sentencia pionera abre la vía para que 200 interinos de Palma se conviertan en fijos
Por Esther Ballesteros -21/06/2020
[--https://www.cronicabalear.es/2020/06/una-sentencia...ertan-en-fijos/--]
A lo mejor cuando opositó la Jueza no se había escrito aún la Constitución E. y no la leyó después.
Pregunto desde el total desconocimiento (Nisiquiera oposito a justicia, me paso de vez en cuando por aqui para intercambiar temario de word..) Es una posibilidad real que se haga fijos a interinos asi sin mas, despues de eso?
De todas formas rectifico lo de la jueza, dentro de cómo comentaron no existe la categoría de fijo (sería indefinido) en justicia, fijo sólo significa que te pueden echar pagándote la indemnización correspondiente, un tema complicado legalmente.
• 22/06/2020 9:51:00.
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• Registrado: junio 2020.
::: --> Editado el dia : 23/06/2020 21:43:45
::: --> Motivo :
😒
• 22/06/2020 11:31:00.
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El tema este de los que no han pasado los cortes y quieren la plaza por su cara bonita ya aburre, cada poco sale un post de estos, si así fuera hace mucho que todos los interinos seriáis fijos. Según vosotros la justicia lleva como mínimo dos años sentando precedentes con sus sentencias sobre la fijeza y también el TJUE.
Que aburrimiento de verdad....
• 22/06/2020 15:08:00.
• Mensajes: 2
• Registrado: enero 2020.
El tema es bastante complejo, este tipo de cuestiones no es posible informarse debidamente en la prensa-tv, el que quiera saber más sobre este tema le recomendaría este blog [--https://ignasibeltran.com/.--]
Mi punto de vista es k hay un gran lío legislativo, y eso lo tienen k arreglar los políticos ( de ahí el lío). Cada 2 x 3 salen en los medios noticias contradictorias sobre este tema y eso se debe, x una parte, x k algunas Sentencias se refieren a la cláusula 4 (a = trabajo = derechos) de la directiva Europea 1999/70 y otras Sentencias a la cláusula 5 (no se puede abusar del trabajo temporal). A día de hoy según la cláusula 4 NI FIJEZA NI INDEMNIZACIÓN para los interinos-laborales en general, y en la 5 es donde hay un gran lío interpretativo sobre la fijeza, y la indemnización sí es posible.
• 22/06/2020 21:15:00.
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Ladyhalconlh totalmente de acuerdo con este mensaje tuyo, que vuelvo a citar porque vale la pena leerlo bien para quien no entienda lo que sucede:
"El mayor FRAUDE es NO HABER OFERTADO plazas ocupadas por personal contratado . NI EJECUTARLAS EN TIEMPO Y FORMA Y a muchos de nosotros NO NOS ENGAÑAN con nombres nuevos o nuevas modas. Se trata siempre de lo mismo.
Pero, sin haber visto el enlace, porque ¿Para qué ? Si siempre es lo mismo. Los que consigan el puesto en la administración pública siguiendo las reglas de lo privado Pues vale. Pero NO SON FUNCIONARIOS DE CARRERA. Y nunca lo seréis a no ser que PASÉIS POR UN PROCESO SELECTIVO. Que es el que RIGE LA ENTRADA EN LA ADMINISTRACIÓN COMO FUNCIONARIO DE CARRERA O PERSONAL LABORAL. Lo demás sigue siendo un contrato INDEFINIDO, por las acciones de unos políticos INCOMPETENTES.
cHAO NENES. "
• 22/06/2020 21:21:00.
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• Registrado: junio 2020.
::: --> Editado el dia : 22/06/2020 21:22:49
::: --> Motivo :
Ha faltado añadir solo una cosa más: a quien le guste el sistema de contrataciones de la empresa privada pues ya sabe... total, allí en teoría "pagan más".
Ser OKUPA solo se puede entender por un breve periodo, pero lo de intentar pasar todos los años de trabajo así es de traca.
• 23/06/2020 9:09:00.
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El tema es más complejo de lo que parece. El problema principal es legislativo y proviene del concepto mismo de funcionario que viene recogido en el Ebro. El artículo 8 establece una clasificación de los empleados públicos y los divide en cuatro. Asi que el funcionario no es más que un subtipo de empleado público. Otros empleados públicos son los interinos, el personal laboral indefinido o temporal y el personal eventual. Y luego el desastroso artículo 9 define lo que es un funcionario de carrera. Y esto lo lo los todavía más porque confunde funcionario de carrera con funcionario público cuando previamente ha dicho que todos son empleados públicos.
Todo esto quiere decir que dentro de la administración existe una dualidad de trabajadores con diferentes status y esto es la raíz del problema
• 23/06/2020 10:53:00.
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• Registrado: junio 2020.
El inigualable, es comprensible que la Administración tenga a personal interino para cubrir puestos de manera urgente y temporalmente hasta que esas plazas las consigan personas que superan los procesos de selección.
Y de hecho, yo administración, ofrezco los mismos derechos y obligaciones a quienes okupen una mesa de esta forma que los que lo hagan siendo titulares de plaza (mismos salarios, vacaciones, trienios...), salvo uno, la fijeza en el puesto. Además te lo hago saber desde antes de que empieces a trabajar como interino.
Pero un día varios interinos deciden que como ya llevan años y años trabajando para mí, administración, me exigen que les done una plaza por usucapión o porque ellos lo valen (bueno no lo valen, porque en realidad podrían perfectamente seguir presentándose a las pruebas y superarlas pero prefieren que les done la plaza).
Además como la UE le dice a España que tiene a demasiados empleados públicos que no tienen la fijeza en el puesto pues yo interino le digo a la administración que me done la plaza y además hago fuerza con varios sindicatos.
Es decir, en lugar de protestar para que saquen a Oferta de Empleo Público todas aquellas plazas que no pertenecen a titulares (y así tener más oportunidades de conseguir una plaza superando las pruebas) lo que hago es utilizar la teoría del okupa de que cuantos más años llevo dentro más te cuesta echarme y además exijo ser la propietaria por el tiempo transcurrido.
Lo que planteas del personal laboral "indefinido" no genera conflicto porque: primero, no tienen los mismos derechos y obligaciones que el resto (no se rigen por el EBEP sino por el ET) segundo, el hecho de ser indefinido significa que el mes que viene te puedes ir a la calle como ocurre en la privada, es decir sin definir un tiempo de trabajo tercero, estos trabajadores no tienen por qué presentarse a unas oposiciones porque sencillamente pueden estar trabajando para una empresa que ha sido seleccionada por la administración para realizar ciertas tareas (por ejemplo limpieza).
• 23/06/2020 19:35:00.
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Totalmente de acuerdo Ladyhalconlh