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709.323 mensajes • 396.059 usuarios registrados desde el 25/05/2005
• 09/07/2006 15:07:00.
• Mensajes: 11
• Registrado: septiembre 2005.
Hola!
Me gustaría pedir a las consejerías de educación el dinero de las tasas que pagué al no haberme podido presentar en varias de ellas, debido a la coincidencia de fechas...
En cocreto quiero pedir la devolución en Madrid, Castilla la Mancha y Murcia... alguien me puede ayudar; es decir, podéis indicarme como hacerlo? si existe un impreso de solicitud o qué documentos hay que entregar... si en alguna página web indican como hacerlo... en fin, lo que sea...
Muchas gracias, por adelantado!!!
• 09/07/2006 18:03:00.
• Mensajes: 1
• Registrado: noviembre 2005.
No es por j...., pero lo de la devolucion de tasas está bien complicado. La comunidad que sea, lógicamente, no puede asumir que el que haya pagado las tasas luego no se presente por causas que nada tienen que ver con la comunidad en cuestión.
Supongo que si no te hubieras podido presentar por algún motivo imputable a la comunidad autonoma podrias reclamar pero como ellos no te han puesto ningun problema, sino que eres tu quien no se ha presentado, lógicamente no es su problema, sino el tuyo.
Sera una forma de evitar que en todas las comunidades menos las que piden idiomas se presente la misma gente.
• 18/07/2006 0:03:00.
• Mensajes: 40
• Registrado: mayo 2005.
Hola
Los de la Comunidad de Madrid podéis ahorraros el escrito de solicitud de devolución y la lata que os darán después. Os copio el texto de la convocatoria que hace referencia a este punto, que está en la página 12 del BOCM nº 44, por el que se hace pública la convocatoria.
4.5. Reintegro de la tasa por derecho de examen: De conformidad
con lo establecido en el artículo 10 del Decreto Legislativo
1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad
de Madrid, no procederá la devolución del importe satisfecho en
concepto de tasa por derechos de examen, en los supuestos de
exclusión de los aspirantes en los procedimientos selectivos motivados
por causas imputables exclusivamente a los interesados. No
obstante, según lo previsto en el artículo 75 de esta Ley, sí se
procederá a la devolución de las tasas, cuando se haya producido
una modificación sustancial de las bases de la convocatoria.
Saludos.
Ireth.
• 18/07/2006 0:07:00.
• Mensajes: 31
• Registrado: noviembre 2005.
Pues yo creo que, al menos en la convocatoria de Madrid, se decía expresamente que el hecho de que coincidiera la fecha del examen con el de otras comunidades no daría lugar a devolución de tasas. Lo digo porque igual, hartos de reclamaciones se han curado en salud. Os recomiendo que os releáis la convocatoria porque da mucha rabia poner una reclamación y que te contesten con una fresca del tipo "Es que usted no sabe leer".
Está claro que tienen mucho morro, y que se embolsan unas cantidades sustanciosísimas con esto de las oposiciones. Pero, vamos, si lo pone en la convocatoria, tendríais que estar dispuestos a ir a un contencioso contra la comunidad para lograr algo, y no sé yo si os arriendo la ganancia.
Bueno, ya contaréis que os contestan