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• 30/01/2021 10:15:00.
• No registrado.

¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

80 RESPUESTAS AL MENSAJE

ahivamimadre

• 30/01/2021 11:44:00.
Mensajes: 272
• Registrado: mayo 2017.

RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

Ese recurso dice esto:

ESTIMAR PARCIALMENTE el recurso contencioso-administrativo xxxxx... y

Se anula dicha Orden en lo referente a las Bases quinta.2 y sexta.2 en tanto establece notas mínimas para superar el primer ejercicio de la fase de oposición distintas (60% y 50% de la nota).

Se anula igualmente la Base sexta.4 en tanto permite la reserva de nota de la fase de oposición con una nota mínima del 50% de la nota posible, de forma contraria al artículo 3.8 del Real Decreto 955/2018 de 27 de julio, por el que se aprueba la oferta pública de empleo

Se refiere a que no pueden haber 2 formas distinta de superar el primer ejercicio (promo interna 50% y Libre 60%) y lo mismo para la nota de reserva para próximos años.

Ahora falta que se pronuncie el Ministerio y yo no creo que afectará a ésta convocatoria

Gestora29

• 30/01/2021 12:36:00.
Mensajes: 228
• Registrado: marzo 2018.

RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

Aaaaa se refiere a la diferencia entre promo interna y libre? Pensaba que se refería a que en unas comunidades se ha pedido el 60% y en otras el 50%....

Espero que no afecte a esta porque como empiezan a admitir ahora a la gente que se ha quedado fuera... Si que no terminamos ni para 2022.

andalucia sevillla

• 30/01/2021 16:28:00.
Mensajes: 78
• Registrado: febrero 2012.

RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

Pues claro que afecta a esta convocatoria de oposiciones, sino para que iban a meterse en una vía judicial

MJD

• 30/01/2021 17:38:00.
Mensajes: 52
• Registrado: noviembre 2013.

RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

Vaya caña! La mejor solución para mí: que lo suban todo a 60 y que no afecte a los de promoción interna que ya hayan tomado posesión, así se aplicaría pro futuro.

Si lo bajan a 50 y hay que esperar a que hagan el ejercicio de word... nos vamos al 2022.

MJD

• 30/01/2021 17:52:00.
Mensajes: 52
• Registrado: noviembre 2013.

RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

Me olvidaba: GRACIAS a la gente que recurre (se necesitan más luchadores).

Liturgi

• 31/01/2021 12:17:00.
Mensajes: 184
• Registrado: octubre 2016.

RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

Para empezar eso habla de bases del 2019 y ley contencioso art 73 las sentencias firmes que anulen un precepto de una disposición general NO AFECTARAN por si mismas a la eficacia de las sentencias o actos administrativos firmes QUE LO HAYAN APLICADO ANTES de que la anulación alcanzará efectos generales SALVO la exclusión p reducción de las sanciones aún no ejecutadas completamente.....es decir solo para eso lo demás permanece igual

Liturgi

• 31/01/2021 12:19:00.
Mensajes: 184
• Registrado: octubre 2016.

RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

Esta convocatoria es 17-18 no va para nada con ese tema ..es la negociación del 19

Ducinaltum

• 31/01/2021 16:23:00.
Mensajes: 147
• Registrado: agosto 2016.

RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

Si afecta, la sentencia es contra la orden JUS/291/2019 de 4 de marzo que regula las bases de las OEP del 2017 al 2019.
Pero no va a pasar nada, la abogacía del estado recurrirá en Casación, recurso con carácter suspensivo, que se resolverá como muy pronto en el 2022 para ese momento este proceso ya estará terminado.
Esto se ha dado en más convocatorias , recursos contra bases de procesos selectivos y el TS siempre desestima.

Susan71

• 01/02/2021 14:16:00.
Mensajes: 7
• Registrado: febrero 2021.

RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

Hola a todos, soy nueva en el foro. No me gusta participar en los foros, ya que es una pérdida de tiempo en los casos

Acabo de leer la sentencia y no me aclaro mucho...

¿Puede el tribunal calificador único continuar con el proceso sin modificar las bases? En principio si son nulas las bases, también son nulos todos los actos administrativos que deriven de ellas... ¿o no?

Quiero decir, ahora han recurrido las bases, pero... ¿por los mismos motivos se puede solicitar la nulidad en vía administrativa de las resoluciones del tribunal de listas de aprobados? Es que en promoción interna ya han acabado el proceso y a ellos ya no les afecte y nadie que yo sepa planteó un recurso administrativo diciendo que las resoluciones de los tribunales calificadores eran nulas...

¿Qué pasaría si los opositores suspensos con menos de 6 impugnasen no ya las bases, sino las resoluciones de los tribunales calificadores por los mismos motivos por los que impugnaron otros las bases? ¿Se paralizaría el proceso de turno libre?

Porque si obligan a que la nota de corte del primero sea la misma.... lo que no van a hacer es unificarla a 6, siendo que ya han habido aprobados con sólo un 5 en promoción interna. Por otra parte, si el tribunal supremo confirmase la sentencia de cara al futuro.... no me imagino que a los opositores de promoción interna se les exija las notas de corte que se exige a los de libre, porque los procesos futuros serían de acceso por oposición sin concurso y allí las notas de corte se van a 8 o 9... ¿pasarían a exigir a los de promoción interna un 9 como a los de libre? ¿o dirían que los de libre ya están aprobados con un simple 5?

No se, todo ésto es un lío, a ver si álguien pudiera arrojar algo de luz al asunto

Ducinaltum

• 01/02/2021 18:00:00.
Mensajes: 147
• Registrado: agosto 2016.

RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

No te comas la cabeza, la sentencia no es firme.

PatriciaPizi

• 01/02/2021 21:26:00.
Mensajes: 98
• Registrado: agosto 2020.

RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

Vaya putada para los de gestión sobre todo que ya se veían aprobados.

A ver si hay suerte y no afecta a esta convocatoria. De lo contrario más de uno que lleva sin estudiar un año y no va a auxilio se va a tirar de los pelos

Susan71

• 02/02/2021 0:20:00.
Mensajes: 7
• Registrado: febrero 2021.

RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

Ya lo sé Dulcinatum y eso intento...

Pero ya hay precedente y es la sentencia de la Audiencia Nacional. Y no anulan un acto, lo declaran NULO de pleno derecho. Los efectos de la nulidad son distintos a los de la anulabilidad. La nulidad afecta a todos, aunque no hayan recurrido.

Yo por mi parte, me podría beneficiar en Gestión y perjudicar en Tramitación. Beneficiar en Gestión porque pasaría a estar aprobada del primer ejercicio ya podría entrar en algunas bolsas de interinos... y perjudicar en tramitación porque igual me adelanta en el proceso alguien con mas puntos en concurso, imposible de saber, de todos modos,,,,

Alaeltriste

• 02/02/2021 15:15:00.
Mensajes: 934
• Registrado: octubre 2016.

RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

Y corresponde, también, aplicar las bases comunes para el tercer ejercicio de Tramitación y el sistema de puntuación aplicable en promoción interna para el primer ejercicio.

Que ya sabemos que aquí el factor determinante es el enchufismo público por "osmosis" con mecanismos sutiles y no tan sutiles, pero por lo menos que el análisis no carezca de rigor, aunque sea mucho pedir.

Saca la granada Jhon

Estás esperando un tren. Un tren que te llevará...

• 02/02/2021 16:00:00.
Mensajes: 112
• Registrado: enero 2021.

RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

::: --> Editado el dia : 02/02/2021 16:08:59
::: --> Motivo :

Este proceso selectivo va a pasar a los anales de la historia. Vivimos en un país en que se valora y se tiene mas en cuenta a la gente que menos se esfuerza. Viva España¡¡¡¡

Casacionn

• 02/02/2021 19:44:00.
Mensajes: 8
• Registrado: febrero 2021.

RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

TL. CORTE 6. PREGUNTA ACERTADA +0,6. FALLADA - 0,15 (se califica de 0 a 60 puntos) osea, el fallo descuenta 1/4

PI. CORTE 5. PREGUNTA ACERTADA +1. FALLADA - 0,50 (se califica de 0 a 100 puntos) osea, el fallo descuenta 2/4

No hay igualdad por mucho que se igualen los cortes ya que en un turno se sanciona más que en otro por tanto tampoco se puede comparar un turno con otro y medirlos por el mismo rasero como a hecho la AN. No pueden exigir un corte igual para que haya igualdad con sanciones distintas... Es un sin sentido y deben de recurrir la sentencia dejando claro este punto.

Susan71

• 02/02/2021 20:27:00.
Mensajes: 7
• Registrado: febrero 2021.

RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

Pero es que los porcentajes por preguntas acertadas, falladas y en blanco, no lo regula ni el RD 1451/2005, ni las bases comunes.

Lo regulan las convocatorias.

La Audiencia Nacional no es la Santa Inquisición, si le piden que anule parte de las bases, lo que no puede hacer es anular el desarrollo de las mismas (la convocatoria), al menos en la parte no afectada por la nulidad.

Cuando se presentó el recurso, ni se habían convocado los procesos, sólo las bases.

Sería un disparate que la Audiencia Nacional entrase a valorar cosas que no se pidieron en la demanda, una barbaridad, eso no lo puede hacer

Casacionn

• 02/02/2021 20:38:00.
Mensajes: 8
• Registrado: febrero 2021.

RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

Correcto. Yo en ningun momento he dicho que la AN entre a valorar esa diferencia en las penalizaciones, si no que creo que sienta base en que estamos hablando de dos procesos bien diferenciados, esa justificación que tanto necesitaban para acreditar la diferencia de cortes. Entre otras muchas cosas como que en una se tienen 3 examens y en otra 1, que una tiene mas temario que otra y que pi es de acceso restringido a gente ya funcionaria de carrera. Yo no lo veo equiparable para nada.

Alaeltriste

• 02/02/2021 20:41:00.
Mensajes: 934
• Registrado: octubre 2016.

RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

Susan71, precisamente, como de la decisión no puede resultar un comportamiento típico de la Santa Inquisición, su argumento viene sustentado o condicionado por el sistema de puntuación que contiene las bases específicas. De igual modo, para referirse a la incongruencia que se sostiene con respecto a la nota de reserva se apoya en el Real Decreto 955/2018.

No se puede hacer un collage jurídico donde el fondo del asunto se resuelva por aspectos simplemente formales sin entrar en el fondo del asunto por completo.

La seguridad jurídica consiste en proteger el cumplimiento de la norma en su conjunto, no se basa en la protección de la ilegalidad o del que se vio beneficiado por una ilegalidad.

Susan71

• 02/02/2021 20:45:00.
Mensajes: 7
• Registrado: febrero 2021.

RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

La única salida digna a todo éste sinsentido sería que el Ministerio no recurriese la sentencia, modificase las bases y devolviera al proceso a los aprobados entre 5 y 6, y tirar palante con el proceso lo más rápido posible, al fin y al cabo, si son capaces de organizar exámenes de incidencias, nada impediría realizar ejercicios a los opositores que fueron expulsados del proceso injustamente.

En promoción interna no lo pueden ni lo van a hacer porque el proceso ha finalizado.
En turno libre sí, son procesos en los que no ha habido lista definitiva de aprobados de la oposición, por lo tanto ésta no ha terminado, no ha finalizado y es susceptible de revisarse en vía administrativa (no estoy hablando de anular los exámenes ni el proceso, sino de readmitir los aprobados entre 5 y 6)

De lo contrario ésto se acabará judicializando al máximo (sí, aún más) y sería un espectáculo que se podría evitar dando rápido cumplimiento a la sentencia de la AN.

Hay mucha gente en paro hoy día y sí álguien ve que puede sacar provecho de ésta sentencia contratará un abogado y si no tiene dinero pedirá uno de oficio...

En fin.......................................

Alaeltriste

• 02/02/2021 20:51:00.
Mensajes: 934
• Registrado: octubre 2016.

RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

::: --> Editado el dia : 02/02/2021 20:55:13
::: --> Motivo :

Susan71, la solución que propones es contraria a la realidad o a los hechos acaecidos.

No trasciende desigualdad alguna por un simple aspecto formal o numérico mal analizado, ni siquiera tiene base jurídica. Porque no se pueden analizar los componentes por partes, ignorando una realidad.

Es decir, no me puedes argumentar que existe un error material que ha provocado una desigualdad, porque esa conclusión es incierta.

Saca la granada Jhon

Estás esperando un tren. Un tren que te llevará...

• 02/02/2021 21:25:00.
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RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

Recurso de casación y punto. Que resuelva el Supremo en el 2022 despues de las tomas de posesión. Y la gente que no llegó al corte, pues que estudie un poco

Iuris71

la vida es bella

• 02/02/2021 22:09:00.
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RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

::: --> Editado el dia : 02/02/2021 22:09:41
::: --> Motivo :

Dejad de criticar tanto la sentencia y poner chorradas sobre lo que va a pasar! Si no os gusta tiempo tuvisteis de personaros y de oponeros a sus peticiones cuando se emplazó. Aquí solo siguió el procedimiento la administración y dudo mucho que le admitan la casación y mucho menos que se lo estimen. Si tienen dos dedos de frente acatarán la sentencia que está muy fundamentada con sentencias del supremo

Alaeltriste

• 02/02/2021 22:21:00.
Mensajes: 934
• Registrado: octubre 2016.

RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

::: --> Editado el dia : 02/02/2021 22:30:07
::: --> Motivo :

Iuris71, no te tienes que poner así porque de un modo fehaciente quede demostrado que no se incurre en desigualdad alguna. Que es el argumento "básico" en el que se sustenta el objeto de la demanda. Independientemente de que alguien se hubiera personado o no, no es lo mismo el 50% que el 60%, pero tampoco lo es el sistema de penalización por pregunta errada.

La justificación por la que se estima esa desigualdad viene determinada por la omisión de elementos esenciales para que sea posible calificarla de manera adecuada. Eso es una realidad.

No puede pretender anular el corte determinado sin tener en cuenta esos aspectos. Porque, en ese caso, habría que anular el 95% del contenido de las bases no coincidentes con meros aspectos formales.

Por supuesto, es mucho más sangrante lo ocurrido en el tercer ejercicio de Tramitación. Donde sí se incumple, totalmente y objetivamente, las bases comunes. No obstante, recurrirlo tiene poco recorrido tal y como funciona todo.

Iuris71

la vida es bella

• 02/02/2021 22:44:00.
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• Registrado: julio 2013.

RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

::: --> Editado el dia : 02/02/2021 22:56:36
::: --> Motivo :

Creo que no te has estudiado bien la sentencia! No se justifica, por eso hay desigualdad, en fin es lo que tenemos!

Alaeltriste

• 02/02/2021 22:56:00.
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RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

::: --> Editado el dia : 02/02/2021 22:57:37
::: --> Motivo :

Iuris71, por eso mismo no hay desigualdad. Tu propia exposición es incoherente, porque lo desarrollas con un fundamento formal que, por sí solo, no provoca desigualdad. En fin, es lo que hay... Si no hay un discurso que fundamente la desigualdad, ésta no existe.

De hecho, es tan ridículo como que la Audiencia Nacional propone al Ministerio de Justicia que solucione algo que se valora de forma distinta. Sería lo mismo que exigir que se valorara la fase de concurso de manera idéntica o que se realizaran el mismo número y tipo de pruebas.

Saca la granada Jhon

Estás esperando un tren. Un tren que te llevará...

• 02/02/2021 22:56:00.
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• Registrado: enero 2021.

RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

El procedimiento en sí, contradice el principio de igualdad, al ser un proceso de oposicion de turno libre, concurso-oposición en el que el 40% de la puntuación es por meritos. ¿Dónde se cumple esa igualdad que se reclama a la hora de acceder a cargos de funcionarios?

Iuris71

la vida es bella

• 02/02/2021 23:09:00.
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RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

Léete la sentencia no justifica la diferencia de corte por eso hay desigualdad! Entiendo que no te guste lo que dicen magistrados con años de experiencia, pero es lo que hay

Alaeltriste

• 02/02/2021 23:14:00.
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• Registrado: octubre 2016.

RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

Iuris71, si no hay justificación no hay desigualdad. Tiene que atender a un hecho objetivo suficientemente motivado. No se puede imponer al libre arbitrio. Es lo que hay.

Esto no se sostiene ni por los principios más clásicos del Derecho ni tiene base jurídica.

Iuris71

la vida es bella

• 02/02/2021 23:33:00.
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RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

::: --> Editado el dia : 02/02/2021 23:42:00
::: --> Motivo :

Hablo el presidente del supremo, pa mear y no echar gota, para no sostenerse tienen 13 folios de sentencia con bastante jurisprudencia del supremo, le han dado la razón y es lo que hay

Alaeltriste

• 03/02/2021 0:00:00.
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RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

Iuris71, son temas jurídicos y que podemos afrontar con objetividad o con criterios sólidos, sin necesidad de recurrir a un "intento" de descalificación.

¿Es distinto un 50% que un 60%? Sin duda.

¿Es distinta la fórmula usada para penalizar las preguntas contestadas erróneamente? Sin lugar a dudas.

¿Nos encontramos en otro turno? Sí.

¿El Tribunal puede convertirse en un árbitro que imponga algo que no justifique la desigualdad o que no motive el incumplimiento del principio de igualdad? No

¿Hay un fraude porque se intenta usar distintos métodos para cubrir las mismas plazas estructurales? No, puesto que para promoción interna la ley reserva un número de plazas para ser cubiertas por los que ya son funcionarios de carrera mediante un procedimiento estipulado.

No niego que le hayan dado la razón, lo único que digo es que no se manifiesta una desigualdad. También le dieron la razón a una interina que era funcionaria de una administración de Alicante, concediéndole las mismas características propias de un funcionario de carrera, contraviniendo toda legislación, su naturaleza y desvirtuando el razonamiento previo del Tribunal Supremo.

Susan71

• 03/02/2021 6:04:00.
Mensajes: 7
• Registrado: febrero 2021.

RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

Iuris71 tienes toda la razón del mundo, me he leído la sentencia varias veces y si algo hay es la propia Jurisprudencia del Tribunal Supremo...

No obstante no hay que darle más vueltas, ahora lo que tendríamos que hacer los afectados es organizarnos de algún modo, necesariamente entre Gestión y Tramitación puede haber cientos, sino miles, teniendo en cuenta que entre Tramitación y Gestión se presentaron alrededor de 60.000 instancias. Así que ésto no afecta a un opositor o dos, sinos a cientos/miles, que pueden ni haberse enterado de ésta sentencia al haber abandonado la oposición creyéndose suspensos.

Muchos de ellos igual ni se han enterado de la Sentencia, otros, creyendo que estaban suspensos, han podido abandonar la oposición y no por ello habrían dejado de ser expulsados injustamente del proceso según la Sentencia de la Audiencia Nacional, pues los de Promoción Interna les aprobaron con un 5, así que es cuestión de tiempo de que más gente se vaya enterando y se presenten recursos ante los tribunales calificadores de gestión y tramitación cuando salgan las listas de aprobados en turno libre.

Difusión por favor!!!!!!

Moron34

• 03/02/2021 6:47:00.
Mensajes: 1
• Registrado: abril 2019.

RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

Luis71, 60.000 que?? Ah, si, 60 y tantos mil interinos que no han sido capaces de sacar un misero 60, y ahora vienen con las de la ley como tú, no? Tanto libres como interinos tenemos situaciones que nos pueden afectar a la hora de estudio, ya sea trabajo, familia, cargos.. etc
Por favor, no venga a vendernos la moto con ldesigualdad que ya estando en el 60% 40% creo yo que más que suficiente es. Si quieres hablar con coherencia, haz el favor de medir lo que dices, o ponte a estudiar en vez de intentar evadir una realidad manifiesta que es la de que la sentencia NO va a llegar a ningún lado que no sea de recurrirla, o justificar que son procesos distintas con distintas características. Lo que nos faltaba ya por oír. “Desigualdad” como dice: Ignatius Farray.. JA JA JA

Saloberas

• 03/02/2021 10:42:00.
Mensajes: 45
• Registrado: enero 2019.

RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

Susan71 tienes entre un 5 y un 6, o alguien cercano a ti lo tiene? La sentencia no es firme, y una vez lo sea veremos si es en el mismo sentido, eso en primer lugar. En segundo lugar, en caso de mantenerse la sentencia, donde dice que la nota bajará a un 50%? En ningún sitio... Eso es caso de suceder deberá decidirlo la administración, así que tampoco se sabe si subirá al 60% o bajará a un 50%. Hay que tener en cuenta que si bajara al 50% debería examinar al resto de opositores que lo hayan superado y no habria reserva de nota, si subiesen al 60% todo quedaría igual, pues PI ya han tomado posesión y se mantendría reserva de nota... Así que queda mucha tela que cortar... Lo primero es ver si se recurre la sentencia.

Humper

• 03/02/2021 15:54:00.
Mensajes: 5
• Registrado: febrero 2021.

RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

Es probable que no pase nada, o igual simplemente hagan un apaño como tantas veces y se mire para otro lado.

transito rojo

Aqui en la tierra

• 03/02/2021 18:23:00.
Mensajes: 451
• Registrado: abril 2018.

RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

Según STAJ:

Si en un futuro se declara firme o en su caso el Tribunal Supremo se pronuncia, y confirma la sentencia de la Audiencia Nacional, el Ministerio tendría que convocar a los afectados a la realización del ejercicio que corresponda (en caso de que hubieran superado el segundo, que tendrá que corregirse para ellos), y continuar todo el proceso selectivo con la fase de méritos, y en caso de superar todo el proceso selectivo con nota superior a alguno de los aprobados, en ese caso tendrían que nombrarlos funcionarios con números "bis" en el escalafón, con el reconocimiento de los efectos administrativos y económicos que en su caso corresponda pero sin que ello afectara a quienes se encuentren inmersos en el proceso selectivo actual y una vez superado ya hubiesen sido nombrados funcionarios de carrera.

Ducinaltum

• 03/02/2021 19:28:00.
Mensajes: 147
• Registrado: agosto 2016.

RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

Y luego recurrirán por falta de igualdad porque querrán las mismas preguntas en el examen tercero de gestión.... Lo veo.
Muy fuerte todo.

plinkio15

• 05/02/2021 1:45:00.
Mensajes: 105
• Registrado: julio 2020.

RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

Yo pensaba que promoción interna y promoción libre iban por caminos diferentes y que por tanto no supone una infracción de la igualdad. Al fin y al cabo los de promoción libre son funcionarios y los que van por turno libre no. Además tenía entendido que los que van por promoción interna tienen menos temas ¿no?. Con lo cual también es diferente.
Me he quedado un poco descolocada con esta cuestión. Realmente espero que las cosas se queden como están.

Alaeltriste

• 05/02/2021 4:56:00.
Mensajes: 934
• Registrado: octubre 2016.

RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

Plinkio15, es que no se trata de que se sigan “caminos diferentes”-que es evidente que al proceso de promoción interna tienen acceso o “derecho” distinta clase de individuos o con distinta naturaleza que cumplen con un conjunto de requisitos legalmente tasados-, sino que son métodos distintos (no confundir con procedimiento o sistema, los cuales podrían ser considerados como una acepción del término anteriormente citado).

Por otra parte, he de recordar que el funcionario de carrera también puede participar en un proceso selectivo de turno libre para cubrir plazas estructurales presupuestadas y cubiertas por personal interino.
Como paso previo a cualquier análisis serio sería de riguroso cumplimiento hacer una breve distinción entre igualdad formal e igualdad material (o de oportunidades). La diferencia no la pondré de relieve con definiciones o conceptos, si bien quedará de manifiesto con el tema que nos atañe.

La Audiencia Nacional hace entrever que la diferencia de nota de corte existente entre el ejercicio único correspondiente al proceso selectivo de promoción interna de cualquiera de los dos Cuerpos Generales que conocemos y el primer ejercicio de turno libre permite o produce una desigualdad de carácter formal. Es cierto que los conceptos de igualdad formal e igualdad material pudieran “solaparse” en algún instante o caso, e incluso resultar confusos. Pero, en este caso concreto, nos encontramos que lo que rechaza el Tribunal es que no haya “uniformidad”. La igualdad formal no está conformada por elementos que obligue a una uniformidad. De hecho, para encontrar una analogía real que concuerde con una falta de igualdad habría que tener en consideración la penalización por pregunta errada. Factor inherente y digno de valoración, que no puede ser ignorado u omitido para establecer una verdadera analogía entre procesos y nota de corte. He ahí la razón por la cual no puede existir uniformidad, que no es lo mismo que igualdad formal. Puede establecerse y respetarse una igualdad formal en ausencia de uniformidad. Creo que no hace falta recordar las diferencias que nos encontramos, tanto en la fase de oposición como en la fase de concurso entre uno y otro proceso de cada turno, respectivamente.
Sin embargo, sí que hay una manifiesta falta de igualdad formal y material en el presente proceso selectivo del turno libre. Evidenciado, a su vez, por el hecho de que las plazas estructurales presupuestadas y ocupadas por interinos (huérfanas de competencia), que se dejaron de ofertar, en un gran número ,durante años, se ha evitado que fueran ofertadas mediante el procedimiento ordinario que correspondía, forzando una situación que no justificaba ninguna solución extraordinaria más que la de incluir todas las plazas para que fuera posible competir por éstas en ¿igualdad?(tanto formal como material).

No obstante, un proceso de concurso-oposición o una diferencia de nota de corte no infringe, de entrada, el principio de igualdad. Por ello, el análisis no puede ser superficial .

No entro a valorar si la nota de corte de los distintos ejercicios que pudiera haber entre ambos turnos han de ser idénticos o coincidir o hasta dónde sería trasladable, pero ha de casarse ambas notas con respecto a la forma de evaluar. La equivalencia ha de ser valorada por completo, y más si cabe si el elemento omitido es esencial a la hora de determinar la nota del individuo. De tal forma, que no se termina dilucidando si dicha desigualdad, considerada por el Tribunal, ha influido más en las posibles notas obtenidas en promoción interna o en turno libre. Por tanto, no se puede hablar de un perjuicio a los interinos.

Casacionn

• 05/02/2021 20:28:00.
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RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

Quizas podriamos hacer llegar a los sindicatos la diferencia de penalizaciones en las preguntas falladas del test dentre pi y tl. Quizas por esa via podrian justificar la diferencia de alguna manera... Me llego a plantear que no se hayan dado cuenta de eso, ya que en tramitación en el practico ni se acordaban de que habian modificado ese punto y nos subieron las notas mal. Se que eso no esta en las bases comunes pero esta directamente relacionado con los cortes ya que si nos penalizan los fallos como en interna mucha gente que no llegó al 5 le costaria seguir llegando si nos bajasen el corte al 5...

Alaeltriste

• 05/02/2021 21:41:00.
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RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

Casacionn, con todo el respeto del mundo, tu propuesta es bastante ingenua.

Imagínate que toda esta situación se pusiera en conocimiento de los que pudieran ser los mayores propulsores del enchufismo público (por lo que fuera...), ¿qué ocurriría? ¿No sería posible que intentaran por todos los medios nombrar con números bis a la mayor mediocridad posible, haciendo uso de un hipotético caso que no corresponde? Además, que esto se sabe desde hace años, no son nuevas las irregularidades y aberraciones que han sido continuas en el tiempo.

Ponerse a jugar al póker con tramposos es peligroso. Si hasta ya se estaban buscando soluciones sobre una sentencia que no es firme...

Aquí cuenta lo de "sálvese el más mediocre".

Casacionn

• 05/02/2021 23:50:00.
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RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

No te entiendo nada macho jajaja. Lo que trato de decir es que el MJ podria justificar la diferencia de corte con que las penalizaciones tambien eran diferentes y asi evitar que nos bajen al 5 y entre gente mas "mediocre" como tu dices. Que no hagan falta ni bis ni nada. Que siga todo como esta.

Alaeltriste

• 06/02/2021 0:01:00.
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RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

¿Y a quién pretendes hacer llegar esa idea para que se haga efectiva?

Gestora21

• 06/02/2021 0:40:00.
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RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

Yo aprobe gestion en cataluña y estoy muy asustada, si entra mas gente y me supera en puntos me puedo quedar sin plaza no?
Me parece tan subreal...

Susan71

• 06/02/2021 6:44:00.
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RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

Gestora21

Bienvenida al concurso-oposición.

Como opositora a la Administración de Justicia, ¿sabes que todos los puntos en un concurso-oposición cuentan y son igual de válidos?

Lo "subreal" sería que opositores con una nota superior a la tuya en la suma de los tres ejercicios más el concurso se quedasen sin plaza,únicamente por no haber superado el primero con un 6.

Por cierto, a fecha de publicarse la sentencia no se ha adjudicado ninguna plaza a nadie, así que lo único que se podría guardar es tu nota para competir en condiciones de igualdad con los demás, no una plaza que aún no se te ha concedido. Así que no te puedes quedar sin plaza porque ninguna plaza se te ha adjudicado a fecha de la sentencia.

Gestora21

• 06/02/2021 7:06:00.
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RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

Susan71, me imagino que eres unas de las que esta entre el 50-60, de ahi la
Parrafada que has soltado
Bienvenida al concurso-oposicion que sigue su curso en el que a efectos legales hay una lista definitiva de personas que han superado una oposicion en la pagina web del ministerio, siendo terceros de buena fe, ya te digo yo que eso algun respaldo tiene
El proceso sigue para delante, o has visto tu en la sentencia alguna medida cautelar de paralizacion o suspension de la oposicion?

Alaeltriste

• 06/02/2021 9:24:00.
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RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

::: --> Editado el dia : 06/02/2021 9:25:33
::: --> Motivo :

No es subrealista, porque para superar el examen hay que sacar un 60% o más. Tampoco se ha descontado 0,5 por pregunta errónea. Es que no tiene cabida jurídica ninguna. Luego pasa lo que pasa, porque el principio que parece que rige es el del enchufismo público.

Por otra parte, no han superado los otros exámenes, para lo que tendrían que respetar la misma equivalencia para el mismo tipo de examen.

Lo mismo podrían decir los que sacaron un 49%. O ponemos el corte en 70%. Como a nadie le dará tiempo de recurrir para que se respete la seguridad jurídica porque cuando se haga ya habrán tomado hasta posesión...

¿Por qué no se podría bajar o subir a posteriori?

Gestora21

• 06/02/2021 9:28:00.
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RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

Alaeltriste, entonces tu crees q no pasara nada?
Incluso en el caso de que n se recurra no todo es tan inmediato... entre q ejecutan la sentencia podrian pasar meses....

Alaeltriste

• 06/02/2021 9:43:00.
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RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

::: --> Editado el dia : 06/02/2021 9:59:04
::: --> Motivo :

Gestora21, aberraciones jurídicas y patadas al derecho se ven a diario. Predicciones no puedo hacerte...

Lo propio es salvar el trasero del más mediocre. Lo demás ya se verá...

Sólo te pediría que hicieras un ejercicio imaginario. Supón que la Administración de ¿Justicia? después de esta sentencia bajara el corte al 30 ó 40% en ambos turnos o que lo subiera al 70%. Mientras vuelves a recurrir las nuevas bases, ¿qué ocurriría? Nada impediría que se pudiera hacer esto mientras tanto.

Soy consciente de que la sentencia no hace una petición expresa de que se lleve a cabo la acción descrita, pero sólo te ruego que imagines que la Administración de ¿Justicia? entendiera eso del texto de la sentencia.

Tú pensarías, como es natural, que la Administración de ¿Justicia? no actuaría de esa forma. Bueno, pues más anormal es intentar hacer una equivalencia de una nota donde por pregunta errónea se descuenta el 50% del valor de la pregunta

Gestora21

• 06/02/2021 9:45:00.
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RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

Pero la sentencja esta, es decir, la an ha resuelto eso e igual no estaba muy informada no se

Esta claro q el
Nombramjento en el boe te da las garantias, pero tmb hay un listado definitivo de aprobados, q deberia tener su peso

Alaeltriste

• 06/02/2021 9:49:00.
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RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

Gestora21, es que da igual que se tome como referencia la lista de aprobados, el nombramiento o la toma de posesión. Se inventarán lo que sean.

Aquí tomarán medidas para contentar al mediocre y no encorajar a otros tantos para que miren hacia otro lado.

Casacionn

• 06/02/2021 11:40:00.
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RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

Yo decia lo de comentar a los sindicatos la diferencia de penalizaciones en los fallos del test ya que es la manera de hacersell llegar al MJ. De esta manera cabe una justificación a la diferencia de cortes... Nadie lo ve asi?

Alaeltriste

• 06/02/2021 12:23:00.
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RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

Casacionn, tú mismo...

Casacionn, una pregunta para que me la responda, si me lo permitiera, claro está... ¿Cree que se podría intentar convencer a una mafia para que se convirtiera en portavoz para la defensa de los que quieren evitar la venta ilegítima e ilegal de ciertas sustancias o que fueran en contra del contrabando cuando es su principal fuente de ingresos?

Los mecanismos son usados y pervertidos para que estén exentos de defensión o amparo. Están al servicio de la mediocridad.

Moussassi

Hola

• 06/02/2021 23:36:00.
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RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

Hola! Una duda que tengo es si bajasen a 50% lo harían del primer ejercicio o del segundo tambien (práctico)?

Alaeltriste

• 07/02/2021 13:48:00.
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RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

Moussassi, pues dependería de una nueva redacción de las bases, en su caso. Todavía nos quedan por delante tres o cuatro modificaciones de las bases y da igual que no coincidan las comunes con las específicas.

La sentencia, a efecto práctico, es como si no dijera nada, porque depende de lo que entienda el Ministerio de Justicia y cómo redacte a posteriori...

Casacionn

• 07/02/2021 15:57:00.
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RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

La sentencia solo afecta al primer test no al practico. Yo pienso que si no se quieren rallar mucho podrian redactar ese punto de las bases q anula la sentencia como se hacia en las anteriores convocatorias en las que textualmente se decia: el tribunal fijara la nota de corte en atencion al número de aspirantes y a las calificaciones obtenidas y publicará dicho acuerdo.
De esta manera nunca antes se prefijaba un corte en las bases y por tanto no quedaba constancia en las bases esa desigualdad. Pienso que es tan facil como volver a escribir las bases en base a eso como se ha hecho siempre (incluifo el concurso del año 2008 que tambien lo pusieron asi sin fijar %). De esta manera seguiriamos en libre y en interna igual y se resolvia el problema... Lo que hará el MJ es un misterio.

Alaeltriste

• 07/02/2021 16:10:00.
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RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

::: --> Editado el dia : 07/02/2021 16:30:00
::: --> Motivo :

Casacionn, pero el cambio tiene que hilarse muy fino. No es tan fácil. Hay una serie de errores producto de una descoordinación legislativa.

Encontrarán una solución fácil, no por la capacidad que tienen de hacer justicia, sino ya que harán de las suyas con el objeto de perpetuar la mediocridad.

Ni siquiera han sido capaces de redactar el párrafo relativo a la reserva de la nota conforme a la ley... Con eso te lo digo todo. Es un hecho impepinable.

Casacionn

• 07/02/2021 16:40:00.
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RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

Yo lo veo una posible solucion. Bastante bajo fue la el corte del 6 como para bajarlo más. Se devaluaria mucho la oposicion. Además bajarlo al 5 no es tan facil, mas examenes, dilatar mucho la convocatoria y que todos los opositoeres les ibamos a freir a recursos. Quiero pensar q haran algo mad coherente.

Alaeltriste

• 07/02/2021 16:51:00.
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RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

Casacionn, el único problema no es si lo bajas o lo subes, es que ya han provocado "un cacao tal" que una nueva redacción podría producir otra impugnación. De hecho, es que tiene visos de que hay una cierta intencionalidad para que sea así. Es difícil creer que se deba a otra circunstancia.

Y aunque lo bajaras al 50% estarías cambiando el sentido de las bases específicas, puesto que ese porcentaje lo estarías relacionando con un sistema de penalización distinto. Y tienes que dar opción a todas la partes para que impugnen el nuevo escenario que pudiera darse.

Kitiii

• 07/02/2021 20:05:00.
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RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

Hola, os estoy leyendo y quería preguntaros por la conclusión que sacáis, tomaremos posesión los que supuestamente tenemos plaza o nos joderan? Es que me he perdido con vuestros comentarios.

Saca la granada Jhon

Estás esperando un tren. Un tren que te llevará...

• 07/02/2021 20:20:00.
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RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

::: --> Editado el dia : 07/02/2021 20:22:12
::: --> Motivo :

De momento no hay nadie con plaza no hay ni listas provisionales. Si la sentencia gana firmeza, tendrían que hacer los examenes a los interesados y hacer el sumatorio de la lista provisional. Y si hay recurso de casación el proceso no se suspenderia, el procedimiento seguiria adelante y tomarían posesión los aprobados de la lista definitiva. Y luego, en este supuesto hipotetico, si el Supremo ratifica la sentencia de la A.N. les tendrian que hacer el examen a los interesados y si llegaran a sacar la nota del ultimo de los aprobados definitivos en el ambito correspondiente, también serian funcionarios.

Kitiii

• 07/02/2021 20:26:00.
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RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

Creo que te columpias un poco al afirmar que se va a paralizar el proceso si la sentencia adquiere firmeza para hacer el examen a los demás, pero es una opinión más.

Kitiii

• 07/02/2021 20:31:00.
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RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

Jajajaj o la que te interesa más bien

Saca la granada Jhon

Estás esperando un tren. Un tren que te llevará...

• 07/02/2021 20:31:00.
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RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

Es mi humilde opinión

Saca la granada Jhon

Estás esperando un tren. Un tren que te llevará...

• 07/02/2021 20:34:00.
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RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

Con 130 puntos que tengo, te columpias bastante....

Kitiii

• 07/02/2021 20:44:00.
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RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

Pues que bien, me alegro por ti.

Alaeltriste

• 07/02/2021 23:56:00.
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RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

Es que ni aunque la sentencia adquiriera firmeza hay una seguridad de que hubiera que realizar nuevos exámenes. No han elaborado una nueva redacción y tampoco existe equivalencia alguna entre nota de corte y sistema de penalización como para asegurar que están aprobados. Así que no depende solamente de que adquiera firmeza la sentencia.

Alaeltriste

• 09/02/2021 19:50:00.
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RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

Sonialbacete, entiendo que carece de importancia.

Alaeltriste

• 10/02/2021 15:21:00.
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RE:¿RECURSO CONTENCIOSO 912/19 ANULA BASES OPO 19?

::: --> Editado el dia : 10/02/2021 15:22:10
::: --> Motivo :



Sí, lo conseguí mediante un concurso hecho a medida y de risa, aunque con claras irregularidades. En caso contrario, no hubiera sido posible ni en mis mejores y más húmedos sueños. Estaba deseando que me nombraran.

Pero que me quiten lo bailao. No tengo escrúpulo ninguno para aceptar el cargo. Les estoy muy agradecido a los mediocres que me apoyan.


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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