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GaaraDelDesierto

• 18/04/2021 2:14:00.
Mensajes: 86
• Registrado: octubre 2010.

Negarse a dar asistencia o alimentos a un progenitor

Buenas noches
Centrándome en la cuestión puramente jurídica, y citando el artículo 149 de nuestro Código Civil :
Artículo 149

El obligado a prestar alimentos podrá, a su elección, satisfacerlos, o pagando la pensión que se fije, o recibiendo y manteniendo en su propia casa al que tiene derecho a ellos.

Esta elección no será posible en cuanto contradiga la situación de convivencia determinada para el alimentista por las normas aplicables o por resolución judicial. También podrá ser rechazada cuando concurra justa causa o perjudique el interés del alimentista menor de edad.

Se puede deducir, que la obligación será a elección del obligado y no del alimentista, dado que el segúndo párrafo es aplicable exclusivamente a los hijos menores de edad in potestate. Pues bien, hay existe sin embargo el proceso de incapacitación previsto por la Ley de enjuciamiento civil en sus artículos 756 y ss, y en particula rel art 760.2 dice lo siguiente :

2. En el caso a que se refiere el apartado 2 del artículo anterior, si el tribunal accede a la solicitud, la sentencia que declare la incapacitación o la prodigalidad nombrará a la persona o personas que, con arreglo a la Ley, hayan de asistir o representar al incapaz y velar por él.

¿Quiero esto decir, que pueden obligar a un hijo a ser tutor de un progenitor , y ocuparse de el, contradiciendo lo dispuesto por el art 149, que da la elección entre prestar una pensión económica o el cuidado directo ? en tal caso ¿ se trasladaría el progrenitor desde otra provincia hasta la que habita el obligado ?

¿Habría condena penal por negarse a ser tutor o procurar alimenots? en el caso de alimentos al ser una obligación civil puede haber una ejecución forzosa de embargo de bienes pero , para el caso de tutela como acto personalísimo si te niegas a lo mucho serían multas creo.

1 RESPUESTAS AL MENSAJE

GaaraDelDesierto

• 18/04/2021 2:45:00.
Mensajes: 86
• Registrado: octubre 2010.

RE:Negarse a dar asistencia o alimentos a un progenitor

Es decir dos preguntas :

¿Puedes vivir en otro páis o en otra comunidad autónoma y enviar a tus progenitores a una residencia que este en otra comunidad autónoma, viviendo tu en otro país o comunidad diferente?

Si te niegas a ser el tutor o procurar alimentos ¿hay reproche penal ?


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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