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• 21/08/2020 0:41:00.
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¿Qué resolución se dicta en las CUESTIONES DE COMPETENCIA? Suele ser una trampa, porque se supone que se resuelve por auto, y si pones auto te la da como ERROR.
Pues es Auto a no ser lo que hablábamos el otro día de que no se pueden plantear cuestiones de competencia a un órgano superior.
• 22/08/2020 21:50:00.
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Totalmente de acuerdo contigo, es que encontré esta pregunta en un test y deja que las cuestiones de competencia se resuelven por auto, como respuesta correcta, y se hace referencia al artículo 245 de la LOPJ, en el apartado b) del número 1, ¿dónde incluiríamos el auto resolutorio de una cuestión de competencia?
O cuando, a tenor de las leyes de enjuiciamiento, deban revestir esta forma.
No queda otra.
Porque estaba pensando que cuando se abstiene de conocer un asunto por considerarse incompetente, indica al demandante al órgano al que tiene que acudir y archiva el procedimiento, cuando se inhibe, remite directamente el procedimiento al Tribunal que considera competente, esas decisiones tendrán la forma de Auto ¿?
Y para liarlo mas, en el contencioso/A la falta de jurisdicción se puede resolver en la Sentencia de oficio.
"Matemáticas puras"