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• 20/03/2007 15:09:00.
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• Registrado: noviembre 2006.
Tengo entendido que hay dos tipos de rango. El oficial, que puede ser simplemente Ministro plenipotenciario de tercera y sin embargo ser designado Embajador en tal o cual país y dejar de tener el rango de Emabajador cuando se cese en ese destino... ¿Alguien me lo puede explicar bien? Muchas gracias.
Para MONJARDIN.
El escalafón de la Carrera Diplomática española, es decir, el grado personal del diplomático es, de menor a mayor antigüedad (la antigüedad es el único criterio para adjudicación de grado):
Secretario de Embajada (de 3ª, de 2ª y de 1ª)
Consejero de Embajada
Ministro Plenipotenciario (de 3ª, de 2ª y de 1ª)
Embajador
Se accede de un grado a otro por paso de tiempo, ya que cada categoría es un "numerus clausus". El movimiento se produce de abajo hacia arriba: los Secretarios de 3ª pasan a ser de 2ª, los de 2ª a 1ª, los de 1ª a Consejeros, etc... Esta revisión se suele realizar anualmente.
Cosa bien distinta es el empleo del diplomático, que depende de la consideración de cada plaza a ocupar en la relación de puestos de trabajo a desempeñar, bien en el Ministerio bien en el exterior: hay puestos de Secretario, de Consejero, de Ministro y de Embajador (y también de Secretarios y Consejeros y de Ministros y Consejeros a la vez).
Los puestos de Secretario y Consejero se cubren con una solicitud del diplomático (respecto a un catálogo de puestos que quedan libres cada año) que la Junta de la Carrera Diplomática escucha y que luego eleva a aprobación del Ministro. Los puestos de Embajador en cambio son de designación del Consejo de Ministros a propuesta del Ministro de Asuntos Exteriores. Todos los puestos, sean de Secretarios, Consejeros, Ministros o Embajadores, tienen la consideración administrativa de "libre designación".
A un Consejero de carrera le puede apetecer solicitar, por mil razones, un puesto de Secretario: por ejemplo porque quiere ir a un país determinado y la única plaza libre en esa Embajada es la de Secretario. Mantendrá en el puesto su grado personal, pero su trabajo real será de Secretario. Por contra, a veces ningún Consejero quiere cubrir una plaza de esa categoría en un país en concreto, y entonces la pide y puede acceder a ella, de acuerdo con la Junta, un Secretario, que igualmente seguirá siendo Secretario de grado pero realizará el trabajo real de un Consejero.
Al puesto de Embajador, dado que es designación del Consejo de Ministros y ninguna norma señala que el que lo ocupe deba ser funcionario, puede ir cualquiera, sea diplomático o no, y siendo diplomático podría ser un Secretario de 3ª si así se decide.
Hay ejemplos en la actualidad de todas las combinaciones, aunque normalmente es excepcional que Consejeros o Ministros se encuentren en plazas de Secretario. Sí que hay muchos Secretarios en plaza de Consejero, de hecho en casi todas las Embajadas bipersonales en países del Tercer y a veces del Segundo Mundo (Embajador + un diplomático). Hay Embajadores que son Consejeros o Ministros de grado personal, y hay Embajadores que no son de carerra.
El grado personal se configura así hoy día como un criterio orientativo de designación, y como herramienta para realizar las peticiones de destino, ya que se solicitan por antigüedad con modulaciones por casos particulares de países, coyunturas sociopolíticas y expedientes personales (valoraciones que efectúa la Junta de la Carrera).
• 21/03/2007 12:10:00.
• Mensajes: 23
• Registrado: junio 2006.
Además del inexorable paso del tiempo, los ascensos a categoría de Consejero de Embajada exigen haber hecho la mili, es decir, haber transitado alguna vez por un puesto clasificado como C.
• 22/03/2007 6:28:00.
• Mensajes: 23
• Registrado: junio 2006.
Resulta imposible encontrar la lista de clasificación de puestos en el exterior ya que varía anualmente en el mes de octubre, y además no se publica.
El Ministerio AEC, oida la Junta de la Carrera (órgano asesor del Ministro), clasifica los puestos en las tres clases A, B, C (ésta a veces con la agravante de C especial) dependiendo de las circunstancias objetivas de los mismos: situación política, social y económica, condiciones de salubridad, grado de peligrosidad, lejanía, dificultad de comunicación con el territorio nacional.
A modo de ejemplo: París A, Bratislava o El Cairo B, Libreville o Pekín C, Puerto Príncipe C especial.
Saludos
• 25/03/2007 0:08:00.
• Mensajes: 4
• Registrado: diciembre 2005.
Respecto a esa clasificación de A, B, C y C+ tengo una pregunta. ¿También afecta a otros funcionarios destinados en las representaciones? Me refiero a cancilleres, secretarios, jefes de visados, operadores de comunicaciones. . .
Gracias de antemano y un saludo
• 25/03/2007 13:45:00.
• Mensajes: 23
• Registrado: junio 2006.
Todos los funcionarios van destinados a unos puestos que están clasificados por los criterios ya citados. La incidencia de la clasificación de los puestos viene a ser común para todos los funcionarios en lo que a nóminas se refiere (al compartir todos los módulos de carestía o calidad de vida fijados). Sin embargo, exceptuando a los funcionarios diplomáticos, el haber padecido un puesto C o disfrutado un A no incide en la posterior trayectoria profesional. En el caso de los funcionarios diplomáticos, como reza el Real Decreto de Provisión de Puestos, existe la obligación de padecer un C para ascender a Consejero y resulta difícil encadenar varios puestos A (el denominado Golden Circuit).
Un saludo
• 25/03/2007 15:39:00.
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• Registrado: diciembre 2005.
Gracias Beduino. Me has aclarado mi duda
un saludo
• 25/03/2007 21:58:00.
• Mensajes: 3
• Registrado: marzo 2007.
me gustaria studiar estas oposiciones, que me aconsejais?? muchas gracias.