Tengo algunas dudas que ni la normativa me aclara, ni tampoco las respuestas recibidas de distintos departamentos de varias Universidades. Así que, apelo a la generosidad en las respuestas de quien lea el mensaje para ver la luz.En primer lugar ¿Siendo licenciado en Derecho, es obligatorio tener el CAP para dar clases de FOL?¿Se puede acceder al curso del CAP con el primer ciclo terminado de la Licenciatura de Derecho y con certificación académica que lo equipara a una Diplomatura?Y por último, ¿sabeis si ha sido suficiente (aparte de otros requisitos) tener una Diplomatura en Derecho para figurar en una bolsa de trabajo para interinos en la enseñanza?Eso es todo, muchas gracias por vuestro tiempo.Salu2. Breson