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709.275 mensajes • 396.053 usuarios registrados desde el 25/05/2005

rebequita

• 10/03/2006 11:35:00.
Mensajes: 14
• Registrado: febrero 2006.

duda atribuciones Alcalde

hola, a ver si alguien me puede ayudar con esta duda:
en los municipios de gran población, el Alcalde ¿puede delegar o no la siguientes funciones?:
- convocar y presidir Junta de Gobierno, decidir los empates con voto de calidad y dictar bandos? Es que no sé si interpreto bien el Art 124.5 en lo que se refiere a estas funciones. Yo creo que sí son delegables pero la redacción del artículo me hace dudar. Gracias.

2 RESPUESTAS AL MENSAJE

piluca

• 10/03/2006 12:20:00.
Mensajes: 16
• Registrado: mayo 2005.

RE:duda atribuciones Alcalde

Hola rebequita te voy a decir lo que entiendo yo, tampoco podria confirmartelo porque esto es algo de lio.

las tres funciones que has establecido yo entiendo que son no delegables
- convocar y presidir junta de gobierno local (pero da a entender que convocar y presidir las del pleno si son delegables)
- dictar bandos (pero da a entender que si se puede delegar el dictar decretos e instrucciones)
- decidir los empates con voto de calidad ( no es delegable tampoco)

estas tres funciones por lo que veo coinciden con el regimen comun, en lo mismo no son delegables. saludos y suerte, dicen que el examen sera 8 abril no se si sera verdad u otro rumor como el 4 marzo

mensirober

• 10/03/2006 13:58:00.
Mensajes: 7
• Registrado: octubre 2005.

RE:duda atribuciones Alcalde

Hola! coincido con Piluca son no delegables , y con las explicaciones que ha puesto tb, es decir, las del Pleno sí y la de dictar decretos e instrucciones tb. Saludetes


Seguro que tienes mucho que decir, te estamos esperando.


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