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• 27/06/2017 20:14:00.
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Hola a todos. Me gustaría que alguien me aclarara qué diferencia hay entre el artículo 23, que habla sobre la ampliación del plazo máximo para resolver y notificar la resolución de un procedimiento, y el artículo 32 de la misma ley, que habla sobre la ampliación en general de los plazos. Porque en uno se indica que la ampliación no podrá exceder del tiempo establecido para la tramitación del procedimiento, mientras que en el otro dice que la ampliación de un plazo no podrá exceder de la mitad de los mismos. Es un poco lioso. Muchas gracias anticipadas.
• 28/06/2017 18:51:00.
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• Registrado: abril 2009.
Hola decodos,
Yo entiendo que el artículo 23 habla del plazo de resolución y notificación y viene a decir que si el plazo para resolver es de 3meses como máximo se podría ampliar por otros 3 meses.
En cambio el artículo 32 se refiere a los plazos para los actos de trámite dentro del procedimiento y si te dan 10 días de plazo para una subsanación,como máximo se podría ampliar a 15. Yo lo entiendo así...
• 29/06/2017 19:11:00.
• Mensajes: 3
• Registrado: junio 2009.
Sí, yo creo también que por ahí puede ir la cosa... Muchas gracias.